19 de diciembre de 2021
Un juez Correccional le impuso esa sanción a un azuleño de 18 años de edad que está preso desde el pasado 15 de abril. Aquel día, en dos oportunidades, se había hecho presente en la casa de su ex novia para golpearla y amenazarla. En la segunda de las ocasiones en que fue al inmueble de la víctima la Policía lo aprehendió. En ese entonces estaba armado con un cuchillo.
La tramitación de un juicio abreviado derivó en la condena a un año de prisión de efectivo cumplimiento para un joven que fue declarado autor de dos hechos de violencia de género, los cuales el pasado 15 de abril habían derivado en su arresto.
El encausado es un azuleño de 18 años de edad que actualmente se encuentra privado de la libertad en la Unidad 7, la cárcel del SPB con asiento en esta ciudad.
Llamado Matías Ezequiel Contreras, en ese juicio abreviado donde resultó condenado por los episodios ya referidos fue hallado autor penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio, amenazas simples y lesiones leves agravadas, en concurso real; y de violación de domicilio, amenazas agravadas por el uso de arma y amenazas simples, en concurso real.
Aquellos dos hechos de violencia de género los había cometido el pasado 15 de abril. Y derivaron en que, cuando concurriera por segunda vez a la casa donde vive su ex pareja, personal policial se hiciera presente en ese inmueble para aprehenderlo e incautar un cuchillo que portaba.
Contando con el acuerdo de las partes en la previa a solicitar desde la Acusación la realización de este proceso, Héctor Torrens -el magistrado a cargo del Juzgado Correccional número 2 con asiento en el Palacio de Justicia local- le dictó la pena ya referida al azuleño que está preso en la Unidad 7, considerando en lo resuelto que los hechos que cometió fueron, a su vez, "todos en concurso real", según se menciona en el fallo.
El mismo día, dos hechos
Según quedara demostrado en este juicio abreviado -cuyo fallo se diera a conocer el martes que pasó- ese ya referido 15 de abril Contreras cometió el primero de los dos hechos de violencia de género cuando, alrededor de la hora 14, se hizo presente en la casa donde vive su ex pareja, que está ubicada en Villa Fidelidad, sobre la prolongación Norte de la calle Bolívar.
Tras empujar una ventana, en aquella ocasión "ingresó sin autorización" al inmueble de la víctima, "quien tenía derecho de excluirlo", según se menciona en la resolución de este proceso.
Una vez en el interior de esa vivienda, se dirigió hacia donde estaba su ex pareja y una hermana de la adolescente, también menor de edad como la víctima al momento de sucedidos estos hechos.
En esas circunstancias, Contreras golpeó a su ex novia en el rostro, provocándole una lesión de carácter leve en el labio superior.
Además, en la previa a retirarse, a ambas hermanas les dijo "que iba a volver con una escopeta y los iba a matar a todos".
Luego de sucedido aquel primer incidente, la menor víctima concurrió a sede policial para denunciar lo que había pasado con el joven que ahora fue condenado en este proceso abreviado.
Horas más tarde, dando cumplimiento a aquello que había dicho, ese mismo 15 de abril pasado Contreras volvió a hacerse presente en la casa de su ex novia. Y manifestando la misma actitud agresiva e intimidante que había evidenciado horas antes, en esa segunda oportunidad amenazó a la víctima con un cuchillo que portaba.
Aquel incidente que instantes después derivaría en su arresto, cuando efectivos del Comando de Patrullas de Azul fueron convocados para que intervinieran en lo que estaba pasando, se produjo alrededor de la hora 18.
Según se señala en el fallo, una vez que fue atendido por su ex pareja el joven "sacó de entre sus prendas un cuchillo de aproximadamente 25 centímetros con mango de madera".
Un vecino de la menor, que escuchó gritos, intervino en lo que estaba pasando. Y al acudir a la vivienda donde reside la víctima redujo a Contreras hasta la llegada de los agentes del CPA.
De esa manera, con la ayuda del padre de la adolescente el hombre le pudo quitar el cuchillo que portaba al ahora condenado por estos dos episodios de violencia de género.
"Al momento de ser entregado al personal policial que acudió al lugar y aprehendió a Contreras, éste último les expresó a los presentes que regresaría con una escopeta para matar a todos, amedrentándolos", se menciona también en el fallo sobre lo sucedido en esa segunda ocasión en que el imputado concurriera a la casa de su ex pareja.
Aquel día, los policías que lo llevaron arrestado incautaron el cuchillo con el que se hizo presente en el inmueble convertido en escenario de estos hechos para amenazar a su ex novia.
"Teniendo en cuenta lo convenido por las partes, a lo que adhiriera el causante, la atenuante referida -que no registraba antecedentes penales computables-, la inexistencia de agravantes y el imperativo legal" relacionado con lo estipulado en uno de los artículos del CPP con relación a las características de un juicio abreviado, "estimo apropiado imponer al imputado Contreras la pena de un año de prisión", escribió el juez Torrens en el fallo.
"En razón de la calificación legal" y "la modalidad de comisión de la totalidad de los hechos" en perjuicio de la misma víctima, menor de edad cuando ambos episodios -"enmarcados dentro de un contexto de violencia familiar y de género"- sucedieron, el titular del Juzgado Correccional 2 consideró que esa pena para el imputado debía ser de efectivo cumplimiento y no de ejecución condicional; al haber demostrado Contreras con su actitud "falta de acatamiento" a "las disposiciones legales impuestas", ya que en oportunidades anteriores le habían sido dictadas mandas judiciales que le prohibían mantener contacto con su ex novia y víctima de estos hechos.
EL DATO
Marcelo Fernández, desde el Ministerio Público Fiscal, y Laura Serradell, como defensora Oficial del encausado, representaron a las partes en este juicio abreviado. Ambos funcionarios judiciales, en la previa a solicitar la realización de ese proceso, habían acordado que el Juez Correccional le dictara, como máximo, esa pena ya referida de un año de prisión de cumplimiento efectivo al imputado. "La calificación legal coincide con la sostenida en la requisitoria de elevación a juicio, la pena requerida encuadra dentro de la escala penal aplicable al caso y la víctima ha expuesto su conformidad para que la causa se resuelva mediante este trámite con el fin de evitar el juicio oral", señaló el magistrado Héctor Torrens al admitir la realización de este proceso.
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