6 de noviembre de 2022
En mayo pasado, el hecho se había iniciado en el interior de una heladería donde trabaja la mujer que fuera imputada, junto con su novio, por esta agresión. En su última resolución como jueza de Garantías, Magdalena Forbes rechazó la elevación a juicio de esta causa penal. Según concluyó, lo ocurrido fue el corolario de diversas situaciones de violencia de género que venía sufriendo desde tiempo antes por parte del agredido la joven que, al igual que su pareja, había sido acusada del delito de "lesiones graves" en el marco de aquel incidente.
Por haber existido "una causal de justificación", una pareja que agredió a golpes a un joven, quien durante ese hecho había sufrido lesiones en su rostro consideradas de gravedad, fue sobreseída.
El "sobreseimiento total" para el varón y la mujer que figuraron imputados en esta investigación penal fue dispuesto por Magdalena Forbes, la ahora ex magistrada y quien hasta este lunes que pasó -en la previa a acogerse a la jubilación y retirarse de la función pública- estaba a cargo del Juzgado de Garantías 1 con sede en los tribunales de Azul.
Romina Valeria Puerta, una empleada de comercio de 28 años de edad nacida en Quilmes y que está radicada en esta ciudad, y su pareja Alejandro Martín Villarreal -un carpintero azuleño de 35 años- se llaman quienes resultaron sobreseídos, después de que por ese hecho que ambos protagonizaran en perjuicio de un varón identificado como Cristian Agustín Salinas habían sido denunciados y acusados del delito de "lesiones graves".
A través de la instrucción de una causa que llevara adelante Adrián Peiretti -el fiscal a cargo de la UFI 13 con sede en el Palacio de Justicia local- en esas actuaciones se señalaba que los ahora sobreseídos, el 15 de mayo pasado, habían protagonizado esta agresión contra Salinas, quien figura con domicilio en una localidad del conurbano bonaerense y tiene 24 años de edad. Un hecho que, se mencionaba también en ese expediente judicial, aquel día se inició en el interior de una de las sucursales de una heladería ubicada en Avenida Mitre y Arenales, el comercio donde trabaja Romina Valeria Puerta.
El sobreseimiento para Puerta y Villarreal fue en respuesta a un pedido de elevación a juicio del sumario penal que los involucraba. Una solicitud que no prosperó y había sido formulada desde la Acusación ante la otrora titular del Juzgado de Garantías 1.
Forbes, analizando las especiales características que tuvo el ilícito investigado y circunstancias anteriores relacionadas con la ocurrencia del mismo -las cuales daban cuenta de que Puerta venía siendo hostigada desde tiempo atrás por Salinas a través de diferentes hechos sucedidos en un contexto de violencia de género- se pronunció a favor de eximir de reproche penal a la pareja que fuera acusada.
A la elevación a juicio de esta causa penal se había opuesto el abogado que como defensor Particular patrocinó a ambos ahora ex encausados.
Llamado Eduardo Javier Arrubia, en un escrito que presentara ante Garantías 1 daba cuenta también de esa situación de violencia de género que desde tiempo atrás venía sufriendo Romina Puerta por parte de Cristian Salinas, a través de lo que -según definiera- fueron "varios hechos de acoso y hostigamiento".
En ese contexto, el abogado afirmaba que tanto la joven como su novio habían actuado de una manera "justificada" cuando golpearon a Salinas. Un incidente que se iniciara por lo que fuera una "agresión ilegítima" de quien después terminaría lesionado.
Ese 15 de mayo pasado en que el hecho sucedió, Puerta estaba trabajando en la heladería y se encontraba presente en el local su pareja cuando, alrededor de la hora 21, al comercio también llegó Salinas, todo lo cual quedó registrado a través de cámaras de seguridad instaladas en ese negocio ubicado en una de las esquinas de Mitre y Arenales.
Instantes después, ante lo que en un principio fue una provocación de quien terminaría resultando lesionado, ese joven de apellido Salinas comenzó a ser agredido en el interior del local por los ahora sobreseídos.
Mediante golpes de puño y patadas, la golpiza que le fuera propinada derivó en que resultara con lesiones de gravedad en su rostro, según había podido determinarse una vez que aquel día -intervención policial mediante- tuvo que ser convocada una ambulancia del SAME con personal médico para su posterior traslado, en estado inconsciente, al Hospital Pintos.
Cristian Agustín Salinas resultó con la fractura de varios de los huesos de su nariz y algunos más del rostro, lesiones que le produjeron una deformación del mismo, según se mencionaba en esta causa.
La joven era víctima de violencia de género
Remontándose a un "contexto histórico" surgido del conocimiento que Salinas y Puerta tenían desde tiempo antes a sucedido este hecho, Forbes señaló en lo resuelto que aquello se convertía en un elemento que justificaba su decisión de sobreseer en esta causa a esa joven y a Villarreal, su novio.
Al respecto, citó que la empleada de la heladería venía denunciando desde marzo pasado "eventos de violencia" que sufría por parte de quien el 15 de mayo resultó agredido. Situaciones todas que, para ese entonces, databan de aproximadamente un año.
La declaración testimonial que la mujer brindara al respecto, en ocasión de ser atendida en el Centro de Asistencia a la Víctima que depende de la Fiscalía General departamental, era "muy reveladora" -sostuvo la ex titular de Garantías 1- de lo que venía pasando entre ella y Salinas.
