26 de diciembre de 2021

EN PRIMERA INSTANCIA

EN PRIMERA INSTANCIA. Causa penal por abuso sexual fue elevada a juicio, pero lo resuelto aún no está firme

Eso obedece a que el abogado del acusado apeló ante la Cámara Penal lo dispuesto por el Juez de Garantías que intervino durante la instrucción de este sumario. Esa investigación penal, ahora ya concluida, lo tiene preso a un enfermero desde hace seis meses. Según se sostiene desde la imputación, años atrás abusó en varias ocasiones de su hermana, lo cual sucedió cuando ella era una niña. Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido hasta que esos episodios fueron denunciados, el Defensor Particular del imputado afirma que la acción penal está prescripta y que su cliente tiene que ser sobreseído.

Los jueces que integran la Cámara Penal departamental deberán decidir si confirman o rechazan un recurso de apelación formulado por el abogado defensor de un enfermero que está preso desde junio pasado. Llamado Oscar Mauricio Blanco y de 40 años de edad, a ese hombre lo acusan de haber abusado sexualmente de su hermana, en el marco de una serie de hechos sucedidos cuando -según la mujer denunciara en agosto de 2019- ella era una niña.

El pasado 10 de diciembre el magistrado Federico Barberena, titular del Juzgado de Garantias 2, dio lugar a la requisitoria de elevación a juicio de este sumario penal, que instruyera desde la UFI 6 la fiscal Karina Gennuso.

Contra aquella resolución, diez días después Luciano Di Pietro, el defensor Particular del enfermero encausado, apeló ante la Alzada departamental lo dispuesto en esa primera instancia.

La cuestión medular de este caso reside en si está extinta o no la acción penal, teniendo en cuenta la fecha en que los supuestos abusos sucedieron. Hechos que -de acuerdo con lo investigado- se remontan a entre 2000 y 2002, cuando la hermana del encausado tenía 10 y 11 años de edad.

Al manifestar su oposición a la elevación a juicio de este sumario penal, la Defensa Particular del imputado había referido que la acción penal que lo tiene preso a su cliente estaba extinguida, motivo por el cual solicitaba la anulación de este proceso penal y, en consecuencia, el sobreseimiento del enfermero.

Pero el Juez garante no dio lugar a ese planteo de prescripción de esta causa, del mismo modo que ya lo hiciera cuando ordenó la detención del enfermero y después le dictó la prisión preventiva.

Tampoco avaló el pedido para que el acusado fuera sobreseído, lo que se tradujo en la elevación a juicio de esta causa. Una decisión que aún no está firme teniendo en cuenta ese recurso de apelación que formulara ante la Alzada departamental, el pasado 20 de diciembre, el abogado Di Pietro.

Un primer fallo

Sobre esa cuestión de la prescripción o no de la acción penal en esta causa existe ya un primer pronunciamiento emanado desde la Cámara Penal y que data de septiembre pasado; aunque en aquel entonces resuelto con una integración diferente a la actual.

Cuando el abogado Eduardo Víctor Lapenta era el defensor Particular del enfermero, además de solicitar que este expediente judicial quedara radicado en el ámbito del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil porque -según afirmaba- el acusado era menor de edad para cuando supuestamente abusó de su hermana, hizo ante la Alzada un planteo de prescripción de la acción penal en este caso. Y el 21 de septiembre hubo desde la Cámara Penal una respuesta. Desfavorable para la pretensión de la por entonces Defensa del encausado.

En lo atinente a la prescripción de la causa, los jueces que intervinieron en aquel recurso concluyeron que dicha acción estaba vigente. Pero lo hicieron por mayoría, con los votos a favor de esa postura de Carlos Pagliere (h) y de Alejandra Raverta, la jueza del TOC 2 que fue convocada especialmente para intervenir y dar respuesta a aquel recurso de apelación.

En minoría, a lo pretendido por el abogado Eduardo Lapenta había dado lugar desde la Alzada el camarista Damián Cini, quien también opina que dado el tiempo transcurrido desde que estos hechos de abuso supuestamente existieron es nula la acción penal todavía vigente contra el acusado, quien actualmente está preso en la Unidad 38, una de las cárceles del SPB con asiento en la localidad olavarriense de Sierra Chica.

Tres días más tarde a conocida aquella resolución, pero ya solamente estando la Cámara Penal integrada por dos de sus miembros -los ya referidos jueces Pagliere (h) y Cini- quedó confirmada la prisión preventiva para Blanco.

Actualmente la Alzada departamental con asiento en el tercer piso del Palacio de Justicia de Azul tiene nuevamente tres integrantes, luego de que meses atrás asumiera el magistrado Agustín Echevarría para ocupar uno de los cargos que desde hacía años estaba vacante.

