12 de diciembre de 2023

FALLO DE UN JUICIO ORAL

FALLO DE UN JUICIO ORAL . Por abusar de su sobrina discapacitada fue condenado a catorce años de prisión

La sentencia para el encausado se anunció ayer en el Tribunal Oral en lo Criminal 2 de Azul, escenario desde días atrás de un debate por este caso. El imputado, un tapalquense de 64 años de edad, había sido detenido en agosto de 2020 y actualmente está preso en la Unidad 7.

Una condena a catorce años de prisión le fue dictada a un hombre oriundo de Tapalqué que en un juicio fue declarado autor de varios episodios de abuso sexual que tuvieron como víctima a su sobrina: una mujer que padece un retraso mental de tipo "moderado", según se señala en lo resuelto.

La sanción para el encausado, que está preso en la Unidad 7 de Azul, fue dada a conocer ayer en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 con asiento en el Palacio de Justicia local, que desde días atrás se había convertido en escenario de un debate por el caso.

De manera unipersonal, la jueza Alejandra Raverta intervino en ese proceso donde las partes estuvieron representadas por la fiscal Karina Gennuso -quien desde la UFI 6 a su cargo también llevara adelante la investigación penal relacionada con estos hechos- y el abogado Pedro De Luca, defensor Particular del condenado en esta primera instancia por el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado, en concurso real.

Para proteger por cuestiones legales la identidad de la víctima de estos hechos de abuso sexual no fue revelado el nombre del encausado, de quien se informó que actualmente tiene 64 años de edad y que se desempeñaba como chofer de camiones hasta que, en el marco de la instrucción del sumario por el que resultó condenado en el juicio, había sido detenido en Tapalqué el 18 de agosto de 2020.

Lo que quedó demostrado

Según se refiere en el fallo, los abusos que el encausado cometió en perjuicio de su sobrina datan del lapso comprendido "entre los meses de agosto de 2019 y julio de 2020".

En Tapalqué, "en diversos momentos del día", el hombre sometido a este debate "abusó sexualmente de su sobrina accediéndola carnalmente por vía vaginal en reiteradas ocasiones".

Que la víctima de estos hechos no pudiera "consentir libremente tales actos en virtud del retraso mental de tipo moderado" que padece -se mencionó también en lo resuelto ayer- se convirtió en una "circunstancia que le generaba con (su tío) un vínculo de dependencia del que éste se valía para perpetrar los abusos".

Una casa donde el condenado en esta instancia residía en Tapalqué fue el lugar donde sometió sexualmente varias veces a su sobrina, según quedó probado.

"Asimismo, en otro momento, pero dentro del marco temporal antes referido, en cercanías del arroyo de Tapalqué, precisamente en el asiento trasero de su automóvil", el transportista también abusó de su sobrina, que actualmente tiene más de treinta años de edad y a causa de esa patología que padece presenta una discapacidad intelectual y física.

El caso

Un hermano de la víctima de estos hechos se había convertido en el denunciante de tales situaciones, ordenándose el ya referido 18 de agosto de 2020 la detención del hombre que ayer fue sentenciado a esos catorce años de prisión como el autor de reiterados abusos de tipo sexual en perjuicio de su sobrina.

Desde ese entonces el chofer de camiones permanece privado de la libertad, luego de que en el marco de la tramitación de esta causa había declarado en una audiencia desarrollada a tenor de lo que establece el artículo 308 del CPP.

En aquella indagatoria reconoció haber mantenido relaciones sexuales con su sobrina discapacitada.

"Ella siempre decía que quería estar conmigo. Yo le decía soy tu tío, no puedo estar con vos y ella se terminaba enojando, se tiraba encima mío y no pasaba nada. Me duele que ella mienta mucho en la declaración", había afirmado.

Al aludir en el fallo a lo que dijera el encausado durante la instrucción de este sumario penal, la Jueza del TOC 2 sostuvo que "reconoce que mantuvo relaciones sexuales con su sobrina; aunque aduce que fue debido al acoso permanente al que era sometido por parte de ella, quien le enviaba videos y fotos y tenía acceso a su vivienda. Sin embargo, por ser familiar directo de la víctima conocía el retraso mental que padecía y la gravedad del mismo... y a pesar de ello se valió de dicha situación para manipularla y cometer los actos abusivos". Además, especificó en lo resuelto que era el condenado "quien proponía los encuentros" con la mujer a través de los cuales después la sometía sexualmente.

En contraposición, lo referido por la víctima -cuando le fuera tomada una declaración por medio de la Cámara Gesell- se convirtió en uno de los elementos valorados por la Jueza que intervino en este proceso para condenar al chofer de camiones. Y Raverta también tuvo en cuenta lo que durante el transcurso del juicio oral dijeron varios familiares y allegados de la mujer para dar por demostradas la existencia de estos hechos y la autoría en los abusos del hombre que sigue preso.

"La declaración de la víctima me impresiona como natural, no inducida, con detalles contextuales, ya que con sus limitaciones igual pudo describir los actos abusivos y determinar la identidad del autor de los mismos", concluyó la magistrada.

En la audiencia previa a que ayer se conociera el fallo para el tapalquense, durante los alegatos de las partes la fiscal Gennuso había solicitado, tal como finalmente sucedió en esta primera instancia, que fuera sentenciado a catorce años de prisión.

En tanto, pero sin que prosperara, el abogado De Luca pidió que a su cliente lo declararan autor de un delito menos grave: "abuso sexual simple".

El dato

"La ausencia de antecedentes penales" hasta el momento del hombre condenado ayer fue valorado por la Jueza que intervino en este debate como una circunstancia atenuante a la pena que le dictó. Y como agravantes potenciadoras de esos catorce años de prisión que le impuso, la magistrada tuvo en cuenta para el tapalquense encausado "la reiteración de los hechos en un extenso periodo de tiempo (de agosto de 2019 a julio de 2020), la extrema vulnerabilidad de la víctima tanto física como intelectual" y "el vínculo" de parentesco que existe entre ambos.

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