POR SU AVANZADA EDAD Y ENFERMEDADES QUE PADECE

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El hombre condenado en un juicio por un grave siniestro vial ahora cumple arresto domiciliario

Casación hizo lugar a un habeas corpus para que le otorgaran una morigeración de prisión. Y actualmente, Horacio Luis Castilla está privado de la libertad en su casa de Tandil. En esa ciudad serrana había sido detenido el pasado 5 de julio, mismo día en que los jueces de un tribunal azuleño lo sentenciaron a seis años de prisión por provocar cinco muertes en un choque por alcance sucedido en la Ruta 3 el 25 de agosto de 2019. El beneficio del que goza el encausado había sido denegado en dos ocasiones. En un principio, por los jueces que lo condenaron en el debate. Y después, aunque por mayoría, por los miembros de la Cámara Penal departamental.

24 de agosto de 2022

Desde hace unos días Horacio Luis Castilla, el productor ganadero que en un juicio en Azul que finalizó el mes pasado había sido condenado a seis años de prisión por un siniestro vial donde fallecieron cinco personas, cumple arresto domiciliario.

Luego de que los jueces que lo condenaron en aquel debate y posteriormente los miembros de la Cámara Penal departamental -aunque por mayoría- rechazaran sendos pedidos para que el encausado gozara de ese beneficio, un habeas corpus que su abogado defensor presentó ante Casación se tradujo en que actualmente esté cumpliendo con la medida cautelar en su casa de la vecina ciudad de Tandil.

El habeas corpus que terminó resolviéndose ahora de manera favorable para Castilla lo había presentado días atrás ante la Alzada con asiento en La Plata el abogado tandilense Jorge Dames. Y desde la Sala IV, que integran los jueces Mario Kohan y Carlos Natiello, al dar acogida favorable a dicha acción se resolvió anular el resolutorio que, en segunda instancia, había ratificado a principios de este mes desde la Cámara Penal con sede en Azul que el encausado debía seguir cumpliendo con esa condena de primera instancia a seis años de prisión -surgida de un fallo dado a conocer el 5 de julio pasado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1- en una unidad penal.

De esa manera, al anular el pronunciamiento del 5 de agosto pasado, los jueces que integran la Alzada departamental ubicada en el tercer piso de los tribunales de Azul fueron instados desde la Casación a dictar uno nuevo, en sintonía con ese habeas corpus que de manera favorable se resolviera en La Plata conforme a lo que pretendía el abogado del productor ganadero.

El miércoles de la semana anterior, desde la Cámara Penal de Azul y con las firmas de dos de sus miembros -Agustín Echevarría y Damián Cini- se dio a conocer una nueva resolución que se tradujo en el otorgamiento del beneficio para Castilla. Y ahora, de manera preventiva porque el fallo que derivara en su condena en julio pasado todavía no adquirió rango de firmeza, ese hombre está preso en su casa.

Antes no, ahora si

Cuando el 5 de agosto pasado -en respuesta a un recurso de apelación que no prosperó y también formulara el Defensor Particular del encausado- el máximo Tribunal de Alzada departamental ratificara la denegatoria para que Castilla gozara de arresto domiciliario, lo decidido había sido por mayoría.

En ese entonces, los camaristas Agustín Echevarría y Carlos Pagliere (h) se pronunciaron a favor de que el productor ganadero siguiera privado de la libertad en una cárcel, tal como para ese entonces lo estaba en la Unidad 9 de La Plata.

Exactamente un mes antes a conocida esa decisión, los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul condenaron a Castilla como el autor de estos cinco homicidios culposos que provocara el 25 de agosto de 2019 en la Ruta 3, en ocasión de que conducía una camioneta. Y aquel mismo 5 de julio, ordenaron también la inmediata detención del encausado.

La medida de coerción dispuesta por Joaquín Duba, Martín Céspedes y Luis Surget se hizo efectiva horas más tarde, cuando con su abogado defensor el encausado -a quien también los jueces del TOC 1, a modo de otra sanción junto con la pena de prisión, lo inhabilitaron para conducir vehículos automotores por diez años- se presentó en la Seccional Primera de Tandil.

En los días posteriores, teniendo en cuenta que Castilla tiene 70 años de edad y que padece diferentes enfermedades, el abogado Dames pidió que le fuera concedido el beneficio que recién ahora, habeas corpus mediante, Casación le otorgó a su cliente: el arresto domiciliario.

En un principio, a esa solicitud se opusieron los jueces del tribunal azuleño que lo juzgaron y condenaron. Y posteriormente, pero por mayoría, los miembros de la Cámara Penal departamental.