Conociendo ya las opiniones -encontradas- que en este caso tienen sus colegas Pagliere (h) y Cini, habrá que ver a cuál de las posturas adhiere el camarista más nuevo de los tres cuando también intervenga en este recurso de apelación formulado por la defensa técnica del enfermero.

Además, teniendo en cuenta lo que será la feria judicial de enero próximo, es probable que esa apelación no se resuelva desde la Cámara Penal departamental y que sí se lo haga desde la que esté de turno el mes entrante; aunque esa posibilidad es una mera especulación y todavía es una incógnita qué se decidirá en segunda instancia con relación a esta Investigación Penal Preparatoria.

Cuando el pasado 10 de diciembre el juez de Garantías Barberena dio lugar a la elevación a juicio de este sumario, para reiterar su postura de que la acción penal no estaba prescripta mencionó en aquella resolución la "adecuación legislativa" que en su momento se hiciera en el país para evitar que casos como éste queden impunes. La misma estaba basada en el "cumplimiento de los compromisos internacionales previamente asumidos por la República Argentina -a través, por ejemplo, de la adhesión a diferentes tratados-, los cuales contaban con plena vigencia al momento del hecho y que comportaban normas operativas en materia de Derechos Humanos, con jerarquía supralegal, impidiendo que sea omitida la especial circunstancia de la corta edad de la víctima -o su inmadurez personal necesaria para accionar-; y, a partir de ello, generándose una gran cantidad de casos impunes, por extinción de la acción penal, producida durante esa etapa de la vida de la persona que en mayor medida requería de la tutela jurídica para el ejercicio de derechos fundamentales"

"En razón de lo expuesto es que el planteo defensista no habrá de prosperar", concluyó el titular de Garantías 2 para elevar a juicio esta causa. Una medida que ordenara también teniendo en cuenta lo que la Cámara Penal ya había resuelto en aquel fallo mencionado del pasado 21 de septiembre.

A criterio del magistrado Barberena, "la denunciante (que al momento de los hechos resultó ser una víctima de abuso sexual sujeta a una situación de vulnerabilidad múltiple por su corta edad y por ser mujer -niña-), no contó con la oportunidad de acceder de forma efectiva a la justicia, al menos hasta que alcanzó la mayoría de edad".

Algo que específicamente en este caso sucedió, a través de una denuncia formulada el 23 de agosto de 2019, cuando la presunta víctima ya tenía 27 años de edad.

Aquella presentación se convirtió en el punto de partida para la instrucción de esta causa penal elevada a juicio en primera instancia hace dieciséis días, una medida que por el momento no está firme.

EL DATO

Además de denunciarlo en agosto de 2019 ante la Justicia, la mujer había hecho pública su situación de víctima de estos episodios de abuso sexual cometidos por su hermano a través de diferentes publicaciones que efectuara en redes sociales.

Lo denunciado

Oscar Mauricio Blanco había sido detenido en el Hospital Pintos de Azul, el lugar donde trabajaba, el pasado 25 de junio.

A escala penal, continúa siendo considerado el probable autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo reiterado, un ilícito que ante una eventual condena contempla penas que van desde los ocho a los veinte años de prisión.

Tanto el enfermero como la denunciante de estos hechos son hermanos por parte de padre.

Blanco no convivía con ella para cuando -de acuerdo con lo investigado- entre los años 2000 y 2002 cometió aquellos episodios de abuso sexual que actualmente lo tienen en prisión.

En la causa se señala que "en reiteradas oportunidades" el enfermero violó a su hermana. También, que los hechos tuvieron como escenarios diferentes inmuebles de Azul, a los que por cuestiones familiares ambos concurrían; y que la víctima tenía "10 y 11 años de edad" para cuando era sometida sexualmente por el imputado. En ese entonces, Blanco tenía 19 y 20 años.

"En total fueron seis veces", había dicho la denunciante a EL TIEMPO -luego de que en junio pasado se hiciera efectiva la detención del enfermero- cuando fue consultada sobre las ocasiones en que su hermano abusaba sexualmente de ella.

Aquellas situaciones, en todos los casos, incluyeron que la denunciante fuera accedida carnalmente.

Los dichos de la presunta víctima, en esa causa penal que ahora ya fue elevada a juicio, habían sido ratificados por integrantes de su familia y de la del encausado.

En ese contexto se ubica, por ejemplo, lo que declarara el padre de ambos protagonistas de este caso: un hombre que afirmó que su hijo le reconoció en una oportunidad que había violado a su hermana, motivo por el cual le pedía perdón por aquello que hiciera.

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