18 de julio de 2022

POR EL "PELIGRO PROCESAL DE FUGA"

POR EL "PELIGRO PROCESAL DE FUGA". Pedido de prisión domiciliaria rechazado para el condenado por un grave siniestro de tránsito

Horacio Luis Castilla, el declarado autor de este hecho sucedido el 25 de agosto de 2019 en la Ruta 3, está preso en la Unidad 9 de La Plata. Luego de un juicio en el Tribunal 1 de Azul, días atrás fue sentenciado a seis años de prisión por provocar los decesos de cinco personas, quienes viajaban en un auto al que había impactado con la camioneta que conducía. Las víctimas -un hombre, sus tres hijos y su sobrina- murieron al incendiarse ese rodado en el que se trasladaban. Al encausado lo detuvieron el pasado 5 de julio, no bien resultara condenado en esta primera instancia. La medida cautelar la ordenaron los mismos jueces que ahora rechazaron una solicitud para que gozara de prisión domiciliaria.

Nueve días después a que un productor ganadero fuera condenado a seis años de prisión como el autor de cinco homicidios culposos en un siniestro vial que en agosto de 2019 se produjo sobre la Ruta 3 y a que se ordenara su inmediata detención, los jueces del tribunal que intervinieron en aquel debate rechazaron un pedido para que pudiera gozar de arresto domiciliario.

Tras una audiencia realizada este miércoles que pasó, voceros judiciales refirieron a EL TIEMPO que al día siguiente se conoció la decisión que hace que actualmente el imputado, luego de que en un principio estuvo alojado en la Seccional Primera de Tandil, permanezca en una cárcel con asiento en La Plata.

En esa vecina ciudad serrana el pasado 5 de julio, horas después a anunciado el veredicto en Azul que se tradujo en el dictado de la medida de coerción, Horacio Luis Castilla -tal la identidad del hombre que fuera condenado aquel día- se había presentado en sede policial y quedó detenido.

Lo sostenido por las partes

Jorge Dames, el abogado que lo patrocinara en el juicio, fue quien posteriormente había formulado el pedido que hace tres días terminó siendo rechazado por Joaquín Duba, Martín Céspedes y Luis Surget.

Esos jueces integraron el Tribunal Oral en lo Criminal 1 para que lo fuera este debate donde Castilla -que tiene 70 años de edad y es oriundo de la Capital Federal- resultó condenado y, dada la magnitud de la pena impuesta, se decidió también que fuera detenido.

El pedido para que se le concediera a su defendido una morigeración de su actual prisión preventiva -en este caso en particular, bajo la modalidad del arresto domiciliario con control de monitoreo electrónico- el abogado Dames lo fundamentaba en la edad que tiene su cliente y en que presenta "múltiples enfermedades graves", según sostenía.

En su exposición durante la audiencia realizada en la previa a que se resolviera denegarle el beneficio pretendido, el penalista refirió también que el sistema carcelario no ofrece actualmente condiciones para atender a pacientes como Castilla, motivo por el cual solicitaba que permaneciera privado de la libertad en la casa de Tandil donde actualmente se domicilia con su esposa, quien había sido ofrecida como garante para el cumplimiento de la morigeración de prisión de su marido.

A esos argumentos, se habían opuesto Karina Gennuso y Marcelo Chumbita. Respectivamente, la Fiscal y uno de los abogados que -como Particular Damnificado en nombre de los familiares de las víctimas de lo que fuera el siniestro vial- intervinieron en el juicio desarrollado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 con asiento en el primer piso del Palacio de Justicia de Azul.

Sobre la base del resultado de una pericia, ambas partes sostenían que el encausado debía continuar privado de libertad en las condiciones en las que hasta el momento se encuentra.

Además, señalaron que la Unidad 9 del SPB ubicada en La Plata -donde ahora el condenado en primera instancia está preso- es una cárcel en la que las afecciones que Castilla padece podían ser tratadas, teniendo en cuenta la existencia en esa ciudad de "centros médicos de complejidad" ubicados en cercanías al referido penal.

