11 de junio de 2026
El 20 de septiembre de 2023 el encausado había provocado un incendio que destruyó por completo una precaria vivienda que estaba ubicada en Plaza Oubiñas. Detenido al mes siguiente de ocurrido aquel ilícito, actualmente sigue preso en la Unidad 17 de Urdampilleta. En el debate donde resultó condenado fue declarado también autor de más delitos.
Por haber prendido fuego de manera intencional una casa y por varios delitos más un hombre fue sentenciado a "seis años y seis meses de prisión" en un juicio oral. Y en ese mismo proceso, considerando que ya registraba una condena anterior, también le había sido dictada una pena única consistente en ocho años y seis meses de prisión.
Lo decidido para el encausado fue el resultado de un debate desarrollado en la sala de audiencias que el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 tiene en el primer piso del Palacio de Justicia de Azul.
Voceros judiciales señalaron a EL TIEMPO que el fallo de ese proceso se anunció el miércoles de la semana anterior, recayendo el veredicto condenatorio en Juan Carlos Pacheco, un hombre oriundo de Tapalqué que tiene 71 años y actualmente está preso en la Unidad 17, la cárcel ubicada en la localidad de Urdampilleta, Partido de Bolívar.
La totalidad de los ilícitos por los cuales fue declarado autor el todavía imputado habían ocurrido en Azul. Y por el incendio de una vivienda que ahora quedó probado que cometiera, Pacheco resultó detenido durante un procedimiento policial realizado en esta ciudad el 26 de octubre de 2023.
Desde aquel entonces permanece privado de la libertad. Pero ahora, pesando sobre ese hombre este veredicto condenatorio de primera instancia que en el juicio oral desarrollado en el TOC 1 le impusiera el juez Martín Céspedes. Un debate donde, en representación de las partes, habían intervenido también el fiscal Adrián Peiretti y la defensora Oficial Soledad Kelly.
La causa principal
Como incendio con peligro de muerte quedó definido a escala penal el hecho que Juan Carlos Pacheco cometiera en Azul el 20 de septiembre de 2023 y al mes siguiente derivara en su detención, medida cautelar ordenada a través de una causa que instruyera el mismo Fiscal que representó a la Acusación en este debate.
Minutos después de la hora tres de aquel día, el juez Céspedes señaló en el fallo que Pacheco cometió ese incendio intencional.
El hecho se produjo en una vivienda situada sobre las calles Amado Diab entre Jujuy y Comandante Franco, en el Barrio Plaza Oubiñas. Y tuvo como damnificado al propietario de ese inmueble, quien fuera identificado desde la investigación que se iniciara como Roberto Claro Ortiz.
Cuando el fuego comenzó Ortiz estaba dentro de la vivienda, durmiendo. Y tuvo que ser auxiliado por una hermana y demás familiares suyos; mientras las llamas avanzaban y provocaban daños de consideración en esa precaria construcción, en cuyo interior el damnificado acopiaba elementos que después vendía. Entre ellos, cartones y botellas.
Al igual que ese hombre, el condenado en este juicio desarrollaba dicha actividad. Y desde un principio, cuando la hermana de Ortiz denunció lo ocurrido, las sospechas apuntaron a Pacheco como quien provocó el incendio, autoría que se dio por demostrada en el debate.
El encausado supo ser vecino de Ortiz; aunque para el momento en que causó este siniestro se encontraba en situación de calle.
A través de versiones de testigos -incorporadas a lo que fuera la instrucción del sumario penal- se supo que en ocasiones anteriores el tapalquense le había ofrecido a Ortiz comprar todo lo que acopiaba.
Pero como ese hombre se negaba a venderle los elementos que recolectaba, Pacheco le había advertido que tuviera cuidado porque -según le dijo en una oportunidad en la que estuvo con Ortiz- "te los van a prender fuego".
En el fallo el juez Céspedes señaló que el incendio causado por ese hombre al que condenó había ocasionado un "peligro común para los bienes". Específicamente, "debido a la gran cantidad de cartones, botellas de plástico y demás elementos acopiados en el lugar", los cuales derivaron en que las llamas se propagaran rápidamente, "provocando graves daños en la vivienda y corriendo peligro de muerte su morador Roberto Claro Ortiz, quien se encontraba durmiendo en el domicilio y fue rescatado entre las llamas por su hermana Graciela Edith Ortiz".
