6 de abril de 2025

FALLO DE UN JUICIO ORAL

FALLO DE UN JUICIO ORAL . Azuleño que abusó de su hija fue condenado a ocho años de prisión

Anteayer se conoció el veredicto para el encausado, Por este caso de abuso sexual, sucedido cuando su hija biológica tenía catorce años, había sido detenido en esta ciudad a principios de diciembre de 2022.

Ocho años de prisión fue la pena dictada a un hombre, a modo de corolario de un juicio oral donde fue declarado autor de un hecho de abuso sexual en perjuicio de su hija biológica, el cual había sucedido cuando la víctima era menor de edad.

Oriundo de Azul y transportista de ocupación, el encausado tiene 41 años de edad y está preso en una cárcel, luego de que por ese caso había sido detenido el 5 de diciembre de 2022.

Anteayer viernes, un debate que tuvo como escenario la sala del Tribunal Oral en lo Criminal número 1 derivó en la imposición del referido veredicto condenatorio para el hombre sometido a ese proceso.

Martín Céspedes -uno de los jueces que integran el TOC 1- intervino en el juicio oral, declarando al acusado autor del delito de abuso sexual agravado por ser cometido por un ascendiente e imponiéndole, en consecuencia, la referida pena.

En el mismo debate el abusador de su hija fue absuelto de otro hecho que también se le había imputado, definido -según se refiere en lo resuelto- por el delito de "comercialización de representaciones pornográficas de menores de 18 años en grado de tentativa".

Ese otro episodio que se le atribuía al condenado en esta primera instancia por abusar sexualmente de su hija tenía también como supuesta víctima a esa joven, actualmente ya mayor de edad.

Pero finalmente, el Juez no dio por demostrado que haya ocurrido en los términos que se sostenía desde la Acusación, llevada adelante en el juicio por Laura Margaretic, la fiscal titular de la UFI 9.

"Más allá de lo moralmente reprochable del comportamiento probado del imputado de requerirle, a través de mensajes el día 11 de abril del año 2019 y con insistencia desde su lugar de alojamiento en prisión, a su hija menor de edad fotos en las que estuviese desnuda para poder él luego comercializarlas; lo cierto es que la negativa de ella a tomarse esas fotos obturó la posibilidad de trascender ese mero acto preparatorio y su ingreso a la fase de tentativa, razón por la cual permanece en el ámbito de la impunidad", escribió el Juez en el fallo. Y agregó: "Lo expuesto sella la suerte adversa del pedido acusatorio de dar por probada la materialidad ilícita del acto de comercialización de representaciones pornográficas".

Así, con relación a ese hecho en particular prosperó lo sostenido en su alegato por la defensora Oficial Mariana Mocciaro, quien había afirmado que no podía endilgársele responsabilidad penal al denunciado en la mencionada situación.

El monto de la pena dictada al encausado estuvo potenciado por varias agravantes.

Una de esas circunstancias fueron los antecedentes penales que ese azuleño ya registraba al momento de cometer este caso de abuso sexual en perjuicio de su hija, situación que años atrás ya lo había tenido preso en la Unidad 7 por la comisión de otros delitos.

Además, el juez Céspedes valoró para el abusador "el aprovechamiento de la situación de extrema vulnerabilidad" de la víctima y "la extensión del daño" provocado por el encausado a su hija biológica tras someterla sexualmente. Algo que quedó demostrado con los testimonios escuchados en el juicio por parte de peritos psicológicos que se entrevistaron con ella e intervinieron durante lo que había sido la tramitación de esta causa.

El abuso

El caso de abuso sexual por el que el hombre -cuya identidad no fue revelada para proteger la de su hija biológica y víctima- fue condenado en este debate se remonta a lo sucedido el 27 de octubre de 2019.

Según se señala en lo decidido, "entre las 14:30 y las 15 horas" de aquel día -en el interior de un inmueble de Azul donde se domiciliaba- el encausado concretó el abuso en perjuicio de la víctima, que en esa época tenía catorce años de edad.

Cuando ella estaba sentada sobre una cama, "su progenitor la tiró sobre la misma, se le colocó encima" y, estando ambos vestidos, "le efectuó tocamientos" en el cuerpo, "para luego manifestarle que no le contara a nadie".

Más allá de la advertencia que su padre le hizo a la chica, ella después le relató lo sufrido a su mamá, quien posteriormente radicó una denuncia a través de la cual se inició la investigación penal que hace dos días se tradujo -juicio oral mediante- en el dictado de la referida sanción para el abusador de su hija.

En el marco de la tramitación de esa causa a la joven le había sido tomada una declaración en sede judicial.

Siendo todavía menor de edad, al testimonio lo brindó por medio de la Cámara Gesell. Y a través de sus dichos sindicó a su papá como el autor de aquel episodio de abuso sexual que sufriera cuando ella tenía catorce años.

Para el Juez que condenó al azuleño, lo referido por la hija de ese hombre en aquella audiencia resultó "absolutamente creíble", constituyéndose de esa manera en una de las principales evidencias valoradas para declarar al imputado autor de este caso de abuso sexual.

"Dichas manifestaciones son de mucha trascendencia, debiéndose relacionarse con los testimonios de aquellas personas que, por ser familiares o de su entorno, hablaron de la verosimilitud de su relato", escribió Céspedes en lo decidido sobre lo declarado por la víctima, aludiendo también a lo que habían afirmado la madre de la chica -a quien su hija "le contó en la inmediatez, con angustia y llanto, lo que le sucediera"- y "los profesionales que la asistieron", quienes dijeron que los síntomas que advirtieron en ella eran compatibles con ese hecho de abuso sexual que sufriera por parte de su papá.

El dato

Tal como sucede en estos casos, una vez que el fallo adquiera rango de firmeza al declarado abusador de su hija deberán tomársele "muestras o evidencias biológicas" para que figure inscripto en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a los delitos contra la integridad sexual.

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