16 de mayo de 2021
Los progenitores de Rocío Sañudo, la azuleña de 17 años que murió en agosto del año pasado tras recibir un disparo en el campo de Benito Juárez donde convivía con el imputado, llamado Kevin Herrera Ullúa, se ofrecieron como garantes para que en la casa donde viven el joven cumpla la medida cautelar, a modo de alternativa a esa otra por la que está en la cárcel. Según expresaron, confían en la inocencia del acusado de este "homicidio agravado", que podría ser condenado a prisión perpetua. Al igual que el encausado declarara, los padres de la menor creen que lo sucedido estuvo ligado a un hecho fortuito. "En mi experiencia nunca he tenido que resolver una situación como la expuesta ni tampoco he conocido casos similares", señaló el Juez de Garantías que le otorgara este beneficio al ex concubino de la víctima. Desde la Unidad 7, Herrera Ullúa sería trasladado mañana a la vivienda del Barrio Monte Viggiano donde se domicilian los papás de la menor.
El fallo que el pasado martes firmó un juez de Garantías le permitiría mañana lunes comenzar a gozar de una morigeración de prisión a un joven que está en la cárcel acusado de haber matado a su pareja, hecho sucedido en agosto del año anterior en un campo de Benito Juárez.
A modo de alternativa a la medida de coerción por la que actualmente permanece en la Unidad 7, el penal con asiento en Azul, el imputado que tiene este "homicidio agravado" seguirá privado de la libertad. Pero ahora, "bajo la modalidad de prisión domiciliaria con monitoreo electrónico", según puede leerse en lo resuelto hace cinco días por el magistrado Juan José Suárez.
Lo decidido por el titular del Juzgado de Garantías 3 podría ser una más de las tantas resoluciones que por casos similares suelen darse a conocer habitualmente desde el Palacio de Justicia de Azul. Pero aparece dotado de una característica que lo hace especialmente único. Y desde que este fallo fuera dado a conocer ese ya referido martes que pasó, al mismo tiempo, se ubica en un inédito contexto.
Lo concreto es que, por expreso pedido de los padres de la víctima de este homicidio, quienes a su vez se ofrecieron como garantes para que el imputado cumpla con la morigeración de prisión, el joven encausado permanecerá privado de la libertad en el inmueble de esta ciudad donde ellos se domicilian.
"En mi experiencia nunca he tenido que resolver una situación como la expuesta ni tampoco he conocido casos similares", admitió el titular del Juzgado de Garantías 3 en lo resuelto en favor del acusado: un trabajador rural oriundo de Benito Juárez llamado Kevin Héctor Manuel Herrera Ullúa, quien actualmente tiene 21 años de edad.
Por la muerte de quien fuera su pareja, una adolescente azuleña de 17 años que se llamaba Rocío Ayelén Sañudo, el joven a quien ahora le fue otorgado este beneficio afronta imputaciones cuya pena a imponerle será la "prisión perpetua" en caso de resultar condenado en ese futuro juicio al que deberá ser sometido,
Desde que este hecho se produjo, en horas de la noche del 11 de agosto del año pasado en una casa de un establecimiento rural llamado "San Gerónimo" -ubicado en el Cuartel VII del Partido de Benito Juárez- donde trabajaba como puestero, Herrera Ullúa figura acusado de un homicidio agravado por el vínculo y por el empleo de arma de fuego y de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización, delitos considerados como cometidos "en concurso ideal de acciones".
Esa calificación impulsada por David Carballo, el fiscal a cargo de la UFI 2 con asiento en los tribunales de Azul que lleva adelante esta investigación penal, se mantuvo para el trabajador rural cuando su aprehensión, llevada a cabo la misma noche en que este luctuoso suceso se produjo, fue convertida en detención.
También posteriormente. En una primera instancia, cuando el Juez que ahora le otorgó este beneficio le dictó -el 15 de septiembre de 2020- la prisión preventiva, y en noviembre pasado, en ocasión de que los miembros de la Cámara Penal de Azul ratificaran aquella medida cautelar por la que, al menos hasta hoy domingo, el joven permanece en la Unidad 7.
