13 de junio de 2025
Recibió una pena de tres años de prisión en suspenso. Lo decidido en esta primera instancia fue el resultado de un proceso tramitado ante uno de los tribunales orales con asiento en el Palacio de Justicia local. Según quedó probado, mediante tocamientos el encausado sometió en tres ocasiones a su hija, lo cual sucedió cuando la menor tenía entre 7 y 8 años de edad y se quedaba a dormir con él.
Un azuleño fue sentenciado a tres años de prisión de ejecución condicional, sanción surgida de la tramitación de un juicio abreviado donde fue declarado autor de tres hechos de abuso sexual que, según lo que se diera por demostrado, habían tenido como víctima a su hija biológica y sucedieron cuando esa nena tenía entre 7 y 8 años de edad.
Voceros judiciales señalaron a EL TIEMPO que el fallo con veredicto condenatorio para el imputado se dio a conocer el miércoles de la semana anterior.
Las mismas fuentes no revelaron la identidad del encausado para proteger a la de su hija y víctima de estos hechos, refiriéndose con relación al ahora condenado en esta primera instancia que se trata de un "empleado de comercio" que actualmente tiene 28 años de edad.
A través de lo señalado en lo resuelto, ese joven fue declarado autor de tres hechos cometidos en perjuicio de su hija, los cuales quedaron definidos por el delito de abuso sexual agravado por el vínculo.
Albano Gallicchio, el juez del Tribunal Oral en lo Criminal 2, intervino en este proceso. Y al declarado abusador de su hija, ese magistrado le dictó el mismo monto de pena que acordaran las partes que también intervinieron en este juicio abreviado: el fiscal Adrián Peiretti, titular de la UFI 13, y Emanuel Barrionuevo, el abogado que como Defensor Particular patrocinó al imputado.
"Atento a que se trata de la primera condena que registra, considero que la misma debe ser de cumplimiento condicional", señaló en el fallo el magistrado, quien dado el sistema de enjuiciamiento que el propio imputado escogió no puede -según lo establece el CPP- imponerle una pena mayor a la que acuerdan las partes intervinientes en un proceso de estas características.
Junto con esa pena de prisión en suspenso para el investigado, Gallicchio le impuso varias reglas de conducta que debe cumplir durante tres años para que no le sea revocada la condicionalidad de la sanción.
Esas obligaciones implican que el joven debe "fijar residencia", "someterse a la supervisión del Patronato de Liberados" y "abstenerse de relacionarse" con su hija y víctima de los abusos "salvo expreso consentimiento en contrario", puede leerse en lo decidido.
Además, como siempre sucede en esos casos, una vez que el fallo adquiera rango de firmeza al varón declarado autor de estos abusos se le deberán tomar muestras biológicas para que sea inscripto en el Registro Nacional de Datos Genéticos donde figuran personas que cometen delitos contra la integridad sexual.
Lo que se probó
Contando con las pruebas colectadas durante la instrucción penal que se llevara adelante por este caso, en el fallo del juicio abreviado se hizo mención a que el condenado en ese proceso abusó de su hija biológica "en fechas indeterminadas pero comprendidas entre mediados de marzo de 2023 y principios del mes de junio del mismo año".
Dos de esos hechos fueron situados como ocurridos en una vivienda y un tercero, en un departamento donde el encausado reside.
En ambos inmuebles el joven sometió sexualmente a su hija biológica menor de edad a través de tocamientos en las zonas íntimas, por debajo de su ropa.
La totalidad de los hechos, se menciona en un párrafo de lo resuelto, ocurrieron en las habitaciones de esas dos propiedades referidas, "en oportunidad en que ambos se encontraban acostados en la cama".
La madre de la nena, en junio de 2023, se convirtió en la denunciante de este caso de abuso sexual.
Según se describe en el fallo, lo primero que le llamó la atención a esa mujer -que está separada del encausado y nunca convivió con él- fueron unos dibujos que la niña había hecho.
Las ilustraciones eran compatibles, según se comprobaría después, con las situaciones de abuso que la menor sufría en esas oportunidades en que pasaba tiempo con su padre.
"Papá a veces no sé qué le pasa y me mete la mano en el culo cuando está dormido", le había dicho la nena a su mamá cuando -luego de ver los dibujos- comenzó a preguntarle qué sucedía con su padre cada vez que ella iba a visitarlo y pernoctaba con él.
La declaración de esa mujer fue valorada ahora como una prueba para ordenar la condena en este juicio abreviado del declarado abusador de su hija. Y de vital importancia resultó también, tanto para dar por demostrada la existencia de los hechos como la autoría del joven en los mismos, lo que la menor declarara cuando fue entrevistada en sede judicial, durante una audiencia desarrollada por medio de la Cámara Gesell.
"Sindica de manera directa al imputado, mencionando su nombre y que se trata de su padre biológico, como el autor de los abusos sexuales por ella sufridos, brindando un relato detallado, con lenguaje acorde, consistente en el tiempo, creíble y que se corresponde con la restante prueba reunida y con el relato replicado ante su progenitora, abuela, médica y psicólogas", escribió en lo resuelto el juez Gallicchio al aludir a lo que había sido el testimonio de la menor, recibido en sede judicial mediante la referida modalidad.
El dato
Contando también con lo pactado entre las partes, el Juez del TOC 2 que intervino en este proceso abreviado sólo valoró para el encausado una circunstancia y de tipo atenuante: que hasta el momento, considerando que este fallo con veredicto condenatorio para el joven azuleño aún no está firme, no registra antecedentes penales computables.
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