FIRMÓ UN JUICIO ABREVIADO
Por el delito de "lesiones culposas" fue sentenciada a un año y medio de prisión en suspenso e inhabilitada por dos años para ejercer la profesión. En noviembre de 2019 le aplicó por error una droga a una joven que estaba internada en el Hospital Pintos, evolucionando de una operación por cálculos en la vesícula. La paciente víctima de esta mala praxis estuvo al borde de la muerte, ya que sufrió una descompensación que la tuvo varios días en Terapia Intensiva.
2 de junio de 2024
El domingo 16 de febrero de 2020 Daiana Mujica estaba cumpliendo 25 años de edad. Y acompañada por su mamá, en una entrevista que se publicó aquel día en EL TIEMPO la joven dio cuenta de una terrible experiencia por la que le había tocado atravesar meses antes, sucedida mientras permaneció en el Hospital Pintos y a través de la cual, luego de una operación por cálculos que tenía en la vesícula, estuvo al borde de la muerte como consecuencia de una mala praxis.
La conducta negligente desarrollada por una enfermera que la atendió en el centro asistencial municipal, profesional de la Salud que por error le suministró una droga que la tuvo varios días en coma, se convirtió en materia de una investigación judicial.
Después de que en noviembre de 2019 aquel hecho se produjo y los familiares de la joven radicaran una denuncia, desde una Fiscalía con sede en los tribunales de Azul se había iniciado la instrucción de un sumario penal que esta semana que pasó derivó en que la enfermera resultara condenada.
Contando con el acuerdo entre las partes intervinientes en un juicio abreviado, la encausada fue sentenciada a un año y seis meses de prisión de cumplimiento condicional como autora del delito de lesiones culposas. Y otra de las sanciones impuestas a la enfermera -se refiere también en el fallo- consiste en que ha sido inhabilitada de manera "especial" para ejercer su profesión por el plazo de dos años.
Lo que pasó
Héctor Torrens, el titular del Juzgado Correccional 2, intervino en este proceso abreviado a través del cual se pronunció a favor de la condena para la enfermera.
En lo resuelto esa mujer fue identificada como Cristina Mabel Bicondo. Oriunda de la provincia de Santa Fe, actualmente tiene 48 años y figura con domicilio en Tandil.
Poseedora de un título terciario de Técnica Superior en Enfermería, al centro asistencial municipal de Azul donde cometió aquel hecho por el que ahora pesa sobre ella esta condena de primera instancia había ingresado a trabajar varios años antes de que, el 6 de noviembre de 2019, se convirtiera en la autora de ese delito de "lesiones culposas" que tuvo como víctima a Daiana Mujica.
Ese día la joven, evolucionando favorablemente de una operación a la que había sido sometida por cálculos que tuvo en la vesícula y esperando que le dieran el alta, se encontraba internada y acompañada por su mamá Elsa Espán en el Hospital Pintos.
Ambas -según había contado Mujica en la entrevista publicada por este diario en febrero de 2020- estaban mirando televisión y era poco antes de la hora 22 cuando se hizo presente en la sala del centro asistencial municipal la enfermera Bicondo.
Lo que parecía una práctica de rutina por parte de esa profesional se convirtió inmediatamente en una experiencia traumática para la paciente.
Actualmente de 29 años, la joven aún continúa padeciendo secuelas por lo que le pasó, según puede leerse en el fallo de este juicio abreviado.
Al respecto, una vez que le fuera recibida una declaración en esta causa penal, Mujica contó que durante alrededor de seis meses estuvo tomando "medicación para el corazón". Y afirmó que continuaba teniendo "ataques de pánico" por aquello que le sucediera mientras estuvo internada en el Pintos y sufrió esta mala praxis, hace ya más de cuatro años.
Lo concreto fue que esa noche del 6 de noviembre de 2019 la encausada le aplicó por error a Daiana Mujica -"con una jeringa" y "de forma intravenosa" a través de un suero que tenía colocado- "Noradrenalina", una droga que no había sido recetada a la joven por el médico que la estaba atendiendo.
