27 de octubre de 2025
El encausado firmó un juicio abreviado y un juez lo sentenció a seis meses de prisión por este caso de violencia de género. La pena dictada es a cumplir porque registra una sanción anterior.
Voceros judiciales identificaron al encausado, actualmente en libertad, como Sergio Raúl Sarno, de 43 años de edad.
En el Juzgado Correccional 2 -a cargo del magistrado Héctor Torrens- se tramitó el juicio abreviado que en esta primera instancia derivó en la condena para ese azuleño, de ocupación "empleado" según se menciona en lo resuelto.
A escala penal fue declarado autor de "lesiones leves agravadas" por una agresión que cometiera en perjuicio de su expareja durante un incidente sucedido el 12 de noviembre de 2023, hecho por el cual la víctima posteriormente lo denunció.
Esa sanción de seis meses de prisión de cumplimiento efectivo dictada a Sarno obedeció a que ya registra un antecedente penal computable, el cual data de 2019, cuando en el mismo Juzgado Correccional donde ahora se tramitó este proceso abreviado había sido sentenciado a "tres años de prisión de cumplimiento condicional".
Aquel primer veredicto había sido anunciado el 23 de abril del año mencionado. Y semanas después el fallo adquirió rango de firmeza.
Dicha circunstancia fue valorada ahora como una agravante de esta nueva pena que le dictara en el juicio abreviado el magistrado Torrens al azuleño por la agresión a la mujer que año atrás había sido su pareja.
A través de lo convenido entre el fiscal Marcelo Fernández y Emanuel Barrionuevo, defensor Particular de Sergio Raúl Sarno, el monto de la pena de prisión a cumplir que el titular del Juzgado Correccional 2 le impuso al encausado fue el mismo que ambas partes acordaran, en la previa a que desde la Acusación fuera formulado el pedido para la sustanciación de este proceso.
Dicho trámite, a modo de "solución alternativa al debate", se había formalizado el pasado 9 de octubre y días atrás se conoció el veredicto condenatorio para el azuleño imputado.
"La pena acordada se ubica dentro de la escala sancionatoria prevista por el ordenamiento legal sustantivo para esa figura delictiva y la víctima, al momento de que se le hicieran saber los términos del acuerdo, no se opuso a su progreso por sí ni a través del Centro de Asistencia a la Víctima", señaló en el fallo el juez Torrens al declarar la "admisibilidad formal" de este juicio abreviado.
Agredió a su ex
Contando con las pruebas reunidas en la instrucción de la causa penal iniciada por este caso de violencia de género, a través de lo resuelto se probó que el ya mencionado 12 de noviembre de 2023 el imputado "agredió físicamente a su expareja".
Aquel incidente, ocurrido alrededor de la hora 6:30, tuvo como escenario una casa de Azul donde la víctima -que desde meses antes estaba separada del encausado- se domiciliaba.
"Sergio Raúl Sarno agredió físicamente a su expareja, que se encontraba recostada en su habitación, destapándola y tomándola del cuello, subiéndose encima de ella en la cama", ocasión durante la cual la increpó y la insultó.
Si bien la víctima logró llegar hasta la cocina, en ese sector de la vivienda el condenado en este proceso abreviado la tomó de los pelos y la hizo caer al suelo, para después comenzar a "propinarle puntapiés y golpes de puño en los brazos" que a la mujer le provocaron lesiones leves.
Sucedida aquella situación "en un contexto de violencia de género", la denuncia realizada en sede policial por la damnificada derivó en la tramitación del sumario penal que ahora se tradujo en el dictado de un veredicto condenatorio para el todavía encausado.
Aquel día en que fuera agredida, contó también la víctima, ella había ido a bailar y al regresar a su casa se hizo presente Sarno, protagonizando instantes más tarde el referido incidente.
Ambos ya habían cortado la relación que mantuvieron para la fecha en que este caso de violencia de género sucedió.
En la denuncia que hiciera contra su ex, la víctima afirmó también que ese vínculo entre ambos estuvo marcado "por la violencia psicológica y física". Y que cuando ella fue agredida estaba enterada de que Sarno "ha tenido otros hechos de violencia con otras mujeres y que está firmando en el Patronato".
No bien denunciara a su agresor, al hombre condenado en este juicio abreviado le había sido dictada una manda judicial de "prohibición de acercamiento y comunicación" hacia ella.
"Teniendo en cuenta la calificación legal, la modalidad de comisión del hecho, la inexistencia de atenuantes, la agravante referida y el imperativo legal (artículo 399 del Código Procesal Penal, que impide aplicar un monto punitivo mayor al pactado por las partes) resulta necesario convalidar el acuerdo alcanzado e imponer al imputado Sergio Raúl Sarno la sanción de seis meses de prisión, que deberá ser de cumplimiento efectivo en razón de los antecedentes penales que registra", escribió el juez Torrens en el fallo.
El Defensor Particular del encausado señaló hoy lunes a este medio que en los próximos días tiene previsto formalizar un recurso de apelación ante la Cámara Penal departamental, en busca de que sea revocado este fallo de primera instancia para su cliente, considerando que de adquirir firmeza en todos sus términos lo decidido eso implicará que su representado vaya a prisión para cumplir con la pena dictada.
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