FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

Tres años de prisión a cumplir para joven autor de un hecho de violencia de género

Alojado actualmente en la Unidad 7 de Azul, en ese proceso fue condenado también por intentar agredir con un cuchillo a un policía que lo había aprehendido el 28 de marzo pasado. Aquel día, en un principio, se hizo presente en la casa de su ex pareja. Tras dañar una puerta, amenazó con matar a esa joven y al concubino de ella. Después, se llevó por la fuerza a su pequeña hija. Instantes más tarde efectivos del CPA lo arrestaron cerca del Cementerio Municipal, ocasión durante la cual incautaron en su poder dos armas blancas.

3 de enero de 2022

Tres años de prisión de cumplimiento efectivo fue la pena que un juez le dictó a un joven que había sido arrestado en esta ciudad el pasado 28 de marzo, tras protagonizar un episodio de violencia familiar y de género en perjuicio de su ex pareja y de enfrentarse con policías que aquel domingo lo aprehendieron.

El encausado es un albañil oriundo de Azul que tiene 26 años. Identificado como Tomás Fernández, actualmente está alojado en la Unidad 7, refirieron voceros judiciales a EL TIEMPO.

La condena para el joven fue el resultado de un juicio abreviado tramitado en el Juzgado Correccional número 2 que está a cargo del magistrado Héctor Torrens y tiene sede en el segundo piso del Palacio de Justicia local.

Este miércoles que pasó se conoció el veredicto en esta primera instancia para el imputado, surgido del acuerdo que tiempo antes fuera suscripto por las partes para la realización de este proceso abreviado.

Teniendo en cuenta las características de los hechos que protagonizara Fernández aquel día en que terminó siendo aprehendido, en este juicio fue condenado tras ser declarado autor de atentado a la autoridad agravado, ilícito que cometiera ese ya referido 28 de marzo contra el personal policial del Comando de Patrullas de Azul que lo terminó arrestando; y amenazas agravadas, coacción agravada, daño y violación de domicilio en concurso real, los delitos que aquel mismo día -en la previa a resultar aprehendido- llevara a cabo en perjuicio de su ex pareja.

La totalidad de aquellos hechos, se mencionó también en el fallo al momento de definir la calificación penal de los mismos, Fernández los cometió "en concurso real entre sí".

Esa pena de prisión de tres años a cumplir que le fuera dictada al albañil obedeció a un antecedente condenatorio que ya registraba y aún está vigente, según lo referido por el juez Torrens.

"Volver a delinquir revela la indiferencia del autor como capacidad psicológica para motivarse en la norma, además de un desprecio por la advertencia social de reproche contenida en el pronunciamiento previo de condena", señaló al respecto el titular del Juzgado Correccional 2 en lo resuelto.

Esa circunstancia, en sintonía a lo acordado entre las partes, fue considerada como una agravante potenciadora de la pena dictada al azuleño sometido a este proceso abreviado.

Aquella primera sanción se la había dictado a Fernández el mismo Juez Correccional que hace tres días volvió a condenarlo. Databa del 28 de octubre de 2015 y consistía en "seis meses de prisión en suspenso" por los delitos de lesiones leves agravadas -dos hechos- en concurso real, cometidos en Azul los días 9 de noviembre de 2014 y 18 de enero de 2015 en perjuicio también de su ex pareja.

Los hechos por los que volvió a ser condenado

Ese ya referido 28 de marzo pasado Tomás Fernández, durante las primeras horas de la mañana de aquel día -según lo investigado y que se diera después por probado en este juicio abreviado- se hizo presente en la casa de esta ciudad donde su ex pareja vivía con su por entonces concubino.

A ese inmueble el encausado se metió sin autorización, luego de saltar un paredón. Posteriormente, evidenciando una actitud extremadamente agresiva, rompió de una patada una puerta y, con dos cuchillos que portaba, amenazó con matar a la madre de su hija y a la pareja de esa joven.

"Los voy a matar a los dos, les voy a cortar el cogote y les voy a prender fuego la casa", se mencionaba en las actuaciones penales que en ese entonces el ahora condenado en esta primera instancia les dijo a ambos.

La situación se tornó más grave instantes más tarde, cuando por la fuerza el joven se llevó a su hija de siete años de edad, lo cual hizo al mismo tiempo que continuaba amenazando de muerte a la madre de la menor.

Aquella mañana, no bien se fue de la casa de su ex pareja llevándose a su pequeña hija, la mamá de la nena llamó al 911 para denunciar lo que había pasado.

Eso hizo que personal del Comando de Patrullas acudiera en respuesta a ese llamado a la casa de la joven y que instantes después se hiciera efectiva la aprehensión del albañil condenado en este juicio abreviado.

Los efectivos del CPA interceptaron a Fernández cuando iba caminando y llevaba sobre los hombros a su pequeña hija, en el cruce de las calles Necochea y Tiro Federal.

En ese lugar, cercano al Cementerio Municipal, se produjo el otro incidente por el que el joven fue condenado también a esos ya referidos tres años de prisión de efectivo cumplimiento.

En un principio el encausado intentó resistirse al accionar policial, lo que hizo que a uno de los efectivos de seguridad que intervinieron en aquel procedimiento le arrojara un puntazo, sin llegar a lastimarlo, con uno de los cuchillos que portaba.

Luego de llevada a cabo esa acción, con la intervención de más policías el declarado autor de estos hechos terminó siendo reducido y, en carácter de aprehendido, trasladado a la comisaría primera, ocasión durante la cual se incautaron las dos armas blancas que tenía.

Además, la nena fue restituida a su mamá, que la esperaba en la Comisaría de la Mujer y la Familia, la dependencia a la que ese domingo había concurrido a denunciar a su ex pareja. Algo que ya había hecho en otras ocasiones, teniendo en cuenta los antecedentes de violencia que entre ambos existían y por los cuales ahora, una vez más, Fernández fue condenado.

EL DATO

Marcelo Fernández desde el Ministerio Público Fiscal y la defensora Oficial Mariana Mocciaro representaron a las partes en este juicio abreviado. La realización de este proceso, además, contó con el consentimiento del joven imputado. E implicó que quedara sin efecto el juicio oral que iba a hacerse por estos hechos, que tenía fecha prevista para el 15 de junio de este nuevo año.

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