FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

A un joven azuleño lo condenaron por varios episodios de violencia de género

Tramitado en un Juzgado Correccional con asiento en los tribunales de esta ciudad, en ese proceso le fue dictada una pena única de tres años de prisión. Actualmente cumple la sanción en libertad, beneficiado con una medida que también le permite salir a trabajar. Todos los hechos por los que resultó condenado los cometió en perjuicio de su ex pareja en marzo y abril pasados. Habían consistido en vulnerar prohibiciones de acercamiento hacia ella que estaban vigentes. También, en que en una de esas ocasiones dañara una puerta del inmueble donde la víctima reside.

25 de septiembre de 2021

Beneficiado con una morigeración de prisión que, además, le permite realizar salidas laborales, un joven está cumpliendo en la actualidad una condena que le había sido dictada en un juicio abreviado donde fue hallado autor de varios episodios de violencia de género cometidos en perjuicio de su ex pareja.

Fuentes judiciales identificaron al azuleño condenado en esta primera instancia como Santiago Gustavo Perrone, de 27 años de edad.

Un juicio abreviado que tuvo como escenario el Juzgado Correccional número 2 que en el Palacio de Justicia de Azul está a cargo del magistrado Héctor Torrens se tradujo en la condena para el encausado.

Varios hechos de desobediencia y también uno definido a escala penal como daño derivaron en que Perrone fuera sentenciado a una pena única de tres años de prisión de efectivo cumplimiento.

Dicha sanción fue el resultado de los episodios tratados en este proceso y de otra pena única -de "tres años de prisión" pero de "ejecución condicional"- que al joven le había sido dictada en el Juzgado Correccional 1, que también tiene sede en los tribunales de Azul, el 3 de julio de 2018.

En aquella oportunidad, había sido declarado autor de los delitos de desobediencia reiterada (tres hechos) y violación de domicilio en concurso real, ilícitos cometidos en esta ciudad durante los primeros días de febrero de 2018 y que también tuvieron como víctima a su ex pareja.

Esa condena fue de "un año de prisión de ejecución condicional". Y a su vez, había sido unificada con otra que ya registraba desde antes -de "dos años y tres meses de prisión en suspenso"- que por otros episodio delictivos le dictara el mismo Juez Correccional que ahora volvió a condenarlo en este proceso abreviado.

La sanción más reciente para el declarado autor de estos episodios de violencia de género implicó, además, que le fuera revocada la condicionalidad de las condenas anteriores que registraba.

También, dando lugar el Juez a un pedido formulado por el representante del Ministerio Público Fiscal y avalado desde la Defensa Oficial del joven en el acuerdo para la realización de este proceso abreviado, implicó que le impusieran "la prohibición absoluta de contacto por cualquier medio con la víctima", medida que en caso de vulnerar implicará que le revoquen el beneficio del que actualmente goza y vaya a la cárcel.

Desobediencias y daño

Tres hechos, sucedidos durante los últimos días de marzo y los primeros de abril pasados, derivaron en esta nueva condena para el encausado luego de la tramitación del ya referido juicio abreviado.

Uno de esos episodios se tradujo en que Perrone fuera declarado autor del delito de desobediencia y otro fue definido a escala penal como configurativo de desobediencias reiteradas; mientras que el tercero de los incidentes que protagonizara quedó caratulado como desobediencia y daño, en concurso real de acciones.

Todos los hechos mencionados tuvieron como víctima a la ex pareja del encausado. Y habían derivado en que, intervención policial mediante, Perrone resultara aprehendido el pasado 7 de abril.

Aquel día, según lo mencionado en el fallo de este proceso abreviado, el joven -tras no acatar una medida cautelar que estaba vigente y le impedía mantener contacto con la víctima- fue arrestado en inmediaciones del inmueble donde su ex pareja reside.

Cuando policías se entrevistaron con la joven, les mencionó que ese mismo miércoles 7 de abril, pero en horas de la mañana, Perrone se había hecho presente también en su casa con intenciones de molestarla.

En tanto, los días 23; 24 y 26 de marzo pasados el encausado protagonizó más hechos por los cuales ahora también fue condenado en este juicio abreviado.

En esas ocasiones, llamando por teléfono a la víctima varias veces y, en consecuencia, "desobedeciendo con su accionar la orden de prohibición de acercamiento/perímetro y comunicación por cualquier medio" que seguía vigente, de la mano de lo que tiempo antes había resuelto el juez de Familia Federico Berlingieri.

En tanto, el 4 de abril pasado -según lo referido en la resolución de este proceso abreviado- siendo poco antes de la hora siete se hizo presente en la casa de su ex concubina, ocasión durante la cual dañó la puerta de ese inmueble al efectuarle un golpe, vulnerando una vez más aquella prohibición de acercamiento que le había sido dictada tiempo antes. Concretamente, el 21 de marzo de este año y era extensiva por un plazo de 180 días.

Al declarado autor de esos hechos de violencia de género le fue dictada en este juicio abreviado una condena a "dos meses de prisión", que al ser unificada con las otras que ya registraba se tradujo en la ya referida imposición de una pena única de tres años de prisión de efectivo cumplimiento.

EL DATO

Las penas dictadas al encausado fueron las mismas que las partes -al joven lo patrocinó la defensora Oficial Adriana Hernández- acordaron, en la previa a solicitar el representante del Ministerio Público Fiscal, que en este caso había sido David Carballo en reemplazo de Marcelo Fernández, este juicio abreviado ante el juzgado Correccional a cargo del magistrado Héctor Torrens. Vale recordar que en procesos de estas características el juez que interviene no puede imponerle al acusado una pena mayor a la pactada por las partes; aunque sí absolverlo o condenarlo a una sanción inferior a la prevista en el acuerdo.

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