FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

Un azuleño fue condenado y quedó en libertad

Su excarcelación fue ordenada por haber cumplido, en prisión preventiva, un año y medio, pena que al encausado le fue dictada anteayer por un juez que lo declaró autor de varios hechos de violencia de género en perjuicio de su ex pareja.

12 de mayo de 2023

Un hombre recuperó la libertad, tras haber cumplido en prisión preventiva la totalidad de la pena por diferentes hechos de violencia de género que le fuera impuesta hace dos días en un juicio abreviado.

Identificado como Lionel Pascual Saizar, un azuleño de 38 años, en ese proceso -sustanciado a través del Juzgado Correccional 1 a cargo de Aníbal Norberto Álvarez- había sido declarado autor de tres hechos de desobediencias reiteradas que, "en concurso real de acciones", cometiera junto a demás ilícitos que a escala penal fueron definidos como amenazas, amenazas agravadas y daño.

Por todos esos delitos al imputado le fue dictada una pena de un año y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento que, teniendo en cuenta el tiempo que llevaba privado de la libertad, se tradujo en que fuera excarcelado.

A principios de noviembre de 2021, enterado de una orden de detención que en ese entonces fuera ordenada para él, Saizar se había presentado en los tribunales de Azul y se hizo efectiva aquella medida de coerción, que tiempo después fue convertida en prisión preventiva como el autor de esos hechos de violencia de género por los que anteayer resultó condenado.

Según voceros judiciales refirieron a EL TIEMPO, el último tramo de la medida privativa de su libertad el encausado actualmente la estaba cumpliendo con una morigeración de prisión, beneficio a través del cual permanecía bajo arresto domiciliario.

"Teniendo en cuenta que desde el día de la aprehensión del imputado (8 de noviembre de 2021) al día de la fecha se ha cumplido la pena impuesta en la presente causa, corresponde ordenar su inmediata excarcelación y su inmediata libertad", puede leerse en la resolución, que data de anteayer miércoles, de este juicio abreviado.

El juez Álvarez refirió también en lo dispuesto que el encausado ahora tiene la obligación de "constituir domicilio, del cual no podrá ausentarse hasta tanto finalice el trámite de la presente causa".

Junto con la condena y la excarcelación, el magistrado le dictó a Saizar una "prohibición de acercamiento y comunicación" respecto de la mujer que tiempo atrás sufriera estos hechos de violencia de género, perimetral que el azuleño debe cumplir por el plazo de un año.

La imposición de esa manda judicial estuvo enmarcada en el "temor manifestado" por quien se había convertido en la víctima de aquellos episodios cometidos por el encausado. Algo que, en el acuerdo para la tramitación del juicio abreviado, derivó en que el fiscal Marcelo Fernández solicitara la referida "prohibición de acercamiento y comunicación".

Varios ilícitos

En el fallo de este juicio abreviado se dio por probado que a principios de octubre de 2021, concretamente los días 7 y 8, "en el marco de una relación de maltrato habitual y violencia de género" Lionel Pascual Saizar le envió a través de su celular varios mensajes intimidantes a la víctima, advirtiéndole a esa joven y a quien era su pareja en aquel entonces que se cuidaran, ya que -refería textualmente en una de esas comunicaciones el agresor- "me las voy a cobrar a todas juntas".

Además, entre los hechos que cometió el imputado figuraron tres sucedidos los días 26; 29 y 30 de octubre de 2021, cuando realizó "al menos cuatro llamados telefónicos" a su ex pareja, "desobedeciendo con su accionar la orden de prohibición de acercamiento y de comunicación impuesta" respecto de la víctima.

La manda judicial se la había dictado al declarado autor de estos hechos Federico Berlingieri, el magistrado a cargo del Juzgado de Familia de Azul.

En tanto, el 31 de octubre del año mencionado el azuleño que ahora se encuentra nuevamente en libertad cometió otro de los ilícitos por los que hace dos días resultó condenado en esta primera instancia.

Aquel día, cuando la víctima se trasladaba en un automóvil con quien era su pareja en ese momento, Saizar siguió a ambos en un utilitario hasta interceptar al rodado en Alvear y Aldaz.

En ese sector de la ciudad, tras cruzar el vehículo que conducía para impedir que el auto en el que iba su ex mujer con su pareja continuara la marcha, descendió del rodado y exhibió a ambos "un elemento similar a un arma de fuego o cuchillo sin emitir palabra", evidenciado una clara actitud intimidante hacia los destinatarios de un accionar a través del cual volvió a vulnerar la prohibición que le impedía acercarse a la víctima de estos hechos de violencia de género.

El dato

La pena que recibió Saizar en el juicio, donde estuvo representado por el abogado Pedro De Luca, fue la misma que las partes acordaron. E incluyó que fuera condenado por dañar el auto de la pareja de la víctima de este caso de violencia de género para la época en que sucedieron todos los hechos materia del proceso abreviado. En lo resuelto se menciona que el 7 de octubre de 2021 el encausado se hizo presente en el domicilio de su ex mujer. Y que una vez en ese lugar, al Volkswagen Bora del novio de esa joven le rayó la carrocería y le provocó cortes en tres de sus neumáticos.

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