2 de febrero de 2023

DESDE EL TRIBUNAL DONDE FUE CONDENADO

DESDE EL TRIBUNAL DONDE FUE CONDENADO. Rechazaron la excarcelación del azuleño que, alcoholizado, atropelló y mató a la enfermera

En diciembre pasado Hermenegildo Florio Gorosito había sido sentenciado en un juicio a seis años de prisión por ese hecho, sanción que sigue cumpliendo en la Unidad 7. Ahora, los jueces que intervinieron en aquel debate no dieron lugar a un pedido que formulara la abogada del declarado autor de este luctuoso suceso, que el 12 de enero de 2019 derivara en la muerte de Blanca Susana Peralta.

El Tribunal que le impuso seis años de prisión a Hermenegildo Florio Gorosito por el siniestro vial que en enero de 2019 derivara en la muerte de la enfermera Blanca Susana Peralta rechazó un pedido que la abogada del encausado había presentado para que fuera excarcelado, informaron fuentes judiciales a EL TIEMPO.

La solicitud fue denegada anteayer martes, luego de que había sido formulada ante el Tribunal Oral en lo Criminal 2 por la letrada porteña Rina Barbieri días más tarde a que el azuleño resultara condenado en aquel juicio, cuyo fallo se anunciara el 19 de diciembre pasado.

En ese debate Gorosito fue declarado autor de un homicidio culposo agravado. Además, teniendo en cuenta las características del hecho que protagonizara, había sido inhabilitado por una década para conducir vehículos automotores.

Lo resuelto ahora implica que el encausado continuará privado de la libertad en la Unidad 7, la cárcel del SPB con sede en Azul donde permanece alojado desde hace tiempo.

Beneficio rechazado

Teniendo en cuenta que el hecho materia de este juicio oral se produjo el 12 de enero de 2019, día desde el cual permanece privado de la libertad, actualmente Hermenegildo Florio Gorosito ya ha cumplido más de cuatro años con prisión preventiva.

Valorando esa circunstancia y más cuestiones en el escrito que presentara en diciembre pasado ante el tribunal ubicado en el segundo piso del Palacio de Justicia de Azul y que hace dos días fue rechazado, la abogada Barbieri afirmaba que la sentencia impuesta en el juicio oral a su cliente no estaba firme y que era su intención recurrirla. Y agregaba: "Atento a la fecha de detención de mi defendido, estaría en condiciones de obtener la libertad condicional el 12 de enero de 2023. Y en consecuencia, la libertad asistida hubiera operado seis meses antes", motivos por los cuales consideraba que debía otorgarse "sin dilaciones" al conductor de la camioneta el beneficio pretendido.

Más aspectos mencionados en esa presentación de la abogada indicaban que Gorosito, en ese contexto de encierro en el que continúa, no registraba sanciones disciplinarias y que "pese a sus reiterados problemas de salud -una situación por la que en varias ocasiones, sin que prosperara, se pidió que le fuera otorgada una morigeración de prisión- logró adaptarse y convivir pacíficamente con el resto de la población".

"Gorosito cumplimenta todos y cada uno de los requisitos exigidos por la norma para ser excarcelado", concluía la penalista. Y reiteraba en el escrito el tiempo que viene estando "bajo prisión preventiva sin sentencia firme, por lo que sobradamente ya cumplió en prisión preventiva los tiempos compatibles con el instituto de la libertad asistida".

En respuesta a esos argumentos, al rechazar lo pedido para el encausado se hizo alusión desde el Tribunal 2 a que, "si bien cumple con el requisito temporal para el otorgamiento de la excarcelación en términos de libertad condicional", Gorosito no completaba "la totalidad de los requisitos establecidos para la obtención del beneficio".

Entre ellos se mencionó el denominado "pronóstico de reinserción social", que no había sido considerado favorable teniendo en cuenta una evaluación psicológica a la que recientemente el hombre -de 59 años de edad- fuera sometido en la cárcel.

Además, según lo mencionado a través de un dictamen elaborado en ese contexto de encierro en el que continúa, la "poca predisposición" que evidencia con relación "a su participación en el área educativa" se convertía en otro impedimento para que accediera al beneficio pretendido. Y al respecto, se aconsejaba que mientras siga en la cárcel participe "en tareas educativas y/o formativas a fin de capitalizar su tiempo de detención".

Inés Omedo, la jueza que presidió el TOC 2 en el debate donde el azuleño resultó condenado. Ahora, desde el tribunal donde fue juzgado, se rechazó un pedido para que sea excarcelado.

Un hecho "culposo"

A diferencia de lo que en el debate sostuvieran la fiscal Karina Gennuso y Carlos Bevacqua -el abogado que en ese proceso se desempeñó como Particular Damnificado en nombre de los familiares de la enfermera fallecida- los jueces que integraron el TOC 2 para este juicio concluyeron que Hermenegildo Gorosito había sido autor de un homicidio de tipo "culposo" y no "con dolo eventual" cuando en los primeros minutos del 12 de enero de 2019 protagonizara este luctuoso suceso.

Esa figura penal se vio agravada, en este caso en particular, teniendo en cuenta diferentes circunstancias que rodearon al hecho. Entre ellas, que el encausado conducía alcoholizado la camioneta con la que atropelló y arrastró varios metros sobre la cinta asfáltica a Peralta. Un hecho que se inició sobre la Avenida Mitre de esta ciudad, cuando la enfermera regresaba en moto a su casa después de haber trabajado en el Servicio de Psiquiatría local.

Además de cruzar un semáforo en rojo y circular en contramano sobre una de las manos de la avenida luego de derribar las farolas de la rambla divisoria de Mitre, una vez que con su camioneta Chevrolet C10 Gorosito embistió a Peralta la arrastró varios metros sobre la cinta asfáltica, al haber quedado atrapada junto con la moto que guiaba debajo del rodado que el encausado manejaba.

Aquella fatal trayectoria finalizó cuando, desde Mitre, el imputado dobló al mando de la camioneta hacia Leyría, donde el vehículo se terminó estrellando contra el frente de una vivienda, yaciendo debajo del rodado la enfermera, quien a causa de las lesiones sufridas falleció prácticamente en el acto.

Si bien desde que esta causa penal comenzó a tramitarse Gorosito permaneció privado de la libertad teniendo en cuenta la calificación inicial que tenía el sumario -un "homicidio con dolo eventual"- en el debate el azuleño que sigue preso fue declarado autor de un homicidio culposo agravado. Y en consecuencia, los jueces Inés Olmedo, Javier Barda y Joaquín Duba le impusieron al conductor de la camioneta las sanciones ya referidas de seis años de prisión y de una década de inhabilitación para manejar, penas máximas que contempla esa figura penal por la que fue declarado autor en ese debate que finalizara el 19 de diciembre pasado.

EL DATO

De acuerdo con lo referido a EL TIEMPO, la Defensa Particular de Gorosito tiene previsto apelar ante la Cámara Penal departamental lo dispuesto hace dos días desde el TOC 2, que en esta instancia se pronunció de la misma manera que lo hiciera la Acusación, parte que también había manifestado su oposición a que el autor de este hecho fuera excarcelado.

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