25 de abril de 2024
Una pena de veinte años de prisión le fue dictada al hombre declarado la semana pasada por un jurado "culpable" de varios hechos de abuso sexual cometidos en perjuicio de una joven que convivía con él, sucedidos cuando la víctima era menor de edad. El condenado en esta primera instancia se llama Matías Leonardo Altamirano, un trabajador de la construcción oriundo de La Plata que tiene 39 años de edad.
Por esos hechos por los cuales hoy jueves en horas del mediodía se conoció la pena que le dictó en este debate Martín Céspedes, el juez del Tribunal Oral en lo Criminal 1, el hombre continúa en la Unidad 2 de Sierra Chica.
Hermano de Griselda Altamirano, la líder del movimiento social "1° de Octubre", había sido detenido en Azul en abril de 2022 y desde ese entonces se encuentra privado de la libertad. Pero ahora, ya con un fallo de primera instancia con veredicto condenatorio para él por estos abusos.
Su abogado defensor, Mariano Pomares, había adelantado que tiene previsto recurrir lo resuelto en este juicio con jurados ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia.
En la audiencia de cesura de ese proceso, desarrollada este lunes que pasó, el Defensor Particular de Altamirano había pedido, tras el anuncio del veredicto de culpabilidad para su cliente el miércoles de la semana anterior, que le fuera impuesta una pena de ocho años de prisión como autor de los referidos abusos.
En tanto, el fiscal Adrián Peiretti -que también tuvo a su cargo la instrucción del sumario penal relacionado con este caso de abuso sexual- solicitó en la cesura del juicio que el hombre recibiera a modo de sanción diecinueve años de cárcel.
Esa pena de veinte años de prisión que a Matías Leonardo Altamirano le fue impuesta este jueves por parte del juez Martín Céspedes fue como autor de los siguientes delitos: "Abuso sexual gravemente ultrajante reiterado en concurso real con Abuso sexual con acceso carnal reiterado, ambos agravados por haber sido cometido contra una menor de dieciocho años aprovechando la situación de convivencia preexistente con la víctima", según se refiere en lo resuelto.
Para el encausado, el magistrado del TOC 1 que intervino en este juicio con jurados valoró, como circunstancias agravantes potenciadoras de la pena que le dictó, "la vulnerabilidad de la víctima por su escasa edad al inicio de los hechos -doce años-, el efecto psicológico en la misma que derivó en auto lesión y la violencia de género". Y específicamente cuando Altamirano abusó de la por entonces menor y la accedió carnalmente, se tuvo en cuenta como otra agravante "la reiteración delictiva y la prolongada duración en el tiempo de dichos actos".
A modo de atenuantes, en lo resuelto se hizo mención a que hasta el momento el encausado no registra antecedentes penales computables, teniendo en cuenta que esta condena de primera instancia aún no está firme, y el buen concepto que brindaron de él algunos de los testigos que pasaron por el juicio.
Los hechos por los que el trabajador de la construcción fue sentenciado este jueves a veinte años de prisión habían sucedido en una vivienda de la ciudad de San Bernardo y en otra de Azul donde convivía con la por entonces menor de edad y víctima de estos abusos, entre los años 2017 y 2021.
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