FALLO DE UN JUICIO ORAL

FALLO DE UN JUICIO ORAL

Condenado por abusar de una nena, un azuleño sigue prófugo

Hace seis días un juez le impuso una pena de cinco años y tres meses de prisión. Y ordenó su inmediata detención por este caso de abuso sexual, que sucedió en Loma Negra en 2012 y tuvo como víctima a una menor que en ese entonces tenía tres años. La Defensa del encausado presentó un habeas corpus ante la Cámara Penal para que se decretara el cese de la vigencia de la medida de coerción. Pero ese recurso fue rechazado y hasta anoche el hombre condenado en esta primera instancia continuaba sin ser hallado.

4 de enero de 2022

Es oriundo de Azul, tiene 55 años y se llama Carlos Daniel Gómez. Desde el miércoles de la semana anterior está prófugo y ha sido declarado "en rebeldía", señalaron ayer fuentes judiciales a EL TIEMPO.

Aquel día, tras la realización de un juicio al que había llegado en libertad, en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 el hombre fue condenado a cinco años y tres meses de prisión por haber abusado de una menor.

Según quedara probado en el debate, ese hecho por el que ahora el azuleño permanece evadido de la justicia había ocurrido en Loma Negra en 2012 en perjuicio de una nena que en ese entonces tenía tres años de edad.

A escala penal quedó definido como un abuso sexual simple agravado por haber sido cometido contra una menor de dieciocho años aprovechándose de la situación de convivencia preexistente con la misma, el delito por el cual Joaquín Duba -el magistrado del TOC 1 que intervino en este juicio- además de pronunciarse a favor del veredicto condenatorio para el encausado ordenó su "inmediata detención", según se menciona en el fallo dado a conocer hace seis días.

Fernanda Giménez había intervenido en ese proceso como la defensora Particular del azuleño que hasta ayer seguía prófugo.

No bien se conociera la condena y la orden detención para su cliente, presentó ante la Cámara Penal un habeas corpus en busca de que se decretara el cese de la medida de coerción para su representado.

Pero al día siguiente de que Gómez resultara condenado, desde la Alzada departamental -que integran los jueces Carlos Pagliere (h), Damián Cini y Agustín Echevarría- aquel recurso de la abogada fue rechazado por "improcedente".

En sintonía con lo sostenido por el magistrado que lo condenó, en la resolución Damián Cini -el primero en votar a la única cuestión planteada- escribió: "La medida de coerción dispuesta respecto de Carlos Daniel Gómez no resulta arbitraria ni ilegal, pues se halla fundada y dictada por Juez competente, quien expuso los motivos -basados en criterios legales y racionales- por los cuales consideró procedente la cautelar dispuesta".

En otro tramo de lo resuelto desde la sala con asiento en el tercer piso del Palacio de Justicia de Azul se mencionó lo que el juez Joaquín Duba había referido un día antes para ordenar la detención del encausado, quien fuera declarado en aquel debate autor de este caso de abuso sexual. "Corresponde también ordenar la inmediata detención de Carlos Daniel Gómez y disponer el alojamiento del nombrado en alguna Unidad Penitenciaria del Departamento Judicial de Azul a disposición de este Órgano Jurisdiccional", lo cual obedecía a que la sentencia dictada incluía "una pena privativa de la libertad de efectivo cumplimiento (cinco años y tres meses de prisión), ha sido solicitada por la representante del Ministerio Público Fiscal -que en ese juicio fue Laura Margaretic- y dicha medida se encuentra en proporción al aumento verificado de peligro cierto de frustración del proceso".

Coincidiendo también con lo ordenado por el Juez del TOC 1, desde la Alzada departamental sus actuales integrantes concluyeron que, con la condena a la pena de prisión antes referida, la situación procesal de Gómez se modificaba por completo y, en consecuencia, se traducía "en un aumento verificado de peligro cierto de frustración del proceso". Algo que ahora queda evidenciado de la mano de su actual estado de prófugo, que al menos hasta anoche se mantenía.

El segundo juicio por el mismo hecho

Sin que prosperaran ante la Cámara Penal los argumentos esgrimidos en el recurso que presentó no bien se conoció la condena y la detención para su cliente, la abogada Fernanda Giménez afirmaba que la medida cautelar ordenada "carece de sustento legal y procesal, debido a que Gómez es procesado y siempre estuvo a derecho". Y también afirmaba que no se habían acreditado en este caso "los riesgos procesales para dar sustento a la cautelar" dispuesta por el juez del TOC 1 Joaquín Duba.

En ese habeas corpus ante la Alzada departamental que terminó siendo rechazado, otro aspecto al que la Defensora Particular de Carlos Daniel Gómez hacía referencia indicaba que por este mismo caso su cliente ya había sido condenado en primera instancia el 24 de agosto de 2018; aunque aquella resolución luego sería declarada inválida.

