4 de julio de 2022
El ilícito que les atribuyen se produjo en enero pasado en un departamento del Barrio Pedro Burgos de esta ciudad, un hecho por el que días más tarde ambos acusados resultaron detenidos. En segunda instancia, desde la Alzada departamental quedó ratificada la decisión de que vayan a juicio. Lo dispuesto fue en respuesta a una apelación que no prosperó, recurso que había sido formulado por el abogado defensor de uno de los encausados.
Desde
Firmada por Agustín Echevarría, Damián Cini y
Carlos Pagliere (h), la resolución que ratificó la realización de ese futuro
debate por parte de los jueces que integran
A través de la misma, en esta segunda
instancia fue rechazado por "improcedente" un recurso de
apelación que había sido formulado en favor de uno de los encausados. Una
presentación tendiente a que se dictara su sobreseimiento o, en subsidio, a que
se ordenara un cambio de calificación -a un delito menos gravoso- del sumario
penal que lo tiene, al igual que al otro coimputado, privado de la libertad.
Robo agravado por escalamiento es el ilícito que les continúan atribuyendo a ambos jóvenes, quienes
habían resultado detenidos días después a sucedido este episodio delictivo.
Uno de ellos identificado como Genaro
Rafael Piazza y el otro llamado Juan Bautista Narvaja Larrosa,
en abril pasado, también desde
Esas medidas de coerción, al igual que sus
detenciones y la posterior elevación a juicio de esta Investigación Penal
Preparatoria, fueron ordenadas en un principio por Federico Barberena, el
magistrado a cargo del Juzgado de Garantías 2 que intervino durante la
tramitación de este sumario penal, llevado adelante desde
El hecho por el que ahora quedó confirmado que
ambos jóvenes serán juzgados había sucedido el 23 de enero pasado.
Teniendo en cuenta lo que luego denunciara el
vecino damnificado por lo ocurrido, alrededor de la hora 6.30 de aquel día se encontraba
en el departamento del Barrio Pedro Burgos de esta ciudad donde se domicilia
cuando en el interior de ese inmueble se encontró con uno de los jóvenes
imputados, a quien después identificaría con nombre y apellido teniendo en
cuenta que -al igual que el otro acusado- reside en ese complejo habitacional
ubicado en la zona Norte de Azul.
También había referido el denunciante que vio
-ese día en que este robo se produjo- cómo uno de los encausados se daba a la
fuga de su departamento por el lavadero saltando por una ventana, lo cual
sucedió mientras el otro imputado lo aguardaba en cercanías de ese inmueble.
En un principio el damnificado lo siguió, pero no pudo alcanzarlo. Después, cuando regresó a su departamento, constató que en esa ocasión le había sido sustraída una mochila en cuyo interior poseía herramientas: una máquina para hacer agujeros y una atornilladora.
De tres a diez años de prisión
Ese delito de robo agravado por
escalamiento que les atribuyen a ambos jóvenes contempla, ante eventuales
condenas, penas de prisión que van desde los tres a los diez años.
Teniendo en cuenta diferentes testimonios
colectados durante la instrucción de esta causa había podido determinarse que
fue Narvaja Larrosa quien ingresó al departamento a cometer este robo, para lo
cual se metió por una ventana del referido inmueble, en la previa a escalar por
una pared que mide más de dos metros de alto.
El recurso que ahora fue desestimado por los
jueces de
Según el abogado afirmaba, la calificación
penal que debía otorgársele a lo sucedido era la de un "hurto".
Además, sostenía que no estaba fehacientemente demostrada la participación de
su defendido en el hecho. Y por los motivos señalados, pedía la revocación de la resolución que
en primera instancia ordenaba la elevación a juicio de este sumario penal y, en
consecuencia, el "sobreseimiento total" de su cliente. En
subsidio, que se hiciera lugar al cambio de calificación penal, solicitud que
de haber prosperado se hubiera traducido en la imputación de un delito menos
grave para el joven al que patrocina.
"Concuerdo con el Juez Garante en que, con
los elementos colectados, es posible demostrar, con el grado de probabilidad
requerido en esta etapa, el hecho objeto de imputación... y la participación
penalmente responsable de Piazza, lo que obliga el tránsito de la causa a la
etapa de juicio", escribió el camarista Agustín
Echevarría en la resolución que en esta segunda instancia se tradujo en el
rechazo de la apelación formulada por el abogado de uno de los acusados de la
comisión de este robo agravado por escalamiento.
"Por otra parte -agregó
el actual Presidente a
En aquella resolución se señalaba desde
EL DATO
En los días posteriores a sucedido este ilícito, allanamientos realizados por personal policial habían derivado en las detenciones de ambos encausados. Escenarios de aquellos procedimientos habían sido los inmuebles donde los dos residen, ubicados en el mismo barrio donde sucediera a fines de enero pasado aquel robo por el que continúan privados de la libertad y, ahora, a la espera de ser juzgados.
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