1 de noviembre de 2015
La Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la provincia de Buenos Aires, a través de la Casa de Tierras de Azul a cargo de su jefe regional, Raúl Omar Kolman, informó a los vecinos de Azul que la regularización dominial es un derecho creado y contemplado por la Ley 24.374, el cual es implementado en este partido de Azul por el R.N.R.D nro. 1, a cargo de la escribana Marcela Voiscovich.
Se trata de un régimen especial de escrituración social por medio del cual el título de propiedad se obtiene de manera gradual cumpliendo dos procedimientos: la regularización dominial y la consolidación, finalizados los cuales se obtiene el título definitivo de propiedad. Son requisitos para dar inicio al trámite: posesión por causa lícita; ocupación pública, pacífica y continua con anterioridad al 1 de enero de 2006; que el inmueble tengo como destino principal el de casa habitación única y permanente.
Respecto de la documentación que se puede aportar para acreditar la antigüedad y continuidad de la ocupación, se mencionan a modo de ejemplo: boleto de compraventa, cesión de derechos, libretas de pago, títulos de antecedentes y toda documentación que determine ocupación anterior al año 2006; documentos de identidad del beneficiario y su grupo familiar; certificados de matrimonio o copia de sentencia de divorcio, en caso de ser viudo/a certificado de defunción del cónyuge; recibos de tasas municipales impuesto inmobiliario provincial; recibos de servicios domiciliarios (agua, electricidad, video, cable, gas natural, teléfono fijo; etc.); planos de cualquier tipo si los hubiera; toda documentación probatoria (boletines escolares, facturas de compra de bienes, certificados médicos, certificados de trabajo, correspondencia, facturas de celulares, resumen de tarjeta de crédito, etc.).
En cuanto al costo del trámite, el mismo es del 1% de la valuación especial del inmueble, la que surge del relevamiento técnico que se hace en la vivienda.
Para mayor información dirigirse a la Oficina de Casa de Tierras, sita en Avenida 25 de Mayo nro. 619, Planta Alta.
"Abuso sexual simple, agravado por ser cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia con la misma", es el delito por el que fue declarado autor el encausado. El Juez que intervino en este proceso le impuso también varias pautas de conducta que deberá cumplir una vez que lo resuelto quede firme. Entre ellas figuran la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto o acercamiento con la víctima y la realización de un curso sobre masculinidades.
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