FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

Tres años de prisión a cumplir

La pena se la dictaron a un lapridense. Y si el fallo queda firme deberá ir a la cárcel. El condenado sustrajo de un campo un carro para transportar ganado. Y era habitual que recibiera, sabiendo de su procedencia ilícita, elementos de robos sucedidos en establecimientos rurales de Azul y la zona.

17 de mayo de 2024

Definido por la Jueza que lo condenó como alguien habituado a desarrollar prácticas que implicaban que se quedara con elementos robados, un hombre fue sentenciado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo.

Además de ser declarado autor de hechos de "encubrimiento", en el juicio abreviado al que fuera sometido resultó condenado por el robo de un carro para transportar ganado que años atrás había sucedido en un campo ubicado en el Partido de Azul.

El proceso que se tradujo en la imposición de esta sanción de primera instancia para el imputado se tramitó ante el Tribunal Oral en lo Criminal 2 con asiento en el Palacio de Justicia local. Y el hombre que recibió esa pena de tres años de prisión a cumplir fue identificado por voceros judiciales como Carlos Alberto Herrera.

De ocupación comerciante, es oriundo de Laprida, tiene 51 años y actualmente se encuentra en libertad.

Pero si este fallo adquiere rango de firmeza en todos sus términos deberá purgar en prisión esa sanción que le impuso Alejandra Raverta.

"Resulta habitual en Herrera el desarrollo de este tipo de prácticas", escribió en lo resuelto la magistrada azuleña al hacer alusión a dos de los hechos por los que el comerciante resultó condenado.

Como encubrimiento agravado por habitualidad en concurso real con encubrimiento agravado por ánimo de lucro y habitualidad quedaron definidos a escala penal ambos episodios que Herrera -según se dio por probado- había cometido, al quedarse en su poder con diferentes elementos robados en diferentes campos. Dos de ellos, ubicados en el Partido de Azul.

En el mismo juicio, el lapridense fue declarado autor del delito de robo calificado en despoblado, teniendo en cuenta lo que había sido la sustracción del mencionado carro para transportar ganado que también cometiera.

El ilícito tuvo como escenario un campo situado sobre la Ruta 3, a la altura del kilómetro 316. Y "entre las 18 horas del 8 de agosto del año 2019 y las 8,30 horas del día siguiente", al menos Herrera y una mujer, "previo forzar el candado que cerraba la tranquera de acceso", ingresaron a ese establecimiento rural -llamado "Alanjai"- para llevarse el carro.

A través de la investigación penal que se iniciara, se supo que al carro lo sustrajeron del campo utilizando una camioneta; que posteriormente fue llevado a Las Flores y que en esa ciudad, luego de que lo escondieran sabiendo de su procedencia ilícita, había sido vendido.

Cosas robadas

El 19 de marzo de 2019, un allanamiento que personal policial realizara en Laprida en un inmueble donde residía Herrera había derivado en los hallazgos y posteriores secuestros de una gran cantidad de elementos robados en diferentes establecimientos rurales.

A través de esa diligencia, los investigadores constataron que el ahora condenado -"que con habitualidad se dedicaba al encubrimiento de desapoderamientos ilícitos y recibía objetos provenientes de tales delitos", se refiere en el fallo- tenía en su poder herramientas, mercaderías, dos cuchillas, un grupo electrógeno, una radio y un rollo de alambre que días antes habían sido robados del interior de la casa de un campo llamado "La Base", que está sobre la Ruta 226, a la altura del kilómetro 247.

Además, durante aquel allanamiento los policías incautaron más cosas robadas. En ese caso, provenientes de un ilícito que días antes se produjo en otro campo del Partido de Azul: "Los Tapiales", que está situado a la altura del kilómetro 214 de la Ruta 3.

Herramientas, una linga, una pava, una cincha, un bozal, sogas de cuero, un bidón con nafta y un compresor tenía en su poder Herrera. Elementos todos provenientes de lo que había sido aquel robo en "Los Tapiales", un campo donde todas esas cosas fueron sustraídas de un galpón y el encausado recibió sabiendo que eran de procedencia ilícita.

Durante el allanamiento pudo constatarse que Herrera, además, "poseía gran cantidad de elementos provenientes de otros desapoderamientos ilícitos consumados con anterioridad en otros lugares de la zona".

Por medio de la condena que recibió, en lo resuelto se hizo mención a que tenía a esas cosas "con ánimo de lucro", entre las cuales figuraron desde más herramientas hasta utensilios de cocina y diferentes tipos de vajillas.

De esa manera, entre los elementos incautados en aquella diligencia se hallaron también los pertenecientes a un equipo de chacra, los cuales habían sido robados en octubre de 2018 en un campo situado en jurisdicción de Laprida.

Antecedentes penales que registra el hombre condenado se valoraron como agravantes de la pena que ahora recibió.

El monto de la sanción que le impuso la Jueza del TOC 2 al encausado fue el mismo que las partes -representadas por el fiscal Marcelo Fernández y por un abogado llamado Fernando Martínez- habían acordado.

El dato

La magistrada Alejandra Raverta se excusó de seguir interviniendo en la causa iniciada por el robo del carro para transportar ganado. Específicamente, con relación a la otra imputada que tiene ese hecho: una mujer identificada en el fallo como Melisa Elizabeth Prego, quien para cuando aquel ilícito sucedió era pareja de Carlos Alberto Herrera.

Modus operandi
Teniendo en cuenta lo que fuera el robo del carro para transportar ganado, a través de lo investigado y referido en el fallo se indicaba que Carlos Alberto Herrera y más sujetos, "aprovechado la ausencia de los moradores", ingresaban a los campos en una camioneta 4x4 para llevarse "cualquier elemento" que después pudieran reducir con fines económicos. Desde herramientas hasta "tractores de cortar pasto" y "carros de hacienda".

"Tienen conocimiento de los movimientos que hay dentro del campo, estudian los horarios de salida de los propietarios de los mismos y de las personas que trabajan en el lugar", se refería con relación al modus operandi que el lapridense solía desarrollar en complicidad con más individuos.

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