21 de abril de 2024

EN EL SENADO BONAERENSE

EN EL SENADO BONAERENSE . Proyecto para restringir en la Provincia el acceso de menores de edad a los juegos de azar online

Lo presentaron los senadores Lorena Mandagarán y Agustín Maspoli. La iniciativa se centra en el incremento exponencial de la problemática de los juegos de azar online y las apuestas por parte de niñas, niños y adolescentes. Por esto, proponen un mecanismo de comprobación de identidad biométrico para evitar perfiles falsos y falsificación de datos. Asimismo, los legisladores plantean la necesidad de implementar programas de prevención de la ludopatía.

Los senadores Lorena Mandagarán y Agustín Maspoli presentaron un proyecto de Ley en la Legislatura bonaerense para restringir el acceso a juegos de azar online a niños, niñas y adolescentes. Lo que se busca es prevenir y concientizar sobre la ludopatía en las infancias y adolescencias.

En los fundamentos de la iniciativa, los legisladores subrayaron que en los últimos años la industria del juego online se incrementó exponencialmente generando una de las mayores problemáticas: las apuestas online.

En ese sentido, advirtieron que éstas son cada vez más frecuentes en las infancias y adolescencias, con el impacto y los riesgos que ello genera.

Es por eso que presentaron un proyecto de Ley basado en dos ejes. El primero está centrado en restringir el acceso de niños, niñas y adolescentes a las páginas de juegos online mediante una serie de modificaciones a artículos de la Ley 15.079 que reglamenta el juego online en la Provincia de Buenos Aires, y regular la publicidad, patrocinio y promoción de esas páginas.

El segundo eje está orientado a desarrollar campañas de concientización y prevención a través de la Autoridad de Aplicación, responsable de diseñar y distribuir folletería y/o cartelería sobre la ludopatía en niños, niñas y adolescentes garantizando su alcance en los diferentes ámbitos en los que participan las y los jóvenes.

Manipulación de datos y billeteras virtuales

En la Provincia de Buenos Aires, la Ley vigente establece la prohibición de la práctica de juegos de azar online a personas menores de 18 años de edad y, además, es obligatorio determinar los datos personales de quienes ingresan en las plataformas digitales o páginas web para iniciar la actividad del juego.

Sin embargo, los legisladores advirtieron en el proyecto que en la práctica los jóvenes acceden a los juegos en línea "por medio de una manipulación de datos de personas adultas e incluso utilizando tarjetas de débito o crédito de familiares para apostar dinero".

Asimismo, se debe considerar que las billeteras virtuales pueden ser utilizadas por niños, niñas y adolescentes. "Esta forma de manejar dinero se convirtió en una fuente de provisión de moneda para las apuestas online, ya que una herramienta digital que tiene por fin resguardar el dinero provisto por familiares para uso cotidiano o gastos diarios termina siendo apostado en juegos online con el fin de obtener ganancias y premios o recuperar lo perdido", señalaron en el proyecto.

De acuerdo a lo que surge de la iniciativa presentada, esa conducta de juego deriva en ludopatía -adicción al juego-, "ya que la necesidad de apostar para alcanzar montos mayores de dinero por medio del azar y de forma fácil se convierte en una rueda constante cuando ganar motiva a ganar más dinero, y perder motiva a continuar apostando para recuperar lo perdido provocando grandes deudas. Se trata, en definitiva, de una conducta compulsiva, problemática y patológica".

En ese contexto, marcaron la preocupación expresada por cuerpos docentes y autoridades de instituciones educativas de nivel primario y secundario que evidencian el incremento de las apuestas en línea realizada por niños, niñas y adolescentes, sobre todo de eventos deportivos y casinos online.

Los alcances del proyecto

El principal objetivo de la iniciativa se centra en determinar el mecanismo de comprobación de identidad de jugadores/as al momento de registrarse como clientes/as. "Es por esto que se expone como método la solicitud de datos biométricos de cada persona jugadora, a fin de evitar los perfiles falsos y la falsificación de datos", señalaron los senadores autores del proyecto.

Esos datos, deben ser requeridos por las páginas de juego online cada vez que quienes juegan ingresen, con el objetivo de otorgar permiso para acceder a la actividad del juego garantizando la verdadera identidad de quien juega y estableciendo las restricciones en caso de tratarse de personas menores a 18 años de edad.