El propio Roberto Claro Ortiz fue uno de los testigos que declaró en este debate, dando cuenta durante su testimonio que conocía a Pacheco porque siempre iba a su casa "a decirle que le vendiera los cartones", algo a lo que él se oponía "por miedo a que no se los pagara".
También ese hombre afirmó que el tapalquense "le dijo que sacara los cartones porque podía haber un incendio", se señala en el fallo.
Durante su testimonio a ese hombre le fue exhibido un video incorporado como evidencia a lo investigado.
En ese registro fílmico se observaba a una persona merodeando su casa luego de iniciado el siniestro. Y al verlo proyectado en la audiencia, Ortiz afirmó que "era Pacheco".
Aquella noche en que el incendio se produjo los bomberos fueron convocados para sofocar las llamas y después comprobar que el fuego había destruido por completo esa precaria casa donde se domiciliaba el damnificado, quien recordó que tuvieron que trasladarlo en una ambulancia al Hospital Pintos porque "estaba muy mal" por lo que había pasado.
En tanto, su hermana también declaró en el debate, señalando que para iniciar el siniestro había sido arrojada contra la propiedad una botella que contenía combustible y estaba prendida fuego.
Durante su relato contó cómo obtuvo de un vecino esas filmaciones en las que era posible ver al encausado -a quien reconoció en las imágenes- retirándose a pie por la calle Amado Diab en dirección hacia Jujuy, luego de provocado el incendio.
El dato
La condena anterior que Pacheco registraba era también a una pena de tipo única y quedó firme en febrero de 2022. Consistente en tres años de prisión en suspenso, le fue dictada por varios hechos por los cuales había sido sometido a dos procesos. En ambos casos, en juzgados correccionales. El dictado de esta nueva sanción para ese hombre derivó en la revocación de aquella condicionalidad. Y surgida de lo que fue este debate en el TOC 1 se tradujo en la imposición de esa pena unificada de ocho años y medio de prisión.
Los demás delitos que el encausado cometió
Junto con la causa principal tratada en este debate, el sumario donde Juan Carlos Pacheco fue declarado autor del incendio de la vivienda, varios expedientes más que lo tenían como imputado -a excepción de uno por "amenazas", que finalizó con su absolución- derivaron en que también le fuera dictada esa pena de seis años y medio de prisión que, al unificarse con la que ya poseía, derivó en la imposición de una nueva. Pero ahora, consistente en esos ocho años y medio de prisión que lo continúan teniendo en una cárcel.
Tales situaciones quedaron definidas por los delitos de amenazas, desobediencia, daño, resistencia a la autoridad y encubrimiento. Y el condenado en este debate las había protagonizado también en Azul en perjuicio de más personas.
Entre los damnificados -se refiere en el fallo- figuró una pareja que, estando Pacheco en situación de calle, le había prestado una pieza para que fuera a vivir con ellos.
Por la totalidad de esos hechos -entre los que se hizo mención en lo resuelto a haber sido hallada en su poder una bicicleta robada y enfrentarse con personal policial que lo arrestó durante un conflicto vecinal- también terminó siendo declarado autor, a modo de corolario de este juicio oral.
Todas esas causas acumuladas y con Pacheco como acusado datan de incidentes ocurridos en el año 2023, durante los meses de marzo, agosto y septiembre.
Como "agravantes genéricas" de las nuevas sanciones dictadas al encausado -se señala en el fallo- se valoraron "los reiterados antecedentes penales que registra Pacheco", que "demuestran una conducta disvaliosa". También, "la indefensión" en que se encontraban victimas a las que amenazó. Varias de ellas, mujeres con hijos.
En tanto, con relación al incendio que provocó en la casa de Plaza Oubiñas se tuvo en cuenta como otra agravante "la vulnerabilidad" del damnificado por aquel siniestro, a quien las llamas sorprendieron cuando estaba durmiendo y "no podía defenderse de forma inmediata" del ataque contra su propiedad, que derivó en que perdiera absolutamente todo lo que poseía.
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