FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO
Declarada autora de una infracción a la Ley 23.737, fue sentenciada a cuatro años y medio de prisión. Actualmente está presa en la Unidad 46 del SPB, la cárcel ubicada en José León Suárez. Había sido aprehendida durante un allanamiento que agentes policiales realizaron el 23 de septiembre de 2021 en una casa de Azul donde por aquel entonces se domiciliaba.
23 de agosto de 2023
Tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas al consumidor fue el delito por el que una mujer resultó condenada a cuatro años y seis meses de prisión y, también, a pagar una multa,
Fuentes judiciales identificaron a la encausada como Natalia Vanesa Gallardo, una azuleña que tiene 30 años de edad.
Un juicio abreviado tramitado ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 con asiento en el Palacio de Justicia local se tradujo en las imposiciones de las referidas sanciones para la mujer, que actualmente está presa en la Unidad 46, la cárcel del SPB ubicada en José León Suárez, la localidad del conurbano bonaerense perteneciente al Partido de General San Martín.
Desde el TOC 2, la jueza Alejandra Raverta intervino en este proceso abreviado donde las partes estuvieron representadas por el fiscal Lucas Moyano y la defensora Oficial Mariana Mocciaro.
El acuerdo para la realización del juicio incluyó el consentimiento de la encausada. Y las sanciones que recibió fueron las mismas que habían sido pactadas entre Acusación y Defensa Oficial, en la previa a que el actual titular de la UFI 22 solicitara ante el Tribunal 2 la tramitación de este proceso.
Un allanamiento
Según lo que se diera por demostrado en este proceso abreviado, durante 2021 -desde julio y hasta que resultara aprehendida en un allanamiento realizado el 23 de septiembre de aquel año- Gallardo, junto con un varón, se dedicó "a la comercialización de estupefacientes del tipo clorhidrato de cocaína y marihuana en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor".
En el marco de una investigación penal que por aquel entonces se desarrollaba desde la fiscalía a cargo de Lucas Moyano, ese ya referido 23 de septiembre se realizó un allanamiento en el inmueble donde vivía la mujer condenada en este proceso: una casa situada en Azul, sobre la prolongación Norte de la calle Escalada.
Teniendo en cuenta el resultado de lo que había sido esa diligencia, en el fallo de este juicio se mencionó que aquel día la encausada, que resultó arrestada por el personal policial que llevó a cabo ese procedimiento, "tenía ilegítimamente bajo su guarda y disposición, con fines de comercialización en dosis fraccionadas, 15,36 gramos de marihuana, la que se encontraba en el interior de una habitación del referido inmueble, dentro de un bolsillo de una campera color blanca, envuelta en nylon".
También la mujer poseía "un trozo compacto de 381,31 gramos de clorhidrato de cocaína", droga que fue hallada "arriba de un ropero de madera, en el interior de una mochila de color negro, envuelta en una bolsa blanca". Y dentro de una billetera, en poder de la azuleña condenada en esta primera instancia se incautó "un troquel con dos micro dosis de LSD (ácido lisérgico)".
Teléfonos celulares, una balanza de precisión, "un billete de quinientos pesos argentinos, el cual se encontraba doblado conteniendo arriba una sustancia pulverulenta, similar al clorhidrato de cocaína", un cuchillo y más de 29.000 pesos en efectivo formaron parte de lo secuestrado durante ese procedimiento. Y del interior de un auto, un Volkswagen Gol, al ser requisado los policías recogieron varios recortes de nylon con "vestigios" de lo que era cocaína.
De acuerdo con lo investigado, y valorado como evidencias para condenar a Gallardo en este juicio abreviado, en el fallo se hizo alusión a los movimientos que se registraban en la casa donde la encausada vivía.
En ese inmueble era común observar a personas que concurrían y permanecían por escaso tiempo, tras comprar droga que la mujer les vendía.
Ese tipo de movimientos, relacionado con la comercialización de estupefacientes al menudeo, había podido ser corroborado por personal policial que intervino en esta causa penal.
Además, los investigadores determinaron que en algunas ocasiones la azuleña solía entregar los estupefacientes bajo la modalidad conocida como "delivery", para lo cual se movilizaba en el auto que fuera requisado el día en que resultó aprehendida, en ocasión de llevarse a cabo el allanamiento en esa casa donde vivía.
Más pruebas que sirvieron para condenar en este juicio abreviado a la investigada surgieron del análisis de las comunicaciones de los teléfonos celulares que habían sido incautados el día en que resultó arrestada.
En esos móviles se hallaron mensajes que daban cuenta de que se dedicaba a comercializar estupefacientes al menudeo.
El dato
El coimputado que tiene esta investigación penal se llama Mauro Esteban Frank. Con relación a ese encausado, "por haber emitido opinión en los presentes actuados", la jueza Alejandra Raverta se excusó de seguir interviniendo en este sumario. Frank había sido aprehendido el mismo día en que se llevó a cabo el arresto de la mujer condenada en este proceso abreviado. En su caso, la medida se hizo efectiva cuando policías allanaron una casa situada en Villa Piazza Norte donde por aquel entonces ese hombre vivía. Actualmente permanece en libertad, según lo señalado por fuentes judiciales.
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