TRAS CONFIRMARSE QUE SEGUIRÁ EN LA CÁRCEL

TRAS CONFIRMARSE QUE SEGUIRÁ EN LA CÁRCEL

Al ex DT imputado por abuso sexual le denegaron una morigeración de prisión

Su abogada había pedido que le otorgaran arresto domiciliario por cuestiones de salud. Pero al igual que sucediera en una primera instancia, esa solicitud fue rechazada desde la Cámara Penal. Detenido en diciembre pasado, Ruben Darío Rancez está preso en la Unidad 7. Lo acusan de haber abusado sexualmente de dos jóvenes cuando ambos eran menores de edad.

20 de marzo de 2021

Dos días después a que la Cámara Penal confirmara la prisión preventiva de Ruben Darío Rancez, el acusado de abusar sexualmente de dos jóvenes cuando años atrás ambos eran menores de edad, el máximo Tribunal de Alzada departamental rechazó un pedido para que el ex entrenador del fútbol local salga de la cárcel para cumplir arresto domiciliario por problemas de salud que padece.

Respectivamente, ambas resoluciones se conocieron durante los pasados lunes y miércoles de esta semana, siendo los magistrados Carlos Pagliere (h) y Alejandra Raverta quienes integraron la Cámara para dar respuestas a sendas apelaciones que no prosperaron y, en favor de su defendido, había presentado la abogada María Fernanda Giménez.

Detenido el pasado 27 de diciembre, el también empleado público de 63 años está preso en la Unidad 7, la cárcel de varones del SPB con sede en Azul.

El lunes que pasó, en ese penal a Rancez lo notificaron de la decisión del Tribunal de Alzada, que declaró "improcedente" la apelación presentada para que su prisión preventiva quedara sin efecto. Y dos días más tarde, quien años atrás se desempeñara como entrenador de fútbol en las categorías inferiores y la primera división de varios clubes locales también fue informado de que en esta segunda instancia había sido rechazado el otro recurso formulado por su abogada. En ese caso, tendiente a que le fuera concedida una morigeración de prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario con monitoreo electrónico.

Semanas atrás, ese beneficio ya le había sido denegado al encausado por Magdalena Forbes, la titular del Juzgado de Garantías número 1 que entiende en esta causa penal, lo que llevó a la Defensora Particular de Rancez a recurrir lo dispuesto.

Pero hace dos días, el camarista Carlos Pagliere (h) y la jueza del Tribunal 2 Alejandra Raverta ratificaron lo que la magistrada a cargo de Garantías 1 había resuelto en primera instancia. Y al rechazar esa apelación, también indicaron en el fallo que mientras Rancez siga en la cárcel tendrá que ser el Juzgado de Garantías que interviene en esta investigación penal quien deberá "arbitrar" las "medidas sanitarias que resulten necesarias para garantizar la integridad física del interno dentro de la unidad donde se encuentra alojado".

Una afección cardíaca que el acusado padece y la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus, sumado a lo que sucede a causa de esa situación con personas en contextos de encierro, habían sido elementos citados por la Defensa del ex entrenador de fútbol en busca de que le otorgaran una morigeración a esa prisión preventiva que le había sido dictada en enero pasado y hace cuatro días la Cámara Penal confirmó.

De acuerdo con lo que la abogada sostenía, el penal donde está preso su cliente "no cuenta con complejidad cardiovascular para la asistencia de pacientes con descompensación de esa índole, como tampoco se cumple con la dieta que recomienda el perito médico de la Asesoría Pericial".

Con relación a