26 de julio de 2023

DESDE CASACIÓN

DESDE CASACIÓN. Condena confirmada para el azuleño que atropelló y mató a una enfermera

Hermenegildo Florio Gorosito sigue en la cárcel. Provocó este siniestro vial el 12 de enero de 2019, con una camioneta que guiaba alcoholizado. En segunda instancia, la Alzada con asiento en La Plata desestimó un recurso de su Defensa en busca de su absolución. Y también rechazó un pedido para que le redujeran la pena de seis años de prisión que le había sido dictada en el juicio que finalizó en diciembre pasado. En ese proceso, además, el hombre fue inhabilitado durante una década para conducir vehículos automotores por aquel hecho que protagonizara, configurativo de un "homicidio culposo agravado".

Desde el Tribunal de Casación Penal bonaerense fue confirmada en todos sus términos la sentencia de un juicio desarrollado meses atrás en un tribunal local, proceso donde un hombre que conducía alcoholizado una camioneta había sido condenado a seis años de prisión por atropellar y matar a una enfermera, siniestro vial sucedido en Azul el 12 de enero de 2019 sobre la Avenida Mitre.

Lo dispuesto en esta segunda instancia desde la Sala IV perteneciente a la Alzada con asiento en La Plata lleva las firmas de los jueces Carlos Natiello y Mario Kohan, quienes de manera unánime rechazaron por "improcedente" un recurso de apelación que formulara la Defensora Particular del azuleño encausado, que está privado de la libertad desde el día de sucedido este hecho.

Llamado Hermenegildo Florio Gorosito y de 59 años de edad, el declarado autor de este homicidio culposo agravado sigue preso en la Unidad 7, la cárcel del SPB con sede en Azul.

En ese debate desarrollado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 y cuyo fallo se anunciara el 19 de diciembre del año anterior, el hombre también había sido inhabilitado por una década para conducir vehículos automotores.

En busca de revertir lo resuelto hace siete meses en el juicio oral -donde al TOC 2 lo integraron para ese proceso los magistrados Inés Olmedo, Javier Barda y Joaquín Duba- la abogada Rina Barbieri, defensora del conductor de la camioneta que resultara condenado, recurrió aquel fallo ante Casación.

Pero lo pretendido por la Defensa Particular de Gorosito no prosperó en esta segunda instancia.

Entre otras cuestiones, la abogada sostenía que las penas aplicadas a su cliente -que fueron las máximas que contempla el delito por el que resultó condenado en el juicio- no fueron proporcionales al hecho tratado.

En ese recurso Barbieri afirmaba también que durante el debate, teniendo en cuenta que el azuleño encausado había llegado procesado por un "homicidio con dolo eventual", hubo un cambio de calificación penal por parte de los jueces que lo condenaron. Una circunstancia que a ella no le había permitido ejercer el llamado "derecho de defensa" y a través de la cual en su alegato pidió que Gorosito fuera absuelto del hecho que, de manera conjunta, le imputaron la fiscal Karina Gennuso y Carlos Bevacqua, que en ese proceso intervino como Particular Damnificado en nombre de los familiares de la víctima.

En ese alegato la Defensa solicitó también, pero en subsidio, que al azuleño -tal como sucediera en aquella primera instancia- lo condenaran por un homicidio de tipo "culposo" y no por uno "doloso".

Recurso que no prosperó

A lo sostenido en el recurso de apelación, desde Casación los jueces que intervinieron en esta causa respondieron para desestimarlo que "el hecho histórico aquí enjuiciado se mantuvo inalterado a lo largo de todo el proceso, cambiando tan sólo el encuadre jurídico otorgado al mismo". Algo que finalmente terminó favoreciendo la situación procesal del conductor de la camioneta, teniendo en cuenta que de haber sido condenado como autor de un "homicidio con dolo eventual" el mínimo de pena que habría recibido hubiese sido de ocho años de prisión.

"Es decir, la cuestión fue de puro derecho, variando el encuadre legal del mismo suceso fáctico", se indicó en lo resuelto ahora por unanimidad, contando para ello con el voto en primer término del juez Natiello.

"En conclusión, el procesado conoció perfectamente los términos de la acusación, los cuales se mantuvieron desde un comienzo -ya que el sustrato fáctico no varió-, su derecho de defensa en juicio no se ha visto conculcado (vulnerado)" y "finalmente ha sido condenado por el delito que subsidiariamente fuera peticionado por la Defensa, lo que sella la suerte adversa del reclamo".

Sostenía también la abogada Barbieri que era desproporcionada la pena dictada a su defendido, que hasta que protagonizara este hecho no registraba antecedentes computables.

Pero desde Casación también fue desestimado ese planteo. Al respecto, en lo resuelto el juez Natiello, a lo que adhirió su colega Kohan, afirmó: "Tampoco considero que la escala penal con que se reprime el delito en estudio afecte el principio de proporcionalidad de las penas. En efecto, la previsión legal no es 'per se' irracional; y la sentencia cuestionada no ha demostrado que supere el límite establecido por los principios de culpabilidad y proporcionalidad".

Al quedar confirmado desde Casación lo resuelto en lo que fuera aquel juicio oral, no prosperaron los planteos de la Defensa del conductor de la camioneta para que en esta segunda instancia fuera absuelto. Ni tampoco esa otra solicitud para que a Gorosito le fuera reducida la pena de prisión que sigue cumpliendo en la cárcel de varones con sede en Azul.

Lo resuelto desde la Alzada con asiento en La Plata no quedará firme en lo inmediato, teniendo en cuenta que la abogada Barbieri, cuando formulara ese recurso que ahora terminó siendo desestimado, adelantó que tiene previsto hacer "reserva del caso federal".

EL DATO

Tiempo después de que resultara condenado por este siniestro vial, desde el Tribunal donde fue juzgado había sido rechazado un pedido de excarcelación para Hermenegildo Florio Gorosito que también presentara su abogada defensora. Aquella denegatoria posteriormente fue apelada ante la Cámara Penal, que todavía no se ha expedido con relación al referido recurso, según lo señalado a EL TIEMPO por voceros del TOC 2.

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