"Él está obsesionado en destruirme porque nunca aceptó que le dijera que no... Actualmente tengo miedo y me quiero morir, porque no aguanto esta vida, que me manipulen, sintiéndome perseguida, con miedo a ser atacada. También, yo creo que me va a terminar matando", había referido Puerta sobre Salinas, a quien conoció tiempo antes por redes sociales para comenzar lo que sólo era una relación de amistad.
Posteriormente a que aquello sucediera en enero de 2020, la joven afirmó que Salinas llegó incluso a divulgar imágenes de ella entre sus amigos y compañeros de trabajo, violando así su privacidad y sumergiéndola desde ese entonces en el contexto de hostigamiento mencionado. Algo que para ella era "humillante", según declarara también ante el CAV.
"El hostigamiento, la coerción, la coacción para someterla a sus constantes necesidades, para que la aquí imputada se avenga a cumplir con las necesidades del varón, claramente dan cuenta de una situación de violencia de género en que Salinas ha dejado de verla como un sujeto de derecho" y la ve "como un mero objeto de placer para la satisfacción de sus propias pulsiones", afirmó la ex magistrada Forbes en lo resuelto teniendo en cuenta las referidas circunstancias.
Aquello incluía también que el agredido ese 15 de mayo que pasó se comunicara telefónicamente con Villarreal -el novio de la joven- para insultarlo y amenazarlo, del mismo modo que lo hacía con Puerta. Y la situación de acoso y hostigamiento que la ahora ex imputada venía padeciendo implicaba que en algunas ocasiones Salinas se hiciera presente en su casa o en la de la pareja de ella.
Una agresión "justificada"
Forbes concluyó que ese día en que este incidente se produjo quien primero inició la situación, a través de una "agresión ilegítima", fue Salinas; al hacerse presente en el lugar de trabajo de esa joven a la que venía hostigando desde hacía tiempo.
"Quiero que quede muy claro que no promuevo ni aplaudo la violencia con la que fue agredido Salinas. Pero la entiendo y se encuentra justificada en ese contexto: tanto Puerta como Villarreal no vieron otra forma de afrontar esta constante agresión ilegítima por parte de Salinas. No era una agresión física -aunque luego Salinas agrediera físicamente a Puerta -, pero sin dudas es una agresión que atenta contra la tranquilidad del espíritu, contra la posibilidad de llevar adelante una vida libre de presiones externas ilícitas, contra el desarrollo de un proyecto de vida sin irrupciones constantes que no tiene obligación legal de tolerar. Y encontraron razonable usar sus puños, sus manos, sus piernas y sus pies para resistir esa agresión. Pero también pidieron auxilio a la fuerza de seguridad: llamaron al 911", puede leerse en un párrafo de lo resuelto con relación a este caso de violencia de género donde el varón que acosaba a la joven terminó resultando herido de gravedad por la golpiza que le propinaron.
"Entiendo que se ha justificado la conducta de Puerta y de Villarreal", concluyó Forbes en la previa a pronunciarse a favor de sobreseer a ambos.
"Entiéndase bien: la violencia de género no es una causa justificante de las lesiones que se le infringieron a Salinas. La violencia de género es el contexto que nos ubica en una situación muy diferente al recorte fáctico efectuado por el Ministerio Público Fiscal y que es de ineludible ponderación", explicó también la ex magistrada en lo resuelto.
Con relación a las características que tenía la imputación, la otrora funcionaria judicial concluyó que "no se ha tenido en cuenta la agresión ilegítima inicial de Salinas: la de acudir al local en donde trabaja Puerta"; donde "advirtiendo su presencia en el exterior junto a su novio, pasó por delante de ellos e intenta ingresar al mismo".
"Esta secuencia aislada puede vivenciarse como neutra en el ascético marco que pretende el Ministerio Público Fiscal; pero en el contexto de violencia en la que se inserta es una agresión claramente ilegítima -la última de tantas otras- que inicia, a su vez, una serie de conductas defensivas que se adecuan sin hesitación en el tipo justificante de la legítima defensa (y la de terceros, en el caso de Villarreal)", afirmó Forbes.
"La conducta desafiante de Salinas -escribió también al aludir a esa noche que el joven acudió a la heladería- se interpreta ineludiblemente como una agresión ilegítima en el marco del proceso de violencia de género que transitaban".
"Pero además, Romina nos ha dado otra explicación. Ha sostenido que ya Salinas le había anunciado que le iba a hacer perder su trabajo, comunicándole a sus empleadores el tipo de persona que ella era. El hecho de que Salinas fuera a esa puntual heladería en el momento en que lo hizo, estando Puerta y Villareal en la vereda, no tiene otra explicación más que la de una nueva agresión por parte de Salinas. Esa es la agresión -considerada en el Código Penal como ilegítima- de la que se defendían Puerta y Villarreal", concluyó para sobreseer a ambos.
EL DATO
De acuerdo con lo referido por voceros judiciales a EL TIEMPO, lo resuelto este lunes que pasó y que se tradujo en el sobreseimiento para la pareja que fuera acusada de esta agresión no iba a ser apelado por el Fiscal que instruyó la causa. Eso significa que lo dispuesto en esa primera instancia quedará firme.
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