17 de mayo de 2026
A María Laura Calandra le fue otorgada una morigeración de prisión. En los próximos días, cuando le coloquen una pulsera electrónica, será llevada a un inmueble de Azul para continuar privada de la libertad. Pero ahora, conviviendo nuevamente con sus dos hijos más chicos. La decisión de concederle ese beneficio estuvo fundamentada en preservar los "derechos supralegales" de ambos menores. Además, se tuvo en cuenta que el marido de la acusada y padre de esos nenes sigue preso en el marco de esta misma investigación penal.
María Laura Calandra, la mujer imputada junto con su esposo y dos comerciantes por estafas a la CEAL y a propietarios de negocios, a través de maniobras que se concretaban al ser fraguados pagos de facturas por consumos de energía eléctrica, pasará a cumplir arresto domiciliario.
A través de una nueva resolución del juez Federico Barberena, enfocada especialmente en las situaciones de los dos hijos más chicos que la acusada tiene con Matías Horacio Rosas, quien también está preso por esta misma causa penal, la exempleada en el área de Recursos Humanos de la Cooperativa Eléctrica de Azul Limitada dejará en los próximos días la Unidad 52 para comenzar a gozar de una morigeración de prisión.
Pero para que eso ocurra, señaló el titular de Garantías 2 en lo decidido el miércoles que pasó, el Servicio Penitenciario Bonaerense tendrá que colocarle a la azuleña de 45 años de edad "la respectiva pulsera para control de monitoreo electrónico".
Además de que en lo resuelto el Juez garante indicó que dicha medida no se concretará "hasta tanto no se efectivice el proveimiento e instalación de la respectiva pulsera electrónica", de ese inmueble donde continuará privada de la libertad Calandra "no podrá egresar sin previa autorización judicial, a excepción de emergencias médicas que requieran respuesta de urgencia, las que serán comunicadas inmediatamente después de suscitadas".
Para que no le sea revocado el beneficio concedido hace cuatro días, entre las obligaciones que la azuleña debe cumplir mientras permanezca bajo arresto domiciliario figura también "la prohibición" de mantener "contacto por cualquier medio" con testigos o perjudicados por estas maniobras de tipo defraudatorio, que tuvieron como damnificados a la CEAL y a varios comerciantes locales.
A través de una causa penal que continúa instruyendo desde la UFI 6, la fiscal Paula Serrano les atribuye las concreciones de las referidas estafas y de más ilícitos, en el marco de una organización delictiva conformada con esa finalidad, tanto a María Laura Calandra como a su esposo y también empleado de la CEAL. Dicha imputación, además, involucra a dos comerciantes: Neefer Eduardo González y Mario Miguel Garavelli.
Los cuatro acusados habían sido detenidos en octubre del año anterior. Y los tres varones continúan en la Unidad 7, el penal del SPB con asiento en Azul, después de que sus prisiones preventivas -al igual que la de Calandra- quedaran confirmadas desde la Cámara Penal departamental en enero pasado.
Un "concurso real entre sí" de delitos definidos como asociación ilícita, falsedad ideológica de documento privado, uso de documento falso y estafas reiteradas se le continúa atribuyendo al matrimonio conformado por Calandra y Rosas, el hombre que estaba a cargo del área de Facturación en la Cooperativa y es señalado como el "jefe" de la organización criminal. También a González -propietario de una heladería- y a Garavelli, dueño de una agencia de loterías y quinielas.
"El interés superior del niño"
María Fernanda Giménez, la abogada que patrocina en esta causa a Calandra y a Rosas, había solicitado en reiteradas ocasiones -tanto al Juez de la causa como, en una segunda instancia, ante la Cámara Penal- una medida alternativa a la que por el momento continúa teniendo en la cárcel a su defendida.
Sus planteos apuntaron desde siempre a que su clienta es madre de tres hijos, dos de los cuales tiene con Rosas. También, a que en este caso en particular -teniendo en cuenta que el padre de los menores sigue preso en el marco de la misma causa- era necesario preservar por sobre todas las demás cuestiones atinentes a esta investigación penal los intereses de los dos hijos más pequeños del matrimonio imputado.
Cuando apeló en la Alzada la denegatoria de la morigeración de la prisión preventiva para su defendida que dispusiera el pasado 3 de marzo el titular de Garantías 2, la abogada afirmaba que el juez Barberena había incurrido en "una incorrecta interpretación del principio del interés superior del niño, al desestimar la relevancia de la situación familiar que atraviesan los hijos de su asistida, quienes se encuentran actualmente privados de la presencia de ambos progenitores, lo que ha generado una profunda reorganización del núcleo familiar".
Así se refería en el interlocutorio dado a conocer desde la Cámara Penal departamental el 30 de abril.
En aquella resolución, los jueces Damián Cini, Carlos Pagliere (h) y Agustín Echevarría dejaron abierta la posibilidad de que ese enfoque que se pretendía para este caso por parte de la Defensa de Calandra, centrado en analizar particularmente las situaciones de sus dos hijos más chicos, derivara en la morigeración de la prisión que le terminó siendo concedida hace cuatro días a la imputada.
