4 de febrero de 2026

SU DEFENSA PEDÍA QUE SE LE OTORGARA ARRESTO DOMICILIARIO

SU DEFENSA PEDÍA QUE SE LE OTORGARA ARRESTO DOMICILIARIO . Causa CEAL: uno de los comerciantes imputados, sin morigeración de prisión

Un juez de Garantías rechazó el pedido para que Neefer Eduardo González pudiera continuar privado de la libertad en su casa por problemas de salud que padece. Al igual que los demás varones, ahora el dueño de una heladería está preso en la Unidad 7 de Azul. En tanto, la mujer también acusada sigue en la Unidad 52. Semanas atrás las prisiones preventivas de los cuatro investigados habían quedado confirmadas desde la Cámara Penal departamental.

Mientras ahora permanece privado de su libertad en la Unidad 7, el penal de varones con asiento en Azul, semanas atrás finalmente terminó siendo denegado en una primera instancia el pedido que había sido presentado en favor de Neefer Eduardo González, uno de los imputados por presuntas estafas a la CEAL y a comerciantes, para que pudiera gozar de arresto domiciliario por cuestiones de salud.

"No verificándose circunstancias excepcionales debidamente acreditadas que justifiquen la morigeración de Eduardo González, corresponde rechazar el planteo efectuado..., sin que ello importe desconocer que, de producirse un agravamiento real y comprobable del estado de salud del imputado de marras, la cuestión podrá ser nuevamente examinada con sustento probatorio adecuado, posibilitándose la redición del mismo planteo en un plazo de ocho meses", señaló el juez de Garantías Federico Barberena en lo decidido, que data del pasado 15 de enero.

Lo dispuesto en esta primera instancia para uno de los cuatro acusados que tiene esta investigación penal todavía no está firme.

Según lo señalado a EL TIEMPO por voceros allegados a lo que continúa siendo la tramitación de esta causa, los abogados que patrocinan al dueño de la heladería "Coppelia" apelaron ante la Cámara Penal lo resuelto el mes anterior para su cliente.

Cabe recordarse, tal lo que también este medio ya informara, que desde la Alzada departamental las prisiones preventivas para los cuatro acusados que tiene esta causa habían quedado confirmadas el pasado 12 de enero. Específicamente, tres días antes de que se conociera la decisión del Juez garante que terminó desestimando ese pedido para que uno de los comerciantes imputados pudiera gozar de arresto domiciliario.

Una audiencia

El pasado lunes 3 de noviembre, un día antes a que el magistrado Barberena convirtiera a las detenciones de los encausados en respectivas prisiones preventivas, ese pedido para que a González le fuera concedido el arresto domiciliario por cuestiones de salud había sido formulado por su Defensa Particular durante una audiencia desarrollada desde el Juzgado de Garantías 2.

En aquel entonces el comerciante azuleño estaba detenido en la Unidad 38 de Sierra Chica y participó de manera virtual en la misma.

Paula Serrano, la fiscal que instruye este sumario penal desde la UFI 6, se había opuesto a que a González le fuera concedido el arresto domiciliario que se pretendía para él. La solicitud que finalmente, el 15 de enero, terminó siendo denegada por el Juez de la causa.

Los abogados Manuel Cayuela y German Diego Balaz habían sido quienes presentaron ese pedido, fundamentando tal planteo en que el comerciante -actualmente de 66 años- presenta "un cuadro cardíaco que demanda un ambiente libre de humo, tratamiento médico a través de medicación diaria y una dieta especial baja en el suministro sódico".

De esa manera, el Juez de Garantías pidió que se realizara al imputado un dictamen pericial con la finalidad de elaborar un informe actual que sirviera para determinar si, más allá de los problemas de salud que padece, podía continuar en ese contexto carcelario en el que permanece o, como lo pretendían sus defensores particulares, tenía que serle concedida una morigeración de prisión para que pasara a cumplir arresto domiciliario.

El referido dictamen médico confeccionado desde la Asesoría Pericial Departamental sirvió para que después el magistrado Barberena concluyera que por el momento la patología que presenta González no impide que pueda "continuar su tratamiento dentro de la unidad penitenciaria" en la que se encuentra.

"En cada uno de los episodios en los que resultó atendido y examinado, los profesionales de la Salud dejaron asentado el buen estado general del imputado, aunque dejando constancia de los antecedentes cardiológicos enunciados por el paciente", puede leerse en lo decidido ese ya mencionado 15 de enero pasado.

En 2015 el comerciante había sido operado por problemas coronarios que padecía y le colocaron cuatro bypass, según él mismo contó en ocasión de declarar en aquella audiencia realizada meses atrás desde el Juzgado de Garantías 2.

En la resolución que se tradujo en que fuera denegado el pedido para concederle una morigeración de su prisión preventiva, el juez Barberena concluyó que actualmente el acusado "goza de buen estado de salud general, habiéndose adaptado a las condiciones carcelarias propias de la Unidad". También, que por el momento no se advertían "constancias médicas objetivas acerca de que el imputado se encuentre en una situación de salud incompatible con el régimen de detención vigente, ni que la unidad penitenciaria carezca de los recursos necesarios para atender la afección genéricamente invocada".

Todos encarcelados

Junto con Neefer Eduardo González, actualmente continúan presos por esas presuntas estafas a la CEAL y a comerciantes los demás imputados que tiene esta Investigación Penal Preparatoria: Matías Horacio Rosas, Mario Miguel Garavelli y María Laura Calandra.

Los tres varones están en la Unidad 7. Y la esposa de Rosas, en la Unidad 52, la cárcel de mujeres del SPB que también tiene sede en Azul.

A la totalidad de los encausados los consideran a escala penal integrantes de una asociación ilícita que cometió estas maniobras de tipo defraudatorio.

En el caso de Rosas, que estaba a cargo del área de Facturación de la CEAL, se lo señala como el "jefe" de dicha organización criminal. Y a los demás imputados se los sindica como "miembros" de esa "banda delictiva".

La acusación que pesa sobre los cuatro señala que durante varios meses -fraguando tickets de pago por consumos de energía eléctrica, y en algunos casos también de agua, y a través de la confección de recibos truchos de "libre deuda"- estafaron a la CEAL y a comerciantes que les daban plata para cancelar las boletas de los mencionados servicios en los negocios que poseen.

Según ha podido determinarse, la maniobra delictiva permitió a los imputados recaudar en beneficio propio alrededor de 160 millones de pesos.

Los hechos que les atribuyen a los encausados implican también que sean considerados responsables de más delitos: falsedad de documento privado, uso de documento falso y estafas reiteradas

EL DATO

Para denegar la morigeración de prisión pretendida para González, en lo resuelto el juez Barberena hizo alusión también a la pena "en expectativa" que contempla el concurso de delitos que le siguen imputando a ese comerciante, al igual que "la modalidad de los hechos intimados". En ese sentido, el titular de Garantías 2 concluyó: "No corresponde en esta instancia, donde todavía resta la producción del juicio oral, la aplicación de una medida alternativa o morigerativa de la prisión preventiva".


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