FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

Por haber lesionado a un agente de la comuna ahora cumple "medidas de conducta de integración social"

Esas obligaciones, por el plazo de un año, se las dictó una jueza al autor de este hecho sucedido en septiembre pasado. Siendo menor de edad, el azuleño condenado en este proceso manejaba una moto con la que había atropellado a la víctima. Aquel incidente se produjo cuando policías y personal de la Municipalidad de Azul realizaban un operativo de tránsito en cercanías al Parque, sobre la calle Colón. El joven, que actualmente tiene 18 años, fue declarado autor del delito de "lesiones culposas" y no de un intento de homicidio, el ilícito por el que había sido procesado.

13 de junio de 2021

Un año de "medidas de conducta de integración social" está cumpliendo actualmente un joven que en septiembre de 2020, siendo menor de edad, atropelló con la moto que conducía a un agente municipal, provocándole graves lesiones en una de sus piernas durante lo que había sido aquel hecho, sucedido cuando personal de la comuna de Azul y efectivos policiales llevaban a cabo un control de tránsito vehicular sobre la calle Colón entre Avenida Perón y Olavarría.

La sanción al declarado autor de aquel incidente, tras la tramitación de un juicio abreviado, le fue impuesta por la magistrada Virginia Florencia Giombini, actual titular del Juzgado de Garantías del Joven con asiento en Tandil perteneciente al Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil departamental, informaron voceros judiciales a EL TIEMPO.

Luego del acuerdo entre las partes para la tramitación de este juicio abreviado -representadas en este caso por la fiscal Mariela Viceconte y la defensora Oficial Laura Serradell, funcionarias ambas pertenecientes también al Fuero de Menores- el joven que conducía la motocicleta con la que había atropellado al agente municipal fue declarado en lo dispuesto autor del delito de lesiones culposas.

A diferencia de lo sostenido desde la Acusación y a lo acordado, en la previa a que fuera solicitada la realización de este proceso, con la Defensa del azuleño ahora condenado, en lo resuelto por la magistrada hubo un cambio de calificación. Y eso significó que el conductor de la motocicleta resultara sentenciado por la comisión de un delito menos gravoso.

No bien la fiscal Mariela Viceconte comenzara a instruir esta investigación penal desde la UFI 17 a su cargo en Azul, al joven -que para cuando el hecho se produjo tenía 17 años- que había atropellado al agente municipal lo consideró autor de un "homicidio en grado de tentativa", calificación que recién se modificó con la resolución de este juicio abreviado.

Pero hasta que eso sucediera había implicado -por ejemplo- que cuando a principios de diciembre pasado la Cámara Penal confirmara la prisión preventiva del por entonces encausado, una medida cautelar que cumplía bajo arresto domiciliario, esa figura penal que le atribuían en carácter de autor también fuera ratificada. Y del mismo modo ocurrió cuando las partes acordaron la realización del juicio abreviado que ahora derivara en la condena para el joven azuleño a esa pena ya referida de un año de "medidas de conducta de integración social".

Más allá del cambio de calificación otorgado a lo sucedido, la Jueza que intervino en este proceso le dictó al conductor de la moto la misma sanción que la Fiscal y la Defensora Oficial habían pactado.

Pero valorando diferentes elementos de prueba incorporados a lo que había sido la instrucción del sumario penal, la magistrada que condenó al joven azuleño -que actualmente tiene 18 años- descartó que haya tenido intenciones de matar al agente municipal cuando aquella tarde del 13 de septiembre del año pasado lo había atropellado con la moto que guiaba, vehículo en el que iba acompañado por su novia menor de edad.

"No encuentro a mi juicio probado, con el grado de certeza plena que se exige en esta etapa, el elemento subjetivo típico de la figura legal con la que se ha pretendido encuadrar la conducta del joven, ni siquiera en carácter de dolo eventual", escribió la jueza Giombini en el fallo.

