23 de marzo de 2026
El encausado era empleado del SPB cuando por estos hechos había sido detenido en Barker. Permanece privado de su libertad desde abril de 2022. Pero ahora, ya condenado en una primera instancia. El veredicto se anunció desde el Tribunal 1 de Azul, escenario del debate al que fuera sometido el imputado.
Luego de la realización de un juicio oral un hombre fue declarado autor de hechos de abuso sexual en perjuicio de dos menores de edad y sentenciado a quince años de prisión.
El fallo con veredicto condenatorio para el encausado, informaron fuentes judiciales a EL TIEMPO, se anunció este jueves que pasó.
El debate se había desarrollado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 que tiene su sede en el primer piso del Palacio de Justicia de Azul y contó con la intervención del juez Joaquín Duba.
David Carballo fue el fiscal del juicio y quien también llevó adelante las instrucciones de las causas penales iniciadas por estos hechos; mientras que durante la tramitación del proceso y en el debate al condenado lo patrocinaron como defensores particulares los abogados Jorge Dames y Fernando Vallejos.
Luis Alberto Ulloa, un empleado del Servicio Penitenciario Bonaerense oriundo de Tandil y con último domicilio en Barker -la localidad perteneciente al Partido de Benito Juárez-, se llama el encausado.
Actualmente de 45 años de edad, por estos hechos de abuso sexual que hace cuatro días derivaron en que resultara condenado en una primera instancia había sido detenido en abril de 2022, durante un procedimiento que personal policial realizara en la localidad de Barker.
"Abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda reiterados en concurso ideal con corrupción de menores agravada por ser el autor encargado de la guarda" -en el caso de una de las víctimas- y "abuso sexual simple reiterados", respecto de la otra menor, fueron los delitos por los cuales el juez Duba declaró a Ulloa autor. Por esos hechos, que cometiera "en concurso real de acciones", el penitenciario recibió la ya mencionada condena a quince años de prisión que actualmente lo tiene en una cárcel.
Tal como sucede con este tipo de hechos, una vez que quede firme lo resuelto al declarado abusador de las menores se le deberán tomar "muestras o evidencias biológicas" para que figure inscripto en el Registro Nacional de Datos Genéticos donde figuran personas que cometen delitos contra la integridad sexual.
Dos menores, abusadas
A través de lo mencionado en el fallo de este debate se señala que uno de los casos de abuso sexual por los que Ulloa fue condenado tuvo como víctima a una chica que tenía entre diez y doce años de edad para cuando aquellos episodios sucedieron.
Ubicados "entre los días 14 de agosto de 2018 y el 12 de agosto de 2021", en el juicio oral se probó que el encausado "abusó sexualmente en reiteradas oportunidades" de esa menor.
Los interiores de un club que está en Barker y que el encausado presidía, de dos vehículos automotores y del inmueble donde residía en esa localidad para cuando resultara detenido años atrás fueron los lugares donde sometió a una de las menores, según se señala en lo resuelto.
A esa chica, en algunas de las ocasiones mencionadas, el penitenciario logró también accederla carnalmente.
"Los actos descriptos y realizados por esta persona resultaron aptos -por las circunstancias de su realización, la reiteración de los mismos y la edad de la víctima- para promover o facilitar la corrupción de la menor, alterando su bienestar psíquico y la normal formación de la sexualidad en una persona en proceso de crecimiento", escribió el Juez azuleño que lo terminó sentenciado a Ulloa a esos quince años de prisión.
El penitenciario también había sido denunciado por abusar de otra menor. En el marco de la causa penal iniciada por ese caso, en el juicio se probó que a esa chica -"en fecha indeterminada, pero ubicable entre los días 2 de marzo de 2021 y el 11 de noviembre de 2021"- también la sometió a situaciones de violencia sexual en ese club de Barker donde hiciera lo mismo con la otra víctima.
Para cuando esos hechos ocurrieron la nena tenía diez años de edad. Y el penitenciario la sometió "mediante tocamientos" en diferentes partes de su cuerpo, además de besarla y convertirla en víctima de mas situaciones de índole sexual.
En ese referido lapso de tiempo, de esa menor -según se dio por probado en el juicio- Ulloa también "abusó sexualmente en reiteradas oportunidades" en la casa donde ella vivía, ubicada en la localidad de Villa Cacique, Partido de Benito Juárez.
A modo de evidencias para dar por demostradas las existencias de estos abusos en el fallo se hizo mención a lo que ambas menores declararan, en ocasión de que les fueran recibidas respectivas declaraciones bajo la modalidad de Cámara Gesell.
"A pesar de sus condiciones de víctimas, me resultaron absolutamente creíbles", sostuvo el juez Duba sobre lo contado por las dos.
"Las manifestaciones de ambas víctimas son de fundamental trascendencia, debiéndose relacionarlas con los testimonios de aquellas personas que, por ser de sus entornos y familiares o profesionales que las asistieron, recibieron de ellas el relato directo de la sucedido y las corroboraron", agregó el Juez del TOC 1 en el fallo.
La "ausencia" de antecedentes penales computables que hasta el momento Ulloa registra, teniendo en cuenta que este fallo todavía no está firme, se valoró como una atenuante a la pena dictada en este juicio oral; mientras que fueron situaciones potenciadoras de esa sanción que recibió "la corta edad de las víctimas al momento de ocurrencia de los sucesos y la reiteración de los hechos en el tiempo".
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