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Controles por comercialización de pirotecnia y legislación vigente

El Municipio de Azul recuerda a la comunidad que se encuentra vigente la Ordenanza 3993/17 que prohíbe en todo el partido de Azul el uso de pirotecnia de mediano y alto impacto sonoro.

26 de diciembre de 2024

Además, establece la prohibición de la fabricación, tenencia, uso, comercialización o venta al público mayorista o minorista de todo elemento de pirotecnia y cohetería que no haya sido calificado como de "venta libre" por el RENAR.

En este marco, los últimos días inspectores municipales y efectivos policiales de la Dirección de Explosivos estuvieron realizando controles en diferentes comercios verificando el cumplimiento de la normativa y concientizando al respecto.

Impacto sonoro

La Ordenanza 3993/17 impide el uso de elementos y/o dispositivos de pirotecnia y cohetería de alto impacto sonoro, en ocasión de festividades, celebraciones, conmemoraciones o eventos públicos. En estos casos deberán usarse fuegos artificiales y/o elementos de pirotecnia que privilegien la coreografía lumínica y de color.

En tanto, prohíbe la comercialización, tenencia, depósito y acopio de dichos elementos; quedan excluidos los artificios pirotécnicos lumínicos exclusivos y los productos pirotécnicos lumínicos de proyección que, como efecto secundario, produzcan una explosión o detonación de bajo impacto sonoro.

Entre las consideraciones que se tuvieron en cuenta a la hora de la sanción de la normativa, se incluye que el estruendo vinculado al uso de pirotecnia afecta a niños, ancianos, enfermos cardiacos, personas con discapacidades cognitivas o neurológicas que no comprenden la causa de explosiones, especialmente a los niños con diagnóstico de TEA -trastorno del espectro autista- y es la causa de problemas para muchos animales, como perros, gatos y aves, entre otros.

Las líneas para denuncias son el 911 (Policía), el 103 (Defensa Civil) y el 0800-333-2281 (Municipio).


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