Tan sólo minutos después, la por entonces paciente inmediatamente comenzó a sufrir una grave descompensación.
Hasta que aquello sucediera Mujica estaba recibiendo "Ranitidina", droga compatible con esa afección por la que un día antes había sido sometida a una exitosa intervención quirúrgica por cálculos que tenía en la vesícula.
En lo resuelto en este juicio abreviado se señala que "con su accionar negligente e impericia en su profesión" la enfermera le provocó a Daiana "una reacción alérgica que le ocasionó una grave descompensación hemodinámica, con alteración severa de sus pulsaciones y presión arterial, con variaciones patológicas de los parámetros clínicos y edema pulmonar con hemoptisis". Lesiones todas "que pusieron en riesgo de muerte" a la víctima de esta mala praxis.
De esa manera, la joven azuleña estuvo internada hasta el 22 de noviembre de 2019. Y antes de que se recuperara y fuera finalmente dada de alta desde el Pintos, permaneció en Terapia Intensiva hasta el día 16 de aquel mes y año, atravesando por momentos donde no se tenía certeza sobre si iba a seguir con vida a causa de lo que esa droga suministrada por error le provocó: una insuficiencia cardiaca y un edema que le impedían respirar con normalidad. Situaciones ambas por las cuales tuvieron que inducirla a un coma y entubarla para que, asistida mecánicamente, pudiera continuar respirando.
Un error que pudo ser mortal
Toda aquella traumática situación que tuvo como principal protagonista a la paciente se había producido estando presente su mamá, quien observó el momento en que su hija empezó a descompensarse. Y vio también cómo comenzó a vomitar sangre, al igual que lo que fue su posterior traslado a Terapia Intensiva.
Aquel "cuadro tóxico desencadenado por error" en la joven implicó que su vida corriera riesgo. Y teniendo en cuenta las evidencias reunidas en la investigación penal por esta mala praxis, el Juez que condenó a la enfermera concluyó que había sido la "responsable de administrarle la medicación" a Mujica, droga que le causó "una grave descompensación hemodinámica".
En lo resuelto, el titular del Juzgado Correccional 2 señaló que la conducta desplegada por Bicondo era "merecedora de reproche penal a título de culpa". Específicamente, por "no haber adoptado los recaudos necesarios de prevención y examen detallado del medicamento que debía aplicar", tarea que le "exigía la máxima diligencia para observar cuidadosamente el nombre de la droga correspondiente que había sido prescripta por el profesional médico".
La "inexistencia de antecedentes penales" de la enfermera imputada -quien meses después de ocurrido este hecho dejó de trabajar en el Pintos- se convirtió en una circunstancia de tipo atenuante a las penas que recibió.
Además, en ese fallo con veredicto condenatorio para ella le fueron fijadas diferentes pautas de conducta que debe cumplir por el plazo de dos años, consistentes en "fijar residencia y someterse al control del Patronato de Liberados".
En tanto, como una agravante el juez Torrens valoró para la encausada "la grave afectación en la salud de la víctima, quien padeciera riesgo de perder su vida".
"Teniendo en cuenta lo convenido por las partes, la calificación legal y la modalidad de ocurrencia fáctica en los términos atribuidos, la atenuante y agravante valoradas y el imperativo legal -artículo 399 segundo párrafo del Ritual, que me impide aplicar penas mayores a las pactadas o modificar su forma de cumplimiento- estimo apropiado convalidar la imposición a la imputada Cristina Mabel Bicondo de las penas de un año y seis meses de prisión y dos años de inhabilitación especial para ejercer la profesión como enfermera, con costas", puede leerse en un párrafo de lo decidido.
"Las condiciones personales de la encausada y la ausencia de antecedentes penales computables determinan la inconveniencia de que la pena privativa de libertad a imponerle sea de efectivo cumplimiento", señaló también el Juez Correccional.
El dato
Desde la UFI 2 se llevó adelante esta investigación penal. Y el actual titular de esa Fiscalía, David Carballo, representó a la Acusación en este juicio abreviado, proceso donde a la enfermera condenada la patrocinó una defensora Particular: la abogada Agustina Lomolino.
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