12 de diciembre de 2021
El encausado es un azuleño que está preso en la Unidad 7. En un debate que finalizó hace cinco días, una jueza lo declaró autor de los delitos de "comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas destinadas al consumidor en concurso real con tenencia de estupefacientes en dosis fraccionadas destinadas al consumidor". Y además de la pena de prisión ya referida, le impuso el pago de una multa.
Cinco años de prisión y el pago de una multa fueron las penas que una jueza le impuso a un azuleño que, tras la realización de un debate en uno de los tribunales orales con sede en el Palacio de Justicia local, fue condenado como autor de una infracción a la Ley 23.737.
En ese juicio oral, cuyo fallo se había anunciado el pasado lunes, el joven sometido a este proceso fue declarado autor penalmente responsable de los delitos de comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas destinadas al consumidor en concurso real con tenencia de estupefacientes en dosis fraccionadas destinadas al consumidor, según se señala en la resolución.
El encausado y condenado en esta primera instancia fue identificado por voceros judiciales como Gastón Agustín Molina, un mecánico que tiene 27 años de edad. Actualmente, por esta causa penal que lo involucra permanece privado de la libertad en la Unidad 7, la cárcel del SPB con asiento en Azul.
Alejandra Raverta, de manera unipersonal, intervino en lo que fue este juicio, desarrollado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 y que, en representación de las partes, incluyó las participaciones del fiscal Lucas Moyano y el abogado Roberto Vidal, defensor Particular del ahora condenado.
Los hechos
Un primer antecedente de los hechos que fueron tratados en este juicio oral se remonta a lo sucedido en horas de la noche del 6 de noviembre de 2019, día en que el ahora condenado había sido arrestado por personal policial durante un procedimiento desarrollado en la Plaza Ameghino de este medio.
En ese entonces, Gastón Agustín Molina "tenía bajo su guarda y disposición con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas al consumidor -según quedó probado en el debate y refirió la jueza Alejandra Raverta en el fallo- tres envoltorios de nylon color verde, conteniendo en su interior sustancia estupefaciente marihuana y arrojando un peso total de 25,7 gramos".
Cuando fue aprehendido, personal policial incautó en poder del joven -además de la marihuana- su teléfono celular y dinero en efectivo, en una suma superior a los ochocientos pesos.
Luego de que, al día siguiente de que resultara arrestado, el imputado fuera llevado a sede judicial para ser indagado -audiencia desarrollada en el marco de la causa penal que comenzó a sustanciarse desde la UFI 22 que conduce el mismo Fiscal que ahora participó en este juicio oral- Molina recuperó la libertad.
Pero el 4 de junio del año pasado, cuando se incorporaron nuevas pruebas a esta investigación -entre las cuales figuró el resultado del análisis de las comunicaciones del teléfono celular que le fuera incautado cuando meses antes había sido aprehendido- el azuleño resultó detenido, al quedar acusado de dedicarse a la venta de estupefacientes al menudeo, el delito por el que hace cinco días fue condenado en esta instancia.
Cuando personal policial llevó a cabo ese día ya referido aquella medida cautelar, en el inmueble donde Molina vive -situado sobre la calle Malvinas, en Villa Piazza Norte- allanamiento mediante se hallaron e incautaron un trozo, picadura y varios porros de marihuana.
La cantidad de esa sustancia vegetal considerada estupefaciente que fuera secuestrada en ese procedimiento superó -en total- los nueve gramos. Y según lo señalado en el fallo, Molina la "poseía ilegítimamente bajo su guarda y disposición con el unívoco fin de comercializar directamente al consumidor", situación que en el debate quedó evidenciada también teniendo en cuenta los demás elementos incautados en el domicilio del encausado aquel día en que fuera detenido: una balanza digital de precisión, dinero en efectivo y tres teléfonos celulares.
De acuerdo con lo que quedara demostrado en el transcurso de este proceso donde el azuleño fue condenado a las penas ya referidas, para cuando fue aprehendido en el procedimiento llevado a cabo en la Plaza Ameghino el 6 de noviembre de 2019, desde mayo de aquel mismo año se venía dedicando a la venta de estupefacientes bajo la modalidad conocida como "narcomenudeo". Y esa actividad ilícita la siguió desarrollando -una vez que recuperó la libertad- hasta que se ordenara en el marco de esta misma investigación penal su detención, la medida cautelar que policías llevaron a cabo durante el allanamiento realizado en su casa ese ya referido 4 de junio del año pasado.
Teniendo en cuenta que cuando Molina resultara aprehendido en la Plaza Ameghino los policías que lo venían siguiendo observaron el momento en que le vendía marihuana a un camionero, como una circunstancia agravante de las penas que le dictó la jueza Raverta valoró "el aprovechamiento de la nocturnidad en el primer hecho, ya que se trató de una zona poco iluminada y con escasos transeúntes, lo que favorecía la comisión del delito que se le imputa".
En la resolución, además, la magistrada del TOC 2 valoró como una circunstancia atenuante para el encausado "la ausencia de antecedentes penales" que registraba hasta el momento de ocurridos estos hechos.
En el juicio el abogado del joven había planteado en su alegato que los hechos por los que su defendido fue condenado se enmarcaran en la figura penal de la "tenencia simple de estupefacientes".
Pero esa postura no prosperó para la Jueza del Tribunal 2, quien evaluando las pruebas colectadas en esta investigación penal concluyó que había quedado demostrado que los estupefacientes hallados en poder de Molina "estaban destinados al comercio al menudeo", teniendo en cuenta la "cantidad y forma en que estaban presentados".
EL DATO
Según voceros judiciales señalaron ayer a EL TIEMPO, el abogado del condenado en este debate anunció que recurrirá ese fallo de primera instancia ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense. Otro de los pedidos formulados por el Defensor Particular de Molina en el juicio apuntaba a declarar la nulidad del procedimiento policial que derivara en la detención de su cliente, un planteo que la Jueza del TOC 2 rechazó.
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