8 de enero de 2021

PAIS

PAIS. El Gobierno estableció nuevos "indicadores de riesgo" y facultó a gobernadores para que restrinjan circulación

Nación definió los "indicadores de riesgo" y los mandatarios provinciales serán quienes deberán adaptarlos de acuerdo a la situación y características de cada jurisdicción.

El Gobierno nacional anunció el establecimiento de nuevos "indicadores de riesgo" para que los gobernadores puedan tomar medidas que restrinjan la circulación en caso de ser necesario ante la suba de casos.

Lo hizo a través de la reglamentación del artículo cuarto del DNU del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio en el que se delega la facultad a los mandatarios provinciales para tomar restricciones de horarios o de circulación.

"Hay cuestiones culturales, climáticas, que tienen que ver con adaptar medidas de alineamiento nacional a las jurisdicciones. Lo que se hace a nivel nacional es fijar pautas y alertas sobre riesgos futuros", explicó el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero en conferencia de prensa.

"Hoy los gobernadores ya están facultados a adoptar medidas y lo que estamos haciendo es describiendo cuál es el detalle de peligro del aumento de casos que está surgiendo en muchas provincias de nuestro país", aseguró Cafiero.

"Tenemos zonas donde efectivamente ya es visible este aumento de casos y donde es visible el cumplimiento de estos parámetros de riesgo, como Mar del Plata y Pinamar", agregó.

Nuevos indicadores

Los dos parámetros de riesgo que deberán tener en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación:

- Cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20 (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra)

- Cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150

En función de estos indicadores, el Gobierno Nacional solicita a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna. El ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señaladas.

El ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras.

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