13 de julio de 2023
Diego Prado, el defensor Oficial de uno de los sentenciados a la pena máxima por el homicidio de Martín Plaché en el juicio con jurados que finalizara días atrás, sostiene que ese proceso debe ser declarado nulo y pidió que se realice un nuevo debate.
Las tres condenas a penas de prisión perpetua dictadas días atrás, luego de la realización de un juicio con jurados, a los declarados culpables del asesinato de Martín Plaché -crimen sucedido en Azul el 22 de octubre de 2017- han sido recurridas ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires por quienes fueron en ese debate los defensores oficiales de los encausados.
Así lo señalaron ayer a EL TIEMPO voceros del tribunal criminal desde donde se desarrollara aquel juicio, cuyas sanciones a la pena máxima había anunciado el magistrado Luis Surget el pasado día 3 del corriente mes, contando para ello con lo que días antes había sido, por parte de un jurado de civiles, la declaración de culpabilidad en lo ocurrido para los tres encausados: Pedro Alberto Gemme, Esteban Jesús Hernando y Ángel Joaquín Verna.
En el marco de este debate que había comenzado a desarrollarse en el Palacio de Justicia local el pasado 13 de junio, dos días después el jurado de civiles -dando lugar a la hipótesis de Karina Gennuso, la fiscal que instruyó el sumario penal por el asesinato del joven y también representó a la Acusación en el juicio- había declarado por unanimidad a los imputados autores de un homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas.
Teniendo en cuenta esa calificación del jurado popular a una figura penal que en caso de condena contempla indefectiblemente la "prisión perpetua", a principios de este mes el magistrado Luis Surget -que desde el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 intervino en el debate- les impuso la referida sanción a los encausados.
Ese fallo es el que ya han anunciado que recurrirán ante una segunda instancia los defensores oficiales que representaron en el juicio a los declarados autores de lo que fuera aquel homicidio agravado: Adriana Hernández, Mariana Mocciaro y Diego Prado.
Respectivamente, ambas funcionarias judiciales patrocinaron en este proceso a Gemme y Hernando; mientras que Prado hizo lo propio con Verna.
Durante la audiencia de cesura los tres representantes de los imputados se habían expresado de manera coincidente en solicitar que fuera declarada la inconstitucionalidad de la prisión perpetua, en busca también de que sus defendidos recibieran una condena de un monto inferior a las que les terminó siendo impuesta.
Además, al momento de anunciar sus alegatos finales, los defensores oficiales habían solicitado al jurado de civiles que encuadraran a lo sucedido como un "homicidio simple" o uno "en riña o agresión". Algo que, de haber ocurrido, habría derivado en las imposiciones para los encausados a penas menos graves de las que recibieron en esta primera instancia, cuando el pasado 3 de julio se anunció que todos ellos eran sentenciados a perpetua.
Pero, tal lo ya referido, ninguno de los argumentos esgrimidos desde las defensas de Gemme, Hernando y Verna prosperó en el transcurso de este juicio con jurados.
Es por eso que los funcionarios judiciales referidos buscarán ahora, pero ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense, revertir este fallo con veredicto condenatorio para el lapridense y los azuleños, quienes continúan -respectivamente- privados de la libertad en la cárcel de esta ciudad y en dos unidades penales de la zona.
Que el juicio se declare inválido
Luego de los tres anuncios que hicieran ante el TOC 1 los defensores oficiales que apelaron lo concluido en el debate, al menos uno de esos recursos ya había sido confeccionado.
Se trata del que lleva la firma de Diego Prado, el defensor de Ángel Joaquín Verna.
En esa presentación que será remitida a la Casación, en La Plata, el funcionario judicial solicita "en lo sustancial" que se declare la nulidad del juicio donde su asistido y los demás consortes de causa fueron condenados a perpetua por el asesinato de Martín Plaché. También, que se ordene la realización de un nuevo debate y que, de prosperar lo pretendido, en ese futuro proceso no sea un jurado de civiles el que intervenga.
En ese recurso que elaborara, el actual titular de la Defensoría Oficial número 1 con asiento en el Palacio de Justicia de Azul anunció -además- que tiene previsto hacer "reserva del caso Federal" si en esta segunda instancia Casación no se expide de manera favorable a lo que él pretende. Y del mismo modo que lo sostuviera durante el transcurso del juicio, volvió a considerar que la pena de perpetua dictada a su defendido debe declararse inconstitucional, por tratarse de una sanción que por su duración -treinta y cinco años de prisión- se convierte para una persona en "cruel, inhumana y degradante".
Volviendo a la solicitud formulada en ese recurso de apelación para que se declare la nulidad del juicio, Prado sostiene que durante el mismo las defensoras de los demás encausados "procedieron a acusar a mi asistido Verna" del homicidio de Plaché; y que de esa manera atentaron contra el denominado "debido proceso y el sistema acusatorio que rige en nuestro ordenamiento procesal penal", donde la acción pública la insta el o la fiscal que participa en nombre de una de las partes en un debate.
En ese sentido, afirmó que cuando Hernando y Gemme declararon ninguno de ellos mencionó "un accionar violento de mi asistido"; y que él sólo esperaba -en su función de representante de Verna- "una acusación real concreta y legítima por parte de la Sra. Agente Fiscal y no de parte de la Sras. Defensoras Oficiales, atentando con ello la defensa en juicio y el debido Proceso, como así también el principio de congruencia en el relato fáctico".
Ese planteo por parte del funcionario judicial en el recurso de apelación surgió, efectivamente, de lo que habían sido las declaraciones de los tres encausados durante el debate. Testimonios a través de los cuales -tal lo que ya se refiriera desde EL TIEMPO- en lo único en que coincidieron fue en admitir que aquella madrugada del domingo 22 de octubre de 2017 en que se hicieron presentes en la casa donde vivía la víctima, ubicada en el Barrio Urioste de esta ciudad, sólo fueron a comprar estupefacientes.
De esa manera, tanto Gemme como Hernando y Verna -que declararon en ese orden- luego afirmaron en forma individual que no habían sido los autores del asesinato, rol que les asignaron a los demás imputados.
Pero esos dichos no fueron considerados creíbles por el jurado de civiles, que les asignó a los tres el mismo papel en lo sucedido al declararlos culpables de este homicidio agravado, lo que luego se tradujo en que fueran sentenciados en esta primera instancia a perpetua.
EL DATO
Aquel 22 de octubre de 2017 en que este crimen sucediera, en el juicio quedó probado que durante las primeras horas de ese domingo Gemme, Hernando y Verna asesinaron a puntazos a Plaché en el marco de un brutal ataque. Un hecho que el jurado de civiles consideró a escala penal como un "homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas" y que se tradujo en el posterior dictado de esas penas a perpetua para los tres encausados, a través de un fallo que todavía no está firme.
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