En segunda instancia fue entonces que se decidió -dando lugar a lo planteado por la abogada Giménez- revocar la denegatoria de la morigeración de la prisión preventiva que dispusiera a principios de marzo de este año para la imputada el Juez de la causa.
Sobre la base de las cuestiones ya referidas y señaladas en la apelación por la Defensora Particular de Calandra, semanas atrás se ordenó desde la Alzada que el titular de Garantías 2 realizara una nueva audiencia con la finalidad de determinar fehacientemente si familiares de la imputada estaban dispuestos a recibirla en el domicilio donde ahora pasará a cumplir esta morigeración de prisión. Mismo inmueble en el que actualmente están también sus dos hijos más chicos.
De esa manera, se constató que esos familiares de la empleada de la Cooperativa ahora aceptaban convivir con ella y convertirse en los garantes del beneficio otorgado por el juez Barberena a Calandra.
En lo resuelto el miércoles pasado, el titular de Garantías 2 se enfocó en "un nuevo abordaje del conflicto", a través del cual puso especial énfasis en el denominado "interés superior del niño". Una cuestión que posee un rango "supralegal" y que en este caso en particular apunta a que ambos menores puedan al menos volver a convivir con su madre.
Tanto Calandra como su esposo y los dos comerciantes figuran imputados por "hechos delictivos graves" que contemplan, en caso de condenas, los dictados de "penas severas", señaló el pasado miércoles el Juez en lo resuelto. También volvió a referir que esa circunstancia conlleva la "existencia de peligros procesales" si a los acusados les era otorgado, tal como ahora sucedió con Calandra, una medida alternativa distinta a la que continúa teniéndolos encarcelados.
"Sin embargo, considero que sobre dichos riesgos -previstos en el Código Procesal- deben primar los derechos supralegales de las personas menores de edad. Ello, dado el particular supuesto que se presenta en el caso en examen, en donde existen dos jóvenes -un chico de 13 años de edad y una nena de 11- que poseen a sus dos padres privados de la libertad", concluyó el titular de Garantías 2 para otorgarle finalmente el beneficio del arresto domiciliario a María Laura Calandra.
Mencionando jurisprudencia al respecto, el juez Barberena citó en lo decidido que "la pena no puede trascender de la persona del delincuente".
En otras palabras, eso significa que "sólo él debe sufrirla". Y en determinadas circunstancias, tal como ocurre en este caso, "dentro de lo posible deben morigerarse las consecuencias negativas que proyecta la pena en relación a otras personas (especialmente, hacia los menores y desvalidos)", luego de que también pudo constatarse que "existe desamparo y vulneración" a los derechos de esos nenes que se buscan resguardar. Específicamente, estando nuevamente ambos con su madre y ella bajo arresto domiciliario; lo cual ocurrirá mientras el padre de los chicos continúa encarcelado en el marco de este mismo sumario penal.
Si bien la Fiscal de la causa ahora terminó avalando lo pretendido para Calandra por su Defensora Particular, ante el Juez garante formuló una serie de pedidos. Todos ellos, tendientes a que la imputada, en ese nuevo contexto de encierro domiciliario en que permanecerá, no vulnere el beneficio otorgado el pasado miércoles y en procura, también, de "evitar el entorpecimiento de la investigación" que la actual titular de la UFI 6 todavía lleva adelante.
Distinto fue lo sostenido por Luis Conti, el apoderado legal de la CEAL, la entidad que en este expediente judicial está presentada bajo la figura del Particular Damnificado.
Ese abogado ya se había opuesto tiempo atrás a que Calandra pudiera gozar del beneficio que le ha sido concedido.
Por tal motivo, ahora solicitó "garantías máximas" para que la mujer cumpla con la morigeración de la prisión preventiva; y que ese arresto domiciliario "sea realmente beneficioso" para sus dos hijos más chicos y "no una mera estrategia procesal de la imputada".
El representante legal de la CEAL -además- dejó expresamente señalado ante el Juez de la causa que el beneficio otorgado a la azuleña "sea interpretado con criterio restrictivo" por el "gran impacto social" que este caso "ha generado en la ciudad, con decenas de afectados".
El dato
La abogada María Fernanda Giménez había recusado a los integrantes de la Cámara Penal. Según planteaba, desde la Alzada los jueces Damián Cini, Carlos Pagliere (h) y Agustín Echevarría dictaron diferentes resoluciones que implicaron "un evidente prejuzgamiento objetivo y subjetivo negativo respecto de la situación" de su defendida María Laura Calandra. Para dar respuesta a lo pretendido y finalmente rechazar esa recusación, el máximo Tribunal departamental tuvo que integrarse con el juez Correccional Aníbal Álvarez y con el de Garantías Carlos Villamarín. Y el 29 de abril pasado ambos resolvieron no hacer lugar al pedido de la abogada para apartar de la causa CEAL a los actuales miembros de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul.
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