Más allá de esa conclusión, la magistrada definió como "imprudente y despreocupada en cuanto al cumplimiento de las normas" a la conducta desarrollada por el joven al momento de atropellar con la moto al agente municipal; aunque ese accionar -sostuvo también- estuvo carente de la "intención de provocar el resultado muerte".

"Resulta palmaria la configuración del tipo culposo de las lesiones provocadas", concluyó la Jueza sobre lo sucedido, para después pronunciarse a favor de modificar la calificación que tenía esta causa penal, indicando además que persistía en el hecho un estado de duda -favorable al encausado- con relación a esa supuesta intención de matar, valiéndose de la moto en la que se trasladaba, al agente municipal que resultara herido.

El hecho

El domingo 13 de septiembre del año pasado, en horas de la tarde, el joven condenado en este juicio abreviado conducía por la calle Colón un ciclomotor marca Brava -modelo "Nevada" y de 110 cc- en el que iba acompañado por su novia, que en ese entonces tenía 15 años.

Sobre la calle ya referida, en la cuadra comprendida por Avenida Perón y Olavarría, efectivos policiales y personal de la Municipalidad de Azul estaban llevando adelante un control de tránsito vehicular.

Cuando le fue ordenado al ahora condenado que detuviera la marcha de la moto en la que andaba con su novia, "hizo caso omiso a las señales de tránsito impartidas por los agentes policiales", se menciona en el fallo con relación a las características que tuvo aquel hecho. E inmediatamente después con la moto -"manteniendo la velocidad en la que circulaba"- atropelló a Lucio Castiglione, la víctima de este grave incidente.

Ex Director de Tránsito y actualmente a cargo del Área de Inspección General, Bromatología y Estacionamiento Medido de la Municipalidad, cuando resultó gravemente herido al ser embestido por el joven que guiaba la moto Castiglione estaba participando en el operativo que de manera conjunta llevaban a cabo efectivos policiales y los empleados de la comuna local.

Un severo corte en una de sus piernas, además de diferentes traumatismos en la cabeza y el cuerpo, derivaron en que ese domingo en que el agente municipal fue atropellado tuviera que ser trasladado al Hospital Pintos, donde estuvo internado hasta el día siguiente.

En el centro asistencial municipal habían tenido que darle 28 puntos de sutura por un profundo corte que presentaba en su pierna derecha, la lesión más grave que sufriera a causa de este hecho que lo tuvo como víctima.

Luego de que el joven lo atropellara con la moto y lo tirara al piso, tanto él como su novia embistieron con el rodado un árbol y posteriormente también se cayeron, todo lo cual había quedado registrado a través de las cámaras del Centro de Monitoreo de la Municipalidad de Azul que están instaladas en ese sector de la ciudad cercano al Parque donde el incidente se produjo.

Cuando el azuleño atropelló al agente municipal con intenciones de esquivar el control de tránsito que se estaba llevando a cabo, la moto que guiaba no tenía patentes. Además, el joven carecía de licencia de conducir y, al igual que su novia, no llevaba casco colocado.

La condena que está cumpliendo por lo sucedido hace que actualmente tenga que respetar una serie de obligaciones que le fueron dictadas en el marco de esas "medidas de conducta de integración social" impuestas por el plazo de un año.

En este caso en particular, esas pautas consisten en fijar domicilio, del que no puede ausentarse por más de 24 horas "sin dar previo aviso al Juzgado"; someterse al control del organismo estatal encargado de verificar el acatamiento de este tipo de sanciones; aportar y mantener actualizado su número de teléfono celular; no acercarse a la víctima; no abusar del alcohol y abstenerse de consumir estupefacientes.

EL DATO

Teniendo en cuenta lo considerado por las partes al momento de resolver esta causa penal mediante la realización de un juicio abreviado, la Jueza que condenó al joven valoró sólo una circunstancia, y de tipo atenuante, en esa sanción que le impuso: su minoría de edad al momento de cometer el hecho, "lo que implica -según se menciona en el fallo- un menor poder de autodeterminación y un menor grado de madurez emocional respecto del adulto".



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