1 de junio de 2022

FALLO DE UN JUICIO ORAL

FALLO DE UN JUICIO ORAL. Lo juzgaron por varios delitos, pero sólo fue condenado por intentar hurtar una bicicleta

El tapalquense declarado autor de ese ilícito fue condenado a ocho meses de prisión a cumplir. Pero una sanción anterior que registraba se tradujo en que, en el mismo debate, fuera sentenciado a una pena única, también de efectivo cumplimiento, de tres años y dos meses de prisión.

A un hombre que llegó a un juicio acusado de la comisión de varios ilícitos un juez Correccional lo terminó condenando sólo por el intento de hurto de una bicicleta y le dictó una pena de ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo.

En el mismo debate, una condena que el encausado registraba desde tiempo antes, a una pena de ejecución condicional de tres años, se tradujo en la imposición de otra de tipo única, por lo que también fue sentenciado a tres años y dos meses de prisión a cumplir en este mismo proceso.

Escenario de ese juicio oral fue el Juzgado Correccional número 1 con sede en el Palacio de Justicia de Azul, recayendo las referidas sanciones, y también las absoluciones por los demás hechos a los que fuera sometido a este proceso, en un hombre de 30 años oriundo de Tapalqué y llamado Claudio Gastón Rosales.

Voceros judiciales señalaron ayer a EL TIEMPO que actualmente Rosales se encuentra en libertad; aunque de quedar firme en todos sus términos esta resolución el hombre deberá ir a la cárcel para cumplir con esa pena única -superior a los tres años de prisión- que le fuera dictada en ese debate.

En el mismo proceso, por uno de los hechos por los que fuera juzgado el tapalquense también figuró coimputado un joven que tiene 21 años, es oriundo de la Capital Federal y se llama Kevin Oscar Ardiles.

Junto con Rosales, ambos terminaron siendo absueltos, después de que eran señalados como los probables autores de un robo que se produjo en Tapalqué el 8 de diciembre de 2019, cuando -según lo señalado en el fallo- en "el sector del quincho" del Balneario de esa vecina ciudad un joven había sido agredido mediante golpes de puño y patadas y durante lo que fuera aquel hecho que sufrió había extraviado un par de ojotas y un llavero.

El juez Correccional Aníbal Álvarez señaló en el fallo que con las pruebas acercadas al debate no podía dar por acreditado -tal lo que se sostenía desde la Acusación- que la agresión que la víctima sufrió tuvo como objetivo desapoderarla de los referidos elementos, "pues no existe prueba alguna de dicha circunstancia, como así tampoco de que los autores de la golpiza entraran en posesión de los mismos".

Si bien después la víctima le refirió a otra persona que habían sido Claudio Rosales y Kevin Ardiles quienes la atacaron, "la prueba antes reseñada sólo permite acreditar la existencia de una agresión mediante golpes de los imputados"; aunque "no hay elemento alguno que permita asegurar que fueron éstos quienes, en dicha circunstancia, lo desapoderaron de los bienes antes mencionados" al joven atacado, "ya que ninguno de los testigos lo vio ni escuchó que así lo señalara el agredido. Y la importante cantidad de gente que había en el lugar ese día no permite descartar que alguna otra persona -distinta a los imputados- se hubiera apropiado de los mismos", señaló en lo resuelto el titular del Juzgado Correccional 1.

Teniendo en cuenta que a Rosales y Ardiles no se los acusó por este hecho en particular del delito de "lesiones", ya que se los señalaba como coautores de un robo que no quedó probado, ambos terminaron siendo absueltos.

Una bicicleta

Como hurto agravado de vehículo dejado en la vía pública, en grado de tentativa, quedó definido el único hecho por el que Claudio Gastón Rosales terminó siendo condenado en este juicio oral cuyo veredicto se anunció el pasado viernes.

Aquel episodio delictivo había sucedido poco antes de la hora dos del 17 de febrero de 2018 en Tapalqué, en ocasión de que el encausado -según lo que quedara probado en el juicio- se apoderó de la bicicleta en cuestión, rodado 26 y del tipo "mountain bike", cuando había sido dejado apoyada sobre una planta, en las afueras de un local comercial ubicado en Avenida 9 de Julio e Yrigoyen.

El rápido accionar de la Policía permitió instantes después, al tomar conocimiento de lo sucedido con esa bicicleta propiedad de una mujer, recuperar el rodado cuando Rosales se lo había llevado a su casa.

