20 de noviembre de 2025

LUEGO DE FIRMAR UN JUICIO ABREVIADO

LUEGO DE FIRMAR UN JUICIO ABREVIADO. Fue condenado por violencia de género y tendrá que cumplir en prisión tres años si lo resuelto queda firme

Lo decidido surgió de un proceso tramitado ante el Juzgado Correccional 1. La pena dictada al todavía encausado es de tipo única debido a que ya registraba una sanción anterior cuya condicionalidad ahora le fue revocada.

En lo resuelto, el declarado autor de varios hechos de violencia en perjuicio de la mujer que había sido su pareja fue identificado como Plácido Oscar Ceballo, según lo informado a EL TIEMPO por voceros judiciales.

Oriundo de Tostado, una localidad situada en la provincia de Santa Fe, el condenado en este juicio abreviado tiene 46 años y figura con domicilio actual en Azul.

Esa pena única de tres años de prisión de cumplimiento efectivo que le fuera dictada por el juez Aníbal Álvarez era "comprensiva" de los hechos tratados en este proceso y de otra, a "dos años y un mes de prisión de ejecución condicional".

Aquella primera sanción le había sido impuesta a Ceballo en abril de 2021 y tres meses después quedó firme, surgida de un juicio desarrollado en el otro Juzgado Correccional que también tiene su sede en Tribunales: el número 2, que conduce el magistrado Héctor Torrens.

En consecuencia, la condicionalidad de esa condena que el hombre ya registraba ahora le fue revocada; aunque para que cumpla privado de su libertad esta nueva pena unificada lo decidido deberá adquirir rango de firmeza. Algo que hasta el momento -según voceros judiciales señalaron a EL TIEMPO- no ha ocurrido.

"En concurso real de acciones", el hombre que firmó este juicio abreviado terminó siendo declarado autor de los delitos de "amenazas", "coacción", dos hechos de "lesiones leves agravadas reiteradas" y "daño", según se señala en el fallo.

Todos esos ilícitos Ceballo los había cometido entre septiembre de 2023 y el 9 de marzo de 2025, teniendo siempre como víctima a quien había sido su pareja.

Según quedó demostrado, esa mujer sufrió reiteradas agresiones físicas y psicológicas por parte del encausado durante el lapso de tiempo mencionado, a través de diferentes situaciones que estuvieron enmarcadas en una trama de violencia de género.

Precisamente, ese referido contexto en que los hechos sucedieron terminó siendo valorado por el titular del Juzgado Correccional 1 como una circunstancia de tipo agravante de la pena que le impuso al todavía encausado.


Amenazas y golpizas

Con la denuncia formulada por la víctima y demás evidencias, tales como pruebas documentales, informes médicos y versiones de testigos, se acreditó en el proceso que Ceballo, durante el tiempo que mantuvo una relación con la damnificada, la sometió a "violencia doméstica y de género", se menciona en el fallo.

La víctima declaró que convivió con el encausado unos nueve meses, tiempo durante el cual, además de amenazarla en varias oportunidades, el hombre que firmó este juicio abreviado la golpeó.

Uno de esos hechos data del 25 de enero pasado. Y lo mismo sucedió el 9 de marzo de este año, día en que Ceballo tomó del cuello a la mujer, "golpeándola en el rostro y el resto de su cuerpo", para después "arrastrarla" hasta una habitación de la casa donde convivían.

En dicho cuarto volvió a golpearla. Y "mientras ella se encontraba en el piso" le pisó la espalda, ocasionándole así más lesiones.

La golpiza que la mujer recibió implicó que su agresor rompiera, de un puntapié, la puerta de la habitación a la que la había llevado por la fuerza.

"Si me denunciás, te voy a mandar a prender fuego la casa... Mi hermana te va a reventar a palos", se señala en el fallo que en una oportunidad le dijo Ceballo a la víctima, con una "clara intención de amedrentarla" y para impedir que ella "solicitara ayuda por la situación de violencia vivida".

Intimidaciones de esas características el encausado concretaba en perjuicio de su por entonces pareja para después también agredirla físicamente y lesionarla "en varias oportunidades", puede leerse en lo resuelto.

En representación de las partes intervinieron en este juicio abreviado el fiscal Marcelo Fernández y la defensora Oficial Adriana Hernández.

La pena única de tres años de prisión de cumplimiento efectivo que el juez Álvarez le dictó a Ceballo fue la misma que el representante de la Acusación y la Defensa Oficial de ese hombre pactaron, en la previa a que el actual titular de la Fiscalía especializada en Violencia Familiar y de Género presentara el pedido ante el Juzgado Correccional 1 para la sustanciación de este proceso.

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