Locales
Este martes en el Colegio de Escribanos, se llevó a cabo la firma de consolidaciones de viviendas, en el marco de la Ley Nacional de Regulación Dominial Nº 24.374.
3 de septiembre de 2024
En la oportunidad, las y los vecinos que firmaron la escrituración de su hogar fueron Amelia Cosentino, Alberto Etchepare, Cristian Montes de Oca, Jaqueline Mercapide y Farina Baigorria.
Cabe señalar que las personas mencionadas iniciaron, tiempo atrás, los trámites correspondientes a la escrituración y obtuvieron un acta de constatación de cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente, lo cual les permitió avanzar a esta instancia.
Sobre la Ley Pierri
En este marco, se informa que la Ley Pierri en su primer artículo sostiene que "gozarán de los beneficios de esta ley los ocupantes que, con causa lícita, acrediten la posesión pública, pacífica y continua durante tres años con anterioridad al 1° de enero de 2009, respecto de inmuebles edificados urbanos que tengan como destino principal el de casa habitación única y permanente, y reúnan las características previstas en la reglamentación".
Al respecto, en su segundo artículo indica que podrán ser beneficiaros de la misma "ocupantes originarios del inmueble; el cónyuge supérstite y sucesores hereditarios del ocupante originario que hayan continuado con la ocupación del inmueble; las personas, que sin ser sucesores, hubiesen convivido con el ocupante originario, recibiendo trato familiar, por un lapso no menor a dos años anteriores a la fecha establecida por el artículo 1º, y que hayan continuado con la ocupación del inmueble; y los que, mediante acto legitimo fuesen continuadores de dicha posesión".
En tanto, en su artículo cuarto la normativa señala que "quedan excluidos del régimen de la presente ley los propietarios o poseedores de otros inmuebles con capacidad para satisfacer sus necesidades de vivienda; y los inmuebles cuyas características excedan las fijadas en la reglamentación".
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