También, al oponerse en la audiencia al otorgamiento del beneficio para el imputado, la Fiscal y el Particular Damnificado afirmaron que "la edad es sólo un dato que faculta a los jueces y no los obliga a otorgar la prisión domiciliaria, necesitando de otras circunstancias excepcionales para dicha concesión".

"Nada cambió desde el momento de la detención al día de la fecha" se menciona en lo resuelto que el abogado Chumbita sostuvo, teniendo en cuenta que el encausado "ya tenía 70 años" cuando fuera detenido el pasado 5 de julio, mismo día en que resultara condenado en este juicio.

Por tal motivo, ese abogado solicitaba a los jueces que el productor ganadero continuara "con la modalidad de detención carcelaria".

Hernán Bolinaga, el otro letrado que intervino como Particular Damnificado en este proceso, acompañó lo sostenido por la titular de la UFI 6. E hizo mención a que Castilla podría haber sido derivado también a la Unidad 22, situada en la localidad platense de Olmos, por los motivos relacionados con su actual estado de salud.

Lo que resolvieron los jueces del TOC 1

"La gravedad de los hechos y el estado procesal de la causa" fueron circunstancias valoradas por los jueces del TOC 1 en la resolución que el pasado jueves implicó el rechazo del beneficio que se pretendía para el encausado.

"La magnitud de la alta pena impuesta no firme hace presumir objetivamente" -se hizo mención en lo resuelto citando un fallo de la Cámara Penal departamental- que en el caso de Castilla, que este martes próximo cumplirá dos semanas desde que resultara detenido, "se encuentra vigente el peligro procesal de fuga".

"Ni el arraigo ni la pertenencia a una familia que se encuentra dispuesta a realizar los controles pertinentes pueden, por sí ni en su valoración conjunta, aventar el riesgo de fuga surgido de la pena que le resta cumplir", concluyeron los jueces del TOC 1 para denegar el otorgamiento de la prisión domiciliaria al conductor que causara el siniestro vial, ocurrido en jurisdicción del Partido de Azul tres años atrás.

Horacio Luis Castilla fue condenado a esa ya referida pena de seis años de prisión, la sanción que hace doce días se tradujo en su inmediata detención, por el delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo con motor, por el exceso de velocidad de más de treinta kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho y por el número de víctimas fatales (cinco).

Además, fue inhabilitado para conducir vehículos automotores por el plazo de diez años tras haber protagonizado este siniestro vial, que tuvo como escenario -en el tramo que une a las localidades de Cacharí y Pardo- el kilómetro 230 de la Ruta 3.

Poco antes de la hora 21 del domingo 25 de agosto de 2019, a una velocidad mayor a la permitida conducía una Jeep Grand Cherokee que por alcance impactó al Chevrolet Corsa en el que viajaban las cinco víctimas fatales.

Luego de que en ese hecho estuviera involucrado también un camión con acoplado, cuando el Corsa y la camioneta fueron a parar a la banquina ambos rodados se prendieron fuego. Y mientras Castilla pudo salir de su vehículo, no sucedió lo mismo con los ocupantes del auto, quienes murieron asfixiados y calcinados.

Desde Tandil, todos ellos regresaban aquel día a Merlo, la ciudad donde vivían.

Al Corsa lo guiaba Alejandro Daniel Torres, que ese domingo había cumplido 39 años de edad.

Junto con él murieron sus hijos -llamados Alexis Demian Torres Duarte (18), Mía Torres Salle (6) y Daira Micaela Torres Duarte (19)- y su sobrina, de 14 años e identificada como Lara Abril Torres.

EL DATO

En lo resuelto este jueves que pasó se hizo alusión también a las patologías que Castilla padece, las cuales "se encuentran en periodo de estabilidad". Según se mencionó al respecto, "se trata de una persona compensada a quien se le suministra medicación y tratamiento adecuados, los que pueden ser suministrados dentro de una Unidad Penitenciaria. En particular, la Unidad 9 de La Plata -en la que desde anteayer se encuentra alojado-, dependencia que tiene de manera cercana centros hospitalarios de alta complejidad que pueden llevar adelante los controles preventivos y/o paliativos del causante".

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