En el articulado del proyecto también se establece la necesidad de prohibir la publicidad, patrocinio y promoción de las páginas de juego online en aquellos ámbitos en los que niños, niñas y adolescentes participan o tienen acceso, como medios de comunicación audiovisuales, páginas web, aplicaciones y contenidos digitales dirigidos a las infancias y adolescencias; la vía pública, espacios públicos y espacios de acceso público; eventos masivos deportivos, musicales, artísticos, culturales, y equipos deportivos, jugadores individuales y clubes sociales.

"Estas medidas deben estar acompañadas por distintas políticas públicas destinadas a los principales espacios en los que se desarrolla esta problemática y dirigidas a quienes son sujetos directos", consignaron en el proyecto, para luego señalar que es necesario llevar adelante programas de prevención de ludopatía en niños, niñas y adolescentes en las instituciones educativas de nivel primario y secundario de la Provincia.

Para ello se establece que un porcentaje del canon que abonen los operadores/as de juegos online será destinado a financiarlos.

"Evitar consecuencias más graves"

"Es muy importante destacar la relevancia de este tema porque las apuestas online se posicionaron como una de las principales problemáticas que atraviesan las infancias y adolescencias. Por eso, requiere de nuestro compromiso en la elaboración de todas aquellas medidas y acciones tendientes a restringir el acceso a los juegos online para frenar la participación en las apuestas y a prevenir y concientizar sobre la ludopatía en las y los jóvenes", señalaron Mandagarán y Maspoli en el proyecto.

Por último, indicaron que es fundamental implementar medidas efectivas de prevención y campañas de concienciación sobre los peligros del juego excesivo, "así como políticas más estrictas de control de la publicidad relacionada con el juego dirigido a las y los jóvenes, entre otros. Es necesario proporcionar los recursos y el apoyo adecuados para aquellos que ya muestran signos de problemas con el juego, con el fin de intervenir tempranamente y evitar consecuencias más graves a largo plazo", finalizaron.

Un mayor riesgo de adicción

En el proyecto presentado, los senadores provinciales Lorena Mandagarán y Agustín Maspoli señalaron que las características estructurales del juego online conllevan un mayor riesgo de adicción en comparación con el juego tradicional.

En ese marco, mencionaron que el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales lo clasifica como un trastorno adictivo no relacionado con sustancias. "Aunque el juego activa el sistema cerebral de recompensa de manera similar a los trastornos provocados por el abuso de sustancias tóxicas, presenta una alta similitud en los síntomas clínicos, incluida la abstinencia, la pérdida de control y las consecuencias negativas en el ámbito económico, interpersonal y laboral".

A su vez, advirtieron que distintos profesionales de la psicología y psiquiatría "ven el origen de estas prácticas en el fenómeno observado en niños, niñas y adolescentes sobre la inmediatez y la necesidad de la satisfacción aquí y ahora, provocando conductas adictivas".

Un dato a destacaron es que, si bien la edad promedio con la que los jóvenes comienzan a apostar es de 15 años, desde hace unos años se ve que niños y niñas empiezan con estas prácticas a los 12 años.

"Esta situación nos lleva a pensar y diseñar acciones que den tratamiento a esta problemática que preocupa tanto a padres y madres como a la sociedad en su conjunto", sostuvieron los legisladores.

LAS MODIFICACIONES A LA LEY VIGENTE

La Ley 15.079 regula el juego online en la Provincia de Buenos Aires. El proyecto presentado por los senadores Lorena Mandagarán y Agustín Maspoli propone una serie de modificaciones a dicha normativa para restringir el acceso a los juegos de azar online a niños, niñas y adolescentes, y prevenir y concientizar sobre la ludopatía en las infancias y adolescencias.

- Toda persona debe registrarse con su nombre, apellido, DNI y domicilio real para obtener una licencia.
- A fin de corroborar la identidad, cada vez que ingrese a la página de juego online, se solicitarán los datos biométricos de la persona registrada.
- El registro de datos debe estar conectado con la base de información de los organismos que la Autoridad de Aplicación considere oportunos.
- La publicidad, patrocinio y promoción de los juegos online quedará prohibida sin excepción en aquellos ámbitos en los que niños, niñas y adolescentes participan o tienen acceso.
- Los operadores deberán pagar un canon de las utilidades brutas. Una parte de lo recaudado se distribuirá a los Municipios y otra se utilizará para la implementación de programas de prevención de ludopatía en niños, niñas y adolescentes.
- La Autoridad de Aplicación -que será determinada por el Poder Ejecutivo-, deberá desarrollar campañas de difusión y concientización sobre la problemática.
- Se invitará a los Municipios a llevar adelante también dichas campañas.

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