En ese segundo fallo, aunque en disidencia con sus colegas, quien aceptara que el encausado cumpliera prisión domiciliaria había sido el camarista Damián Cini.

Del mismo modo que sostuvieran después los jueces de la Casación, ese funcionario judicial azuleño entendía que estaban dadas las condiciones para que el productor ganadero gozara de dicho beneficio.

"De la decisión impugnada surge que el doctor Cini, en su voto en minoría, señaló acertadamente que si bien el hecho de haber superado el señor Castilla los 70 años de edad no implica la concesión automática del beneficio en trato, la situación del encausado reviste ciertas particularidades en base a las plurales y graves patologías que padece", señalaron los jueces de la Sala IV de la Casación al dar lugar al habeas corpus presentado en favor del encausado.

Además, desde la Alzada con sede en La Plata se hizo alusión a que "la pena en expectativa" -en este caso en particular de seis años de prisión- no era "un argumento suficiente para fundar la existencia de riesgos procesales" que le impidieran al declarado autor de estos homicidios culposos estar preso en su casa.

Al no considerar válida a esa resolución que en segunda instancia confirmara desde la Cámara Penal que Castilla debía seguir preso en una unidad penal, y valorando "la situación de salud apremiante que sufre" y que "se encuentra en el grupo etario de mayor vulnerabilidad", fue que se ordenó desde Casación que la Alzada departamental emitiera un nuevo fallo para que se le otorgara el arresto domiciliario, tal como finalmente sucedió el miércoles de la semana anterior.

"Que Castilla posee más de 70 años de edad"; que "padece diversas patologías" que "tornan inconvenientes" que esté alojado en una unidad penal; que "tiene arraigo" en Tandil, donde vive con "una familia contenedora"; y que en este caso en particular "no se advierten circunstancias objetivas que hagan presumir un riesgo de fuga o la frustración de la investigación" fueron circunstancias que -sobre la base de lo resuelto desde la Sala IV con sede en La Plata- dos de los miembros de la Cámara Penal valoraron al concluir, hace siete días, que estaban dadas las condiciones para que el encausado esté preso en su casa.

El dato

La morigeración de la prisión otorgada a Horacio Luis Castilla es "bajo la modalidad de arresto domiciliario con control por monitoreo electrónico -pulsera- y demás pautas de control que el órgano de la instancia (el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul donde había sido juzgado y condenado por ese grave siniestro vial) considere adecuadas", puede leerse en la resolución más reciente vinculada con esta causa.

Una velocidad superior a la permitida

El domingo 25 de agosto de 2019, cuando era alrededor de la hora 21, Horacio Luis Castilla -el hombre que ahora está preso en su casa- provocó el siniestro vial por el que el mes anterior, tras la realización de un juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul, fue condenado a seis años de prisión e inhabilitado por una década para conducir vehículos automotores.

En jurisdicción del Partido de Azul, ese día ya referido el productor ganadero oriundo de la Capital Federal y con actual domicilio en Tandil guiaba una camioneta Jeep "Grand Cherokee" a una velocidad mayor a la permitida -según se demostró en el debate- cuando inició una maniobra a través de la cual provocó un choque por alcance en el que, en un principio, estuvieron involucrados un camión con acoplado y el automóvil Chevrolet Corsa en el que viajaban las cinco víctimas fatales que tuvo aquel hecho, dos de las cuales eran menores de edad.

Sobre la Ruta Nacional número 3, en el tramo que une a las localidades de Pardo y Cacharí, a la altura del kilómetro 230 la camioneta y el auto, tras circular algunos metros enganchados junto con el acoplado del camión, fueron a parar a la banquina, donde ambos se prendieron fuego.

Castilla logró salir por sus propios medios de la camioneta; mientras que los cinco ocupantes del auto murieron asfixiados y calcinados, pudiendo recién la Policía identificarlos varias horas más tarde.

Todos ellos regresaban aquel día desde Tandil a Merlo, la ciudad ubicada en el conurbano bonaerense donde vivían. Eran un hombre, sus tres hijos y su sobrina; a quienes -respectivamente- después identificaron como Alejandro Daniel Torres, quien guiaba el rodado y cumplió 39 años de edad el día que murió, Alexis Demian Torres Duarte (18), Mía Torres Salle (6), Daira Micaela Torres Duarte (19) y Lara Abril Torres (14).

En el juicio donde resultó condenado el mes pasado, por lo sucedido Castilla fue declarado autor a título penal de un homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo con motor, por el exceso de velocidad de más de treinta kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho y por el número de víctimas fatales.

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