Ese accionar delictivo pudo ser observado por medio de cámaras de seguridad pertenecientes al Centro de Monitoreo de la comuna de Tapalqué, registros que sirvieron como elementos de prueba para dar por probada la autoría del encausado en aquel hecho.

"Si bien el lapso en que el imputado tuvo el rodado en su poder podría hacer presumir que tuvo la disponibilidad del mismo, lo cierto es que las circunstancias de que desde que se apoderara del bien y hasta que llegara a su domicilio fue observado por distintas cámaras de seguridad, y de que arribara a su morada conjuntamente con el personal policial, determinan que -como solicitara la Fiscalía- corresponda tener al suceso en grado de conato", escribió el juez Álvarez en el fallo.

El abogado Pedro De Luca se desempeñó como defensor de Claudio Rosales y Kevin Ardiles durante lo que fue este debate, donde en representación del Ministerio Público Fiscal participó David Carballo.

EL DATO

La pena única de tres años y dos meses de prisión a cumplir impuesta en este juicio a Claudio Gastón Rosales fue compresiva de la que recibió por el intento de hurto de la bicicleta y de esa otra que ya registraba desde tiempo antes. Consistente en tres años de prisión en suspenso, condicionalidad que ahora le fue revocada, le había sido dictada el 13 de marzo de 2015 en el Juzgado Correccional 2, al ser declarado autor del delito de "abigeato". Esa pena era también comprensiva de una dictada al tapalquense el 23 de junio de 2014. En aquel entonces, por otro hecho de "abigeato" y un "robo".

Absuelto en dos causas más

Las demás causas penales por las que Claudio Gastón Rosales también fue sometido a este juicio oral finalizaron con un veredicto absolutorio para ese hombre.

Uno de los hechos que se le imputó había ocurrido el 26 de enero de 2019, cuando en horas de la madrugada de aquel día fueron robados de la sede del Club Atlético Tapalqué -situada en Avenida 9 de Julio y la calle José Petruzzi- diez envases de cerveza, un pack con varias latas de ese mismo tipo de bebida alcohólica y una caja que contenía unas 70 hamburguesas, mercadería que luego pudo ser recuperada.

Filmaciones de cámaras de seguridad lo mostraban a Rosales y a dos varones más -uno de los cuales después también pudo ser identificado- llevando lo robado en el club.

"Estimo que la referida prueba no resulta inequívoca para sostener que lo que llevaba Rosales en su mochila y alcanzara a Coz -tal el apellido de uno de los también involucrados en lo sucedido- fuera uno de los bienes sustraídos en el club Atlético Tapalque".

"Máxime -agregó el juez Correccional Álvarez en lo resuelto- cuando posteriormente se ve sólo al fallecido Coz con otros elementos que también podrían ser los sustraídos en la oportunidad".

Pero "la ausencia de otra prueba que permita vincular al causante con el apoderamiento de los bienes de la citada entidad deportiva hace que no pueda tenerse a Claudio Gastón Rosales como autor del referido suceso", lo que se tradujo en que por ese hecho fuera absuelto.

Lo mismo sucedió con el encausado con relación a una serie de incidentes que se produjo el 22 de agosto del año pasado, después de que jugaron un partido de fútbol los equipos de Atlético Tapalqué y Sarmiento.

Tras la finalización de aquel encuentro, mientras la gente se retiraba de la cancha le fueron arrojadas "piedras y una botella de vidrio" a un policía de civil que había asistido al cotejo, quien resultó lesionado y tuvo que ser hospitalizado.

Instantes después, ante la presencia de efectivos policiales que intentaban disuadir a los autores de aquellos incidentes, varios de ellos arrojaron piedras contra un móvil, provocando que esos proyectiles abollaran el capot del rodado y la rotura de una de sus ópticas.

Rosales también había sido señalado como partícipe de aquellos hechos y de más episodios similares sucedidos posteriormente, cuando el policía de civil fue trasladado al hospital para ser asistido.

Ese día, junto a otro sujeto más, el hombre absuelto ahora resultó aprehendido por lo que fueron estos incidentes.

"Resistencia a la autoridad, amenazas y daño" habían sido los delitos que le imputaron al tapalquense; aunque los testimonios escuchados en el juicio no sirvieron para determinar con certeza que había sido el autor de los referidos ilícitos, por lo que también terminó siendo absuelto.

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