27 de junio de 2024
El Ministerio de Capital Humano intentó reflotar una ley de 1944 y exige una matrícula para periodistas y empresas; después de unas horas, retiró el carácter de "obligatorio" y borró el tuit original.
El gobierno de Javier Milei intentó avanzar con la la matriculación para ejercer el periodismo en el país, pero horas después retiró el carácter de "obligatorio" y borró el tuit original.
"Si sos periodista profesional podés obtener la Matrícula Nacional de Periodistas de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social", rezaba un posteo del Ministerio de Capital Humano, encabezado por Sandra Pettovello, que a su vez remite al sitio Argentina.gob.ar, en el que establece que la obtención de la matrícula es "obligatoria", dirigida a "periodistas profesionales que realicen en forma regular, mediante retribución pecuniaria, las tareas que les son propias en publicaciones diarias, o periódicas y agencias noticiosas. Tales el director, codirector, subdirector, jefe de redacción, secretario general, secretario de redacción, prosecretario de redacción, jefe de noticias, editorialista, corresponsal, redactor, cronista, reportero, dibujante, traductor, corrector de pruebas, reportero gráfico, archivero y colaborador permanente".
Allí también quedaba establecido que están incluidas en la normativa "las empresas radiotelefónicas, cinematográficas o de televisión que propalen, exhiban o televisen informativos o noticias de carácter periodístico, y únicamente con respecto al personal ocupado en estas tareas".
Antes de las 10, el carácter de obligatorio del trámite fue eliminado de la página oficial, que también desapareció por completa minutos después. También fue dado de baja el tuit original, mientras que el vocero presidencial, Manuel Adorni, no dará este jueves su habitual conferencia de prensa.
En cuanto a los requisitos para la entrega de la credencial habilitante, de dos años de duración y que a todas luces pretende regular la actividad periodística a través de la Secretaría de Trabajo, se requiere completar un formulario, exhibir un certificado de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, presentar una certificación de aportes provisionales de trabajador autónomo extendida por un contador, y acreditar al menos dos años en la profesión, con los aportes jubilatorios al día. (DIB)
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