30 de mayo de 2022

POR ORDEN DE UN JUEZ DE GARANTÍAS

POR ORDEN DE UN JUEZ DE GARANTÍAS. "Desalojo compulsivo" para Griselda Altamirano y el campamento que instaló en Tribunales

Un juez ordenó hoy lunes el "desalojo compulsivo" del campamento montado desde días atrás en el verdón del Palacio de Justicia de Azul por Griselda Altamirano, la líder del movimiento "1° de Octubre" que reclama por la liberación de su hermano, detenido el mes anterior en el marco de una causa por abuso sexual donde como víctima figura una menor de edad.

De acuerdo con lo informado por voceros judiciales a EL TIEMPO, la decisión fue ordenada por Juan José Suárez, el magistrado a cargo del Juzgado de Garantías 3, luego de un pedido que presentara José Ignacio Calonje, el fiscal titular de la Unidad Funcional de Investigaciones Especiales.

Además de disponer el desalojo de Altamirano y de otras personas que la están acompañando en esta protesta, ese magistrado ordenó "el cese de actos turbatorios" promovidos por la hermana del imputado desde que lleva adelante este acampe. Una manifestación a través de la cual se han presentado inconvenientes en el acceso a los tribunales, "juntamente con el entorpecimiento e impedimento del libre ejercicio de la función judicial, en cumplimiento con el servicio público de justicia", algo a lo que el juez Suárez ligó a esa protesta que -con huelga de hambre incluida- de manera ininterrumpida Griselda Altamirano viene desarrollando desde el pasado día 9 del corriente mes, la cual implicó que durante algunos de esos días reprodujera a través de un parlante música a un elevado volumen.

En la parte resolutiva de lo dispuesto hoy lunes, el titular de Garantías 3 ordenó que sean secuestrados los elementos utilizados por la mujer para llevar adelante esta manifestación, entre los cuales citó "parlantes, micrófonos, pancartas, pasacalles, banderas, carpas" y "construcciones precarias" que habían sido instaladas en las afueras del Palacio de Justicia con sede en la Avenida Perón de esta ciudad.

Del desalojo Altamirano fue notificada durante la tarde de hoy lunes y se le dio un plazo de tres horas para "el abandono voluntario del lugar", puede leerse también en lo dispuesto.

Un posible delito de "acción pública"

Luego de una denuncia formulada desde la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal con asiento en el tercer piso del Palacio de Justicia local ante lo que podría ser un delito de "acción pública" cometido por Griselda Altamirano, le tocó al fiscal José Ignacio Calonje llevar adelante la instrucción de esta causa por medio de la cual pidió ese desalojo de la líder del movimiento "1° de Octubre" que fuera ordenado hoy por el juez de Garantías Juan José Suárez.

En esa presentación, entre otras cuestiones, el Fiscal señalaba que existían "informes extendidos desde diversas dependencias judiciales emplazadas dentro del Palacio de Justicia, quienes al respecto comunicaron -de manera concordante- la afectación al normal desempeño de su función pública que sufrieron con motivo de los actos de protesta" protagonizados por Altamirano y otras personas a las cuales ahora se ordenó desalojar.

Este lunes, el acceso principal al Palacio de Justicia había sido bloqueado en el marco de una nueva movilización llevada adelante por Altamirano en reclamo por la situación procesal de su hermano Matías Leonardo Altamirano, a quien el viernes pasado la Cámara Penal le había confirmado la denegatoria de su excarcelación extraordinaria.

Ese mismo pedido había sido rechazado días atrás en primera instancia por el Juez de Garantías que entiende en la causa penal que se lleva adelante por este caso de abuso sexual, que lo tiene privado de la libertad al hermano de Altamirano en la Unidad 2 de Sierra Chica.

Además Federico Barberena, desde el Juzgado de Garantías 2, posteriormente convirtió en prisión preventiva a la detención del encausado.


En la mañana de hoy lunes, alrededor de cien personas se hicieron presentes en tribunales convocados por la líder del movimiento "1° de Octubre", quien días atrás ya había sido intimada en dos oportunidades desde la Justicia por los alcances de esa protesta que desarrolla, a través de resoluciones donde también fue obligada a retirar imágenes de la menor presuntamente abusada por su hermano, las cuales exhibiera durante el inicio de este acampe.

"El derecho de protesta es derivado del derecho constitucionalmente consagrado de libertad de expresión", escribió el juez Suárez en lo dispuesto, indicando también que "el mismo no puede ser ejercido en forma deliberada y sin límites, tal como se ha apreciado en el caso en estudio".

"En el caso particular, tal y como se aprecia de los innumerables informes presentados por magistrados y funcionarios de diferentes organismos que ejercen su función pública dentro del Palacio de Justicia, habiendo transcurrido 21 días del inicio de los mismos, permite presumir que el derecho de expresión ejercido por la Sra. Altamirano y por quienes la acompañan se ha tornado desproporcionado respecto a los fines perseguidos. No sólo en su forma, sino también en su extensa duración en el tiempo, excediéndose a tal punto de interferir en el normal funcionamiento de la justicia y perjudicando con ello no sólo la salud y bienestar de los agentes judiciales, sino también el del público en general, a quien se le debe la propia función".


"Asimismo, si bien las protestas o movilizaciones sociales o particulares, como es en el presente caso, son manifestaciones del ejercicio de la libertad de expresión y de asociación, y del derecho de reunión, todos ellos reconocidos por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos, a los que Argentina se encuentra obligada, lo cierto es que existiendo remedios legales para revisar y cuestionar una medida judicial los denunciados han optado por reclamar a través de otra vía, haciendo uso abusivo del ejercicio de libertad de expresión interfiriendo directamente en el normal funcionamiento de la justicia y afectando derechos de terceros", concluyó el titular del Juzgado de Garantías 3 para ordenar el desalojo del acampe.

"Si bien consta que con el transcurso del tiempo los actos delictivos se habían visto de alguna forma disminuidos, lo cierto es que a la fecha los mismos han recrudecido, encontrándose nuevamente excedido el derecho de manifestación y libertad de expresión". Y agregó el magistrado Suárez en lo resuelto: "Deviene necesario el dictado de la medida para restablecer el orden público y proteger los bienes jurídicos que se encuentran en riesgo, disponiendo el inmediato desalojo y secuestro de los elementos sindicados por el Sr. Agente Fiscal".

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