En ese entonces, un primer juicio por este caso de abuso sexual se desarrolló en el mismo tribunal donde ahora se llevó a cabo este segundo debate.

Había sido Gustavo Borghi, hoy ya jubilado del Poder Judicial, quien en aquel entonces condenó a Gómez a "cuatro años de prisión" como el autor de este caso de abuso sexual en perjuicio de la nena.

Pero posteriormente, aquella sentencia de primera instancia fue declarada nula desde el Tribunal de Casación Penal bonaerense.

Según lo señalado ayer por fuentes judiciales consultadas por este diario, la decisión de la Alzada con asiento en La Plata databa de diciembre de 2019. Y en respuesta a un recurso de apelación presentado por la Defensa del encausado, ordenaba que se realizara un nuevo juicio, teniendo en cuenta que en aquel primer debate se había violado el llamado "principio de congruencia", afectándose en consecuencia las garantías de defensa del imputado.

De esa manera, se llevó a cabo este nuevo juicio que derivó el miércoles de la semana pasada en una nueva condena para el hombre que está prófugo. En este caso, a una pena superior a la que le fuera dictada en el primer debate: los ya mencionados cinco años y tres meses de prisión por los cuales se ordenó su detención, que todavía no ha podido hacerse efectiva.

EL DATO

Como una atenuante de la condena impuesta al azuleño declarado autor de este caso de abuso sexual, el Juez tuvo en cuenta "la inexistencia de antecedentes penales". Y como circunstancias agravantes a esa pena de cinco años y tres meses de prisión que le dictara, el magistrado valoró para Gómez "la corta edad de la víctima al momento del hecho y el aprovechamiento de la confianza que tenía con la menor". También, "la extensión del daño causado" a esa nena de la que abusara una década atrás.


Lo que quedó probado en el juicio más reciente

"Se ha demostrado legalmente que en el período de tiempo comprendido entre los meses de marzo y fines de julio del año dos mil doce, en fecha y horario indeterminado", se menciona en el fallo más reciente vinculado con este caso, Carlos Daniel Gómez cometió este hecho de abuso sexual en perjuicio de la menor, que en aquel entonces tenía tres años.

Para cuando el hecho se produjo el azuleño que está prófugo trabajaba como camionero. Y en la resolución se indica también que una casa ubicada en la localidad olavarriense de Loma Negra fue el lugar donde Gómez cometió este episodio de abuso sexual, aprovechando que en aquella época convivía con la menor que resultara víctima, a quien le había efectuado diferentes tocamientos en las partes íntimas de su cuerpo.

Para dar por demostrado el ilícito por el que el azuleño fue condenado la semana pasada, entre otras pruebas el juez Duba tuvo en cuenta el relato que le fuera tomado a la nena en sede judicial por medio de la Cámara Gesell.

Esa versión, que data del 26 de mayo de 2015, fue considerada por el Juez que ahora condenó a Gómez como "plenamente creíble".

"Máxime -escribió Joaquín Duba en lo resuelto- teniendo en cuenta que, a pesar del tiempo transcurrido desde el acaecimiento de los sucesos vividos, año 2012, y la escasa edad que tenía al momento de declarar, cinco años, es decir, tres años después, su deposición fue espontánea, con clara inocencia y naturalidad al expresarse, concreta, directa, sin titubeos ni exageraciones y con un vocabulario escueto, llano, propio de su edad. Concordante, a su vez, con el mismo relato que individualmente le hiciera tanto a su progenitora como a las psicólogas en ocasión de dar a conocer el abuso al que fue sometida por parte de la pareja de su abuela, lo que permite apreciarla como desprovista de algún interés espurio que lleve a pretender la inoculación de un hecho no sucedido".

El 19 de septiembre de 2013, un día después a que la nena le contara, fue su mamá quien decidió denunciar al hombre que está prófugo, iniciándose en aquel entonces la investigación penal que la semana pasada derivara en la segunda condena para el azuleño. Y ahora, a cinco años y tres meses de prisión.

Cuando había sido citado a indagatoria, en aquella audiencia Carlos Daniel Gómez declaró, negando autoría alguna en este caso de abuso sexual.

"Cuando esto pasó yo no estaba en mi casa", había dicho para deslindar su responsabilidad en lo sucedido y teniendo en cuenta que en ese entonces, por trabajar como transportista, solía hacer muchos viajes.

"La versión de Gómez no resulta creíble", sostuvo el Juez tras concluir que sus dichos se contraponían con los de la menor víctima y, por lo tanto, quedaban completamente desvirtuados "frente a la puntual y concreta descripción por parte de la niña, de tan corta edad, de lo que con él le había sucedido".

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