15 de septiembre de 2025

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO . Por agredir varias veces a su expareja un azuleño cumple dos años de prisión

Está en la Unidad 38 de Sierra Chica, luego de que días atrás fuera sentenciado en primera instancia a esa pena, de tipo única porque ya registraba más condenas. Los hechos de violencia de género que el encausado cometió en reiteradas ocasiones, a través de los cuales convirtió en víctima a la madre de sus hijos, sucedieron durante los dos primeros meses de 2024. Y el episodio más reciente data del 15 de febrero de este año, tres días antes de que lo detuvieran.

Una pena única de dos años de prisión de efectivo cumplimiento le fue dictada a un azuleño que firmó un juicio abreviado donde resultó condenado por diferentes hechos de violencia de género que tuvieron como víctima a la mujer que había sido su pareja.

En lo resuelto el encausado fue identificado como Leonardo Agustín Escobar.

De 30 años de edad, está preso en la Unidad 38, una de las cárceles del complejo penitenciario situado en la localidad olavarriense de Sierra Chica.

Además de la referida pena única, por los hechos tratados en el juicio abreviado -cuyo fallo se conoció días pasados- Escobar recibió "un año y seis meses de prisión efectiva". Y como registraba otra pena, también de tipo única pero a nueve meses de prisión en suspenso, esa condicionalidad le fue revocada al serle dictada la ya referida sanción, que lo tiene actualmente en una de las cárceles de Sierra Chica.

El juicio abreviado que se tradujo en la imposición de este nuevo veredicto condenatorio para el azuleño se había tramitado ante el Juzgado Correccional 2 que en el Palacio de Justicia local está a cargo del magistrado Héctor Torrens. Y en representación de las partes intervinieron en ese proceso el fiscal Marcelo Fernández y la defensora Oficial Mariana Mocciaro.

En esta primera instancia, el hombre declarado autor de los hechos de violencia de género recibió las mismas penas que habían sido pactadas entre el representante de la Acusación y la Defensora Oficial que lo patrocinó.

Amenazas, lesiones leves agravadas -tres hechos-, daño y desobediencia en concurso real fueron los ilícitos por los que resultó condenado el imputado, surgidos todos ellos de una de las causas penales tratadas en este proceso. Y por otro de los sumarios que aún lo tiene también como acusado, en el juicio abreviado fue declarado autor de lesiones leves agravadas.

En el fallo se señala que la totalidad de los delitos mencionados Escobar los cometió "en concurso real entre sí".

Lo "convenido por las partes, la calificación legal y la modalidad de comisión de los múltiples hechos" derivaron en que el magistrado Torrens dictara para el imputado las ya referidas penas. Y en lo decidido, el titular del Juzgado Correccional 2 hizo alusión también "al imperativo legal" referido en la norma relacionada con las tramitaciones de los juicios abreviados, que le imposibilita a un juez imponerle a un acusado una sanción mayor a la acordada entre el representante de la Acusación y su Defensa.

La anterior condena que Escobar registraba se la había impuesto el mismo magistrado que ahora volvió a juzgarlo. Databa del 30 de septiembre de 2022, cuando ese azuleño recibió -al igual que ahora- una pena única de nueve meses de prisión en suspenso como autor de otros delitos.

Para esa época el encausado ya poseía una primera condena, la cual le fuera dictada desde el Juzgado Correccional 1 el 26 de septiembre de 2020. También, a una pena de prisión de ejecución condicional.

Varias agresiones, la misma víctima

A través de la causa principal tratada en este juicio abreviado se dio por demostrado que Leonardo Agustín Escobar convirtió en víctima de una de las agresiones a la mujer que fue su pareja el 19 de enero del año pasado.

En una vivienda de esta ciudad, aquel día "deliberadamente" atacó a esa joven, "propinándole golpes" en diferentes partes del cuerpo que le causaron lesiones "calificadas legalmente como leves".

Cinco días más tarde, el 24 de enero de 2024, en horas de la noche el encausado cometió otro hecho de violencia de género en perjuicio de esa joven.

El episodio se produjo cuando se hizo presente en una casa donde su expareja se encontraba, para agredirla nuevamente. Aquella vez, "propinándole un golpe de puño en la mejilla y en la zona del oído".

Pero no todo finalizó ahí ese día, ya que "momentos más tarde", cuando la víctima concurrió al inmueble donde había convivido con Escobar, el condenado en este proceso abreviado la golpeó otra vez en su oído izquierdo, causándole más lesiones leves.

La situación implicó que el encausado también le expresara a su ex que "cuando la cruzara en la vía pública la iba a golpear, con la intención de amedrentarla", se menciona en el fallo.

A través de lo resuelto el juez Torrens concluyó que la totalidad de estos hechos mencionados sucedieron "en un contexto de maltrato habitual y violencia de género" al que Escobar tuvo sumida a la víctima.

Días más tarde a ocurridas aquellas agresiones, el azuleño encausado volvió a atacar a su expareja, según se menciona en el fallo.

Ese hecho ocurrió en horas de la tarde del 13 de febrero de 2024, cuando la víctima se trasladaba en bicicleta y su ex la interceptó a la altura de la calle Rivas de esta ciudad.

En aquel entonces "comenzó a insultarla" y después le arrebató su teléfono celular.

Tal accionar implicó que la joven se cayera de esa bicicleta en la que andaba, lo que hizo que sufriera una lesión leve en una de sus piernas.

La mujer intentó recuperar su teléfono, pero Escobar arrojó el móvil contra el suelo para que su pantalla se rompiera.

En esa época estaba vigente para el hombre que ahora está preso una manda judicial que le prohibía contactarse por cualquier medio con la víctima, al igual que acercarse a ella.

La perimetral, el 25 de enero de 2024, se la había dictado el juez de Garantías Juan José Suárez. Mismo magistrado que en febrero pasado ordenara la detención del azuleño condenado en esta primera instancia.

Escobar vulneró esa medida cautelar aquel 13 de febrero del año anterior en que, nuevamente, atacó a su ex. En aquella oportunidad, cuando ella iba transitando en bicicleta por la vía pública.

En tanto, la causa acumulada tratada también en este juicio abreviado lo tuvo al azuleño que sigue privado de la libertad en la Unidad 38 del SPB protagonizando otro hecho de violencia de género en perjuicio de su expareja el 15 de febrero pasado.

Alrededor de la hora una de aquel día, mientras la joven y el encausado estaban juntos en la casa donde Escobar vivía, cuando ella le dijo que se quería ir "comenzó a agredirla físicamente".

De esa manera, "le propinó golpes de puño en distintas partes del cuerpo", provocando así que la mujer cayera, "se golpeara la cabeza con un mueble" y que "perdiera el conocimiento por unos instantes".

Por ese ataque la víctima de estos hechos posteriormente tuvo que recibir asistencia en el Hospital Pintos, ocasión durante la cual le suturaron la parte de la cabeza que tenía cortada.

El dato

También contando con lo acordado entre las partes, los antecedentes que Escobar registra fueron valorados por el Juez Correccional que días atrás volvió a condenarlo como una circunstancia potenciadora de esa pena única que le dictó y lo tiene encarcelado.


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