26 de junio de 2024
A la espera de que se consiga un cupo para su traslado a una unidad penal, permanece privado de la libertad en la Seccional Primera local de la Policía Bonaerense, luego de que su detención había sido ordenada por un juez Correccional para que comience a cumplir la mencionada condena.
Identificado como Juan Manuel Mendoza y de 34 años de edad, su detención se había hecho efectiva anteayer lunes en Azul por personal policial en el inmueble donde se domicilia.
La medida para el ahora penado había sido ordenada ese mismo día por el magistrado Héctor Rodolfo Torrens desde el Juzgado Correccional 2 con asiento en el Palacio de Justicia local.
En ese Juzgado el hombre que ahora está preso había sido condenado el pasado 27 de marzo a la mencionada pena de "ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento".
Específicamente, como autor de los delitos de "lesiones leves calificadas, amenazas y daño en concurso real de acciones" y, en el marco de otro hecho que cometiera y por el que también fuera juzgado, por "lesiones leves calificadas", según lo informado a EL TIEMPO.
Al haber adquirido rango de firmeza lo resuelto en ese proceso desarrollado en el Juzgado Correccional 2, su titular ordenó la inmediata detención del hombre para que comience a cumplir con la pena que le impusiera en marzo pasado.
Al mismo tiempo, ese magistrado rechazó un pedido formulado desde una Defensoría Oficial -la que está a cargo de Diego Prado- en favor del penado.
Esa solicitud consistía en que se suspendiera la ejecución de la pena para el hombre que ahora está preso y que pudiera cumplir dicha sanción mediante la modalidad de "semidetención con prisión nocturna domiciliaria".
Pero ese pedido no prosperó, teniendo en cuenta que "la pena de ocho meses de prisión efectiva impuesta al causante Juan Manuel Mendoza se encuentra firme y es plenamente ejecutable de la forma en que ha sido ordenada, no siendo posible la suspensión de la ejecución penal en los términos pretendidos", respondió el titular del Juzgado Correccional 2 a ese planteo.
Lo decidido al respecto, además, estuvo fundamentado en que la situación del hombre que ahora se encuentra privado de la libertad no encuadraba en ninguno de los supuestos que contempla la norma para que le fuera otorgado el beneficio que se pretendía.
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