17 de septiembre de 2025
Ambos encausados siguen cumpliendo arresto domiciliario. Uno fue sentenciado a cuatro años y siete meses de prisión porque también un juez lo declaró autor de tres estafas. Y el otro hombre recibió, pero sólo por el delito de "tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización", una pena de cuatro años y cuatro meses de prisión. La Policía los había aprehendido en febrero de 2022, cuando se trasladaban en un auto y tenían pequeñas dosis de cocaína para la venta.
Dos hombres que fueron condenados por una infracción a la Ley 23.737 continúan cumpliendo arresto domiciliario en las viviendas de Azul donde residen.
Luego de la tramitación de un juicio abreviado, uno de ellos fue sentenciado a cuatro años y siete meses de prisión y el otro, a cuatro años y cuatro meses de prisión.
A través de lo resuelto fueron identificados respectivamente como Carlos Gastón Ezequiel Rivarola -de ocupación transportista, oriundo de Olavarría y de 41 años de edad- y Elián Augusto Ubiría, un deportista nacido en La Plata que tiene 34 años.
Los veredictos condenatorios para los dos surgieron de un proceso sustanciado ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 2, el cual contó con la intervención del magistrado Albano Gallicchio, de acuerdo con lo informado a EL TIEMPO.
Rivarola recibió una pena más elevada porque también fue declarado autor de tres estafas que cometiera con cheques sin fondos, según se refiere en lo decidido.
De esa manera, fue declarado autor de los delitos de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización y estafa; mientras que en el caso de Ubiría la pena que recibió estuvo sólo vinculada con la ya mencionada infracción a la Ley 23.737.
Aprehendidos
La investigación penal por drogas que involucra a ambos encausados se había comenzado a desarrollar el 2 de febrero de 2022.
Aquel día, alrededor de la hora 20:30 un procedimiento realizado por agentes de la DDI Azul derivó en las aprehensiones de los dos, medidas concretadas en momentos que se trasladaban en un Toyota Corolla.
Ese auto fue interceptado por personal policial sobre la prolongación Norte de la calle Las Flores, cuando lo guiaba Rivarola y era acompañado por el otro hombre condenado en este proceso abreviado.
En aquel entonces, ambos encausados "poseían bajo su guarda y disposición con fines de comercialización" -se refiere textualmente en lo resuelto- estupefacientes.
El conductor del Corolla tenía dos envoltorios de nylon con cocaína; mientras que Ubiría poseía tres más, que pesaron en total más de seis gramos y contenían también clorhidrato de cocaína.
A ambos varones, cuando fueron aprehendidos, les incautaron sus celulares y dinero en efectivo.
En el caso del hombre nacido en Olavarría, en su poder los policías recogieron también durante aquel procedimiento un cuaderno y cuarenta municiones calibre 22; mientras que al otro imputado le secuestraron una balanza digital.
En el marco de la investigación penal iniciada, en los teléfonos secuestrados en poder de los condenados en este proceso, una vez analizados, se hallaron comunicaciones que sirvieron para demostrar que la droga que ambos poseían era para comercializar al menudeo.
Tres estafas
Con relación a Carlos Gastón Ezequiel Rivarola, el juicio abreviado que firmó derivó en que, además de por la infracción a la Ley 23.737, resultara condenado por tres estafas que cometiera.
Esas maniobras de defraudación están situadas como ocurridas en Azul.
En perjuicio de un vecino que le vendió cuatro ruedas y de dos comerciantes -uno de ellos dueño de un lubricentro y el otro, de una bicicletería-, respectivamente sucedieron durante enero y febrero de 2015 y "entre los meses de julio y agosto de 2018".
Al igual que a ese hombre al que le compró las ruedas, a los dos comerciantes el encausado estafó -según se señala en lo resuelto- pagándoles con cheques sin fondos diferentes artículos que les había adquirido.
"Dada las características de los hechos y de conformidad al acuerdo al que han arribado las partes en cuanto a la calificación otorgada a los mismos, la especie, monto de la pena y modalidad de cumplimiento, con más el imperativo legal que impide aplicar un monto punitivo mayor al pactado y modificar el modo de cumplimiento de la pena (salvo en beneficio del incuso), estimo que corresponde condenar a Carlos Gastón Ezequiel Rivarola a la pena única de cuatro años y siete meses de prisión y multa por resultar autor penalmente responsable del delito de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización y estafa", escribió el juez Gallicchio en lo resuelto. Una decisión que incluyó que el otro imputado por la infracción a la Ley 23.737, Elián Augusto Ubiría, recibiera "la pena de cuatro años y cuatro meses de prisión" y que también le fuera fijado el pago de una multa, tras haber sido valorado para ese hombre -a modo de circunstancia atenuante a la sanción dictada- su "buen concepto".
El dato
El fiscal Adrián Peiretti intervino en este juicio abreviado, cuyo fallo se anunció el jueves pasado. En tanto, a Rivarola lo patrocinó el abogado Walter Gamón; mientras que Ubiría fue representado por una defensora Oficial: Adriana Hernández.
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