1 de mayo de 2023
La denuncia que fue radicada en la Comisaría de la Mujer y la Familia de Azul, por una empleada municipal, el 7 de diciembre último, relataba que tanto ella como una compañera de trabajo fueron increpadas por José Lacovara Baro y Leandro Larroca, en su lugar de trabajo, a raíz de una presentación que las mismas efectuaron en el Ministerio de Trabajo por maltrato laboral contra la oficina de Recursos Humanos del municipio.
La denunciante expuso que estas dos personas le pedían explicaciones por una nota publicada en una red social en la que vinculaban esos hechos con la desafiliación del sindicato de algunos empleados municipales, por la falta de apoyo en ese reclamo.
Textualmente declaró que "tanto Lacovara Baro como Larroca aprovechó que tanto la denunciante como sus compañeras se encontraban vulneradas, indefensas, solas para ingresar a la oficina a increparlas, hostigándola, con tono amenazante, que este todo el tiempo exigían explicaciones, del porque se había permitido que el la nota sea publicada, que nos quería retirar de la oficina, que misma está cansada de este hostigamiento, muy angustiada, muy mal anímicamente, por como debe cumplir con sus obligaciones laborales, en el ámbito que debe cumplirlas. Que solicita un cese de actos de perturbación e intimidación hacia su persona por parte de José Lacovara Baro, Larroca Leandro (sic)".
Asimismo surge de esa declaración que da origen a esta causa que "en la fecha la denunciante a raíz de esta violencia es que se descompensa, crisis de nervio(s), teniendo que ser asistida en el nosocomio local".
Este diario tomó conocimiento de que se dispuso el archivo de esta causa penal, en los términos del último párrafo del art. 268 del código de procedimiento penal ("en caso que a juicio del Fiscal no hubiere prueba suficiente sobre la existencia del hecho o la autoría de él, podrá proceder al archivo de las actuaciones..."). Esta información fue recibida en una carta documento que firman José Lacovara Baro y Leandro Larroca, en la que piden la publicación de esta resolución, aunque atribuyen el archivo a la inexistencia de delito.
Sin embargo y por lo que se pudo saber, el fiscal interviniente, Dr. David Carballo, recabó testimonios de funcionarios municipales, los que declararon que no habían estado presentes en el momento y en el lugar donde se habría producido este altercado.
El archivo de las actuaciones no implica el cierre de la causa ni un pronunciamiento sobre la inocencia de los denunciados, sino que se deja de instruir hasta que se ofrezca un nuevo medio probatorio. La falta de pruebas nos priva de saber la verdad.
Sin embargo, para estos integrantes del STMA rige la presunción de inocencia, esto está garantizado en nuestro sistema jurídico, en tanto no se demuestre lo contrario. Esta es la importancia de conseguir el silencio y, a la vez, es la explicación del intento de acallar a un medio de prensa independiente.
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