3 de octubre de 2012
LO CONDENARON AYER
La pena le fue impuesta a un albañil que en mayo del año pasado, a mano armada y en compañía de un cómplice, cometió un violento asalto en un local comercial de Olavarría. En el fallo de este juicio que tuvo como escenario el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul, el imputado fue hallado autor penalmente responsable del delito ?robo calificado mediante el empleo de un arma?.
Un juicio oral realizado en un Tribunal local finalizó ayer con una condena a cinco años de prisión para un joven que fuera hallado autor de un robo ocurrido en un local comercial de Olavarría en mayo del año pasado, informaron fuentes judiciales.
Luego de que durante el transcurso de la semana anterior, en la primera de las audiencias vinculadas con este juicio desarrollado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul, declararan testigos y se formularan los alegatos de las partes, ayer -en horas del mediodía- se anunció el fallo con veredicto condenatorio para el imputado, en lo que fue la continuación de este proceso judicial.
El joven, un albañil oriundo de Olavarría de 22 años de edad e identificado por voceros del TOC 2 como Alejandro Diego E. Pais, fue hallado autor penalmente responsable del delito de robo calificado mediante el empleo de un arma, lo que derivó en que le impusieran la ya mencionada pena de cinco años de prisión.
El asalto
En forma unipersonal, el juez Gustavo Abudarham fue quien intervino en este juicio oral.
El magistrado, al momento de dar por acreditada la existencia del hecho por el que el albañil resultara condenado, refirió que el robo se produjo el 29 de mayo del año pasado. Aquel día, siendo alrededor de la hora 21, quedó probado que Pais, acompañado por un menor, cometió el episodio delictivo en un polirrubros que está sobre la Avenida Sarmiento de Olavarría.
En el lugar, ?previo reducir a la dueña del local, a una empleada y a cuatro clientes ocasionales?, uno de los asaltantes ?intimidó, exhibiendo un arma de fuego tipo pistola de color gris, cuya aptitud para ser utilizada ofensivamente no se ha acreditado, a la dueña del local?, escribió el juez Abudarham. Además, el sujeto que estaba armado golpeó con la pistola a un cliente en la cabeza.
Aquella noche el robo consistió en la sustracción de 200 pesos en efectivo que había en la caja registradora. Mientras uno de los asaltantes se apoderaba del dinero, el otro se llevó varios relojes, anillos, aros, paquetes de cigarrillos y tarjetas de celulares que sustrajo luego de romper el vidrio de una vitrina. Posteriormente, ambos se dieron a la fuga del lugar escenario de este robo a mano armada, no sin antes amenazar a sus víctimas con matarlos si daban aviso de lo ocurrido a la Policía.
Uno de los elementos que sirvieron para demostrar la autoría en el hecho del joven juzgado en este debate tuvo que ver con la identificación que en la sala del TOC 2 hicieron de él testigos que declararon y aquel día fueron víctimas de este robo.
EL DATO:
Como agravantes a la pena que le impuso al encausado, el juez Abudarham no valoró ninguna circunstancia. Al respecto, descartó la nocturnidad mencionada por el fiscal del juicio, ya que más allá de la mención a esa cuestión el representante del Ministerio Público ?no ha demostrado de qué manera esa circunstancia facilitó la comisión del hecho?. Tampoco tuvo en cuenta que el hecho haya sido cometido en compañía de un menor, ya que en el debate no surgió la edad que tenía el otro autor de este robo agravado. Y también, el magistrado desestimó como otra agravante la ?lesividad del accionar del imputado? al atacar a uno de los clientes presentes en el comercio. ?Las lesiones que (el cliente) sufrió, un corte en el cuero cabelludo provocado con el arma, se enmarcan dentro de la violencia física contra las personas, contenidas en el tipo penal del robo?, sostuvo el juez del Tribunal 2.
Ferias, presentaciones y más arte con música en el Centro de Interpretación y en la Portada del Cementerio de Azul.
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