La situación que ahora se tradujo en una respuesta favorable al pedido que para su cliente formulara el abogado Sergio Daniel Mercado llevó también al juez de Garantías Juan José Suárez a destacar "la increíble calidad humana de la familia de Rocío, respecto de la que hubiera sido perfectamente entendible que buscara algún tipo de venganza contra el sospechoso como forma de atenuar tanto dolor".
"Pero, por el contrario, ellos buscaron desde el inicio del proceso ayudar a quien fuera pareja de su hija. Tanto es así que durante la audiencia -escribió el magistrado sobre lo que habían sido las actuaciones previas a lo que resolviera este martes que pasó- el Sr. Sañudo refirió que la concesión de la morigeración solicitada en favor de Herrera sería un aliciente entre tanto sufrimiento".
De la mano de la reciente sanción de la llamada Ley de Víctimas, el juez Suárez también señaló en el fallo: "Al ingresar en el estudio de una posible atenuación de la coerción que sufre Herrera Ullúa, cobra relevancia lo dicho por los padres de Rocío, cuya actitud merece mi mayor respeto y me exime de palabras".
La postura de los papás de la adolescente víctima de este homicidio se convirtió en uno de los elementos fundamentales para que al joven le fuera otorgada esta morigeración de prisión que cumplirá en la casa de los progenitores de Rocío.
"Tenemos ante nosotros a un padre y a una madre que han sufrido la peor de las tragedias que un ser humano puede vivir: la pérdida de un hijo. Pero además, ese lamentable suceso ocurrió en un hecho violento, circunstancia que le imprime un elemento que acentúa el dolor", describió el titular de Garantías 3 sobre esa situación que le tocó resolver ahora. Y continuó señalando: "Esos padres, desde el mismo momento en que aconteció el lamentable suceso, acompañaron a quien resulta sospechado por el crimen de su hija. No sólo creyendo en su inocencia, sino además preocupándose y ocupándose de su bienestar. Tanto es así que procuraron facilitarle asistencia letrada, han visitado con regularidad al encartado en su lugar de alojamiento llevándole provisiones y se han ofrecido como garantes del cumplimiento por parte de Herrera Ullúa de una eventual morigeración de su coerción, llegando al extremo de poner a disposición su propio domicilio como lugar de cumplimiento del arresto domiciliario solicitado".
"Particulares circunstancias"
Al valorar otras cuestiones, entre las cuales figuró también un informe ambiental, antes de pronunciarse a favor del otorgamiento de este beneficio el titular de Garantías 3 tuvo en cuenta, además, la pena -la máxima que contempla el Código Penal argentino- que podría serle impuesta al trabajador rural de resultar condenado en ese futuro debate al que tendrá que ser sometido.
"En esta investigación se presenta efectivamente la amenaza de una alta pena en expectativa sobre el Sr. Herrera Ullúa. Pero también, no puedo desconocer las particulares circunstancias que rodean el presente caso, donde destaca la ausencia de antecedentes penales del imputado" y, "especialmente, el compromiso de los padres de Rocío", escribió el Juez sobre la postura de ambos, "quienes se han ofrecido como garantes. Incluso, brindado su domicilio para que se materialice la prisión domiciliaria".
También, el Juez aclaró: "Lo que aquí ha sido solicitado no es la excarcelación del imputado, lo cual obligaría a un análisis absolutamente diferente, sino la modalidad en que el mismo transcurre la prisión preventiva. Y ello es un estudio que debe realizarse en forma progresiva durante el proceso, atendiendo a que siempre debe prevalecer la medida que sea menos gravosa para el justiciable y que, igualmente, permita garantizar los fines del proceso".
Sin dejar de mencionar lo expresado por el Fiscal a cargo de esta investigación penal, quien había manifestado su oposición a que le fuera concedida esta morigeración de prisión a Herrera Ullúa, a modo de conclusión el magistrado sostuvo: "Considero que los fines del proceso igualmente pueden ser resguardados con la imposición de una medida menos gravosa, entendiendo por ello que tanto la caución juratoria, que deberá prestar el imputado al materializarse la prisión domiciliaria, como el compromiso de los garantes y el control del Servicio Penitenciario a través de un medio electrónico tornan procedente la morigeración de la prisión preventiva requerida".
Sobre la base de esta resolución, desde la Unidad 7 Kevin Herrera Ullúa tendría que estar siendo trasladado mañana lunes a la vivienda de los padres de quien en vida fuera su pareja.
A partir de ahora serán la mamá y el papá de Rocío Sañudo los encargados de garantizar, en esa casa del Barrio Monte Viggiano donde viven, el cumplimiento de este arresto domiciliario por parte del joven que meses atrás se convirtiera en el responsable de la muerte de la hija de 17 años que ellos tenían.
Convivirán con él en un mismo espacio, convencidos de su inocencia y creyendo -tal lo que el papá de la menor refiriera- que aquello que decidiera con su esposa y ahora ha sido avalado por un juez puede funcionar como "un aliciente" ante el inconmensurable e interminable dolor que implica perder a un hijo.
Ojalá así sea para ellos.
EL DATO
En esa audiencia celebrada entre el Juez, las partes y el acusado el pasado 7 de mayo, es decir, cuatro días antes a que fuera dispuesta esta morigeración de prisión para el trabajador rural, el joven encausado también habló. Según lo referido en el fallo por el magistrado Juan José Suárez, en ese momento en que le fuera concedida la palabra Kevin Herrera Ullúa "se limitó a agradecer a los padres de quien fuera su pareja por acompañarlo".
Un disparo en el campo
Rocío Ayelén Sañudo. La azuleña tenía 17 años cuando el 11 de agosto del año pasado murió a causa del disparo que recibió en un campo de Benito Juárez, el lugar donde convivía con el acusado de matarla. FACEBOOK
Repasar las circunstancias que tuvo este homicidio puede servir para tener un acercamiento más concreto al capítulo más reciente que en el ámbito judicial ha escrito ese hecho.
Cuando aquel 11 de agosto del año pasado Rocío Ayelén Sañudo murió a causa de un disparo en su cuerpo, que recibiera proveniente de una carabina calibre 22, al lugar convertido en escenario de este luctuoso suceso instantes más tarde concurrió personal policial, alertado por quienes en ese entonces se encontraban en el establecimiento rural.
Los policías del CPR de Benito Juárez que primero ingresaron a la casa donde desde tiempo antes Kevin Herrera Ullúa convivía con la adolescente azuleña hallaron al joven abrazado al cadáver de Rocío, llorando y diciendo que lo que instantes antes sucedió había tenido que ver con un hecho trágicamente fortuito.
Esa misma versión el joven la reiteró cuando después, ya estando aprehendido, fue indagado en el marco de la investigación penal que se iniciara por este homicidio ocurrido en ese campo llamado "San Gerónimo".
En aquella audiencia, le dijo al fiscal David Carballo que su pareja había muerto al recibir un disparo accidental, en circunstancias que estaba por ingresar a ducharse y le pidió a él que corriera la carabina que había quedado apoyada sobre el marco de la puerta que conduce al baño de esa casa del establecimiento rural donde los dos, fruto de la relación sentimental que mantenían, estaban conviviendo.
Según la versión del trabajador rural, al mover el arma se disparó accidentalmente, impactando ese proyectil en el cuerpo de Rocío y provocándole una lesión que acabó de inmediato con su vida.
En esos dichos creen también los padres de la menor azuleña fallecida.
Al respecto, en el fallo el juez de Garantías Juan José Suárez mencionó lo que -sobre lo sucedido con Rocío- su papá y su mamá expresaron el pasado día 7 del corriente mes, cuando se llevara a cabo la audiencia que luego derivaría en que el martes de la semana anterior le fuera otorgado este beneficio al encausado.
Ambos están convencidos de que el joven no cometió ese grave delito que se le atribuye. Y sostienen que lo sucedido en el campo aquella noche en que la hija de los dos murió estuvo ligado a un trágico suceso, el cual en nada puede emparentarse con un homicidio de características dolosas.
En el marco de esta investigación penal, el fiscal Carballo había buscado evidencias -por ejemplo, a través de denuncias- de episodios de violencia de género por parte de Herrera Ullúa en perjuicio de la adolescente azuleña durante todo ese tiempo en que fueron pareja y llegaron, incluso, a convivir.
Pero no encontró ninguna. Y tampoco halló circunstancias de estas características en la mayoría de las versiones de los testigos que convocó para que contaran cómo era ese vínculo que mantenían ambos protagonistas de esta historia. Personas entre las cuales figuraron familiares de la menor víctima como del encausado.
Pero más allá de todas esas averiguaciones, el dictamen de una pericia habían llevado al Fiscal y a los jueces que fueron interviniendo en esta causa a no otorgarle credibilidad, al menos hasta ahora, a los dichos del trabajador rural.
El estudio, efectuado por un experto al arma de fuego empleada en lo sucedido, se convirtió en un elemento de peso al momento de dictarle a Herrera Ullúa su prisión preventiva, la medida cautelar que todavía persiste pero que seguirá cumpliendo bajo la modalidad de un arresto domiciliario.
Específicamente, esa pericia aludía a que, teniendo en cuenta las características del arma de fuego y su estado, era imposible que la carabina pudiera accionarse -tal como el joven sostiene- con tan sólo haberla corrido de un lugar a otro.
En lo dispuesto ahora, el Juez de Garantías mencionó en ese sentido: "Lo cierto es que se mantienen vigentes los fundamentos que motivaran la imposición de la medida privativa de la libertad, siendo en todo caso el debate ante un tribunal -tribunal por jurados- el ámbito propicio donde eventualmente deberá deslindarse la responsabilidad que le cabe al encartado en el hecho luctuoso".
Los alcances de la medida
La morigeración de la prisión preventiva, bajo la modalidad de arresto domiciliario con monitoreo electrónico, otorgada hace cinco días a Kevin Herrera Ullúa la cumplirá en un inmueble situado sobre la calle Arenales del Barrio Monte Viggiano de esta ciudad.
En esa casa viven los padres de la menor que resultara víctima de este homicidio, la adolescente azuleña con la que el encausado convivía en ese establecimiento rural de Benito Juárez donde trabajaba como puestero hasta que fuera aprehendido el 11 de agosto del año pasado.
A modo de obligaciones para que no le sea revocado este beneficio, en lo dispuesto el pasado martes por el titular de Garantías 3 Juan José Suárez se mencionó que el acusado no podrá ausentarse de esa vivienda "bajo ningún aspecto" y "sin la expresa autorización de este Juzgado".
Además, quedaron constituidos "en carácter personal" como garantes del cumplimiento por parte del trabajador rural de este beneficio los padres de la víctima. Y también el papá del acusado. En su caso, "con su patrimonio ofrecido en carácter de Caución Real", según se mencionó en lo dispuesto.
El control por sistema de monitoreo electrónico ordenado para Herrera Ullúa, teniendo en cuenta que desde el Servicio Penitenciario Bonaerense existe una demora en la provisión de los dispositivos utilizados a tal efecto, no invalida "la efectivización de la medida morigeratoria".
Al respecto, el magistrado explicó que el otorgamiento de dicho beneficio no estaba supeditado a la obtención de una tobillera o pulsera.
El cumplimiento del arresto domiciliario del acusado de este "homicidio agravado" debe ser periódicamente controlado por la Policía, encargada además de "remitir quincenalmente" un informe al Juzgado de Garantías 3 y de "comunicar en forma inmediata" a ese organismo "cualquier incumplimiento por parte del encartado de la medida dispuesta".
También, desde la oficina en Azul del Patronato de Liberados se deberá verificar el cumplimiento de esta morigeración de prisión; y en forma mensual informar sobre dicha situación al Juzgado de Garantías a cargo del magistrado que se pronunciara a favor de concederle este beneficio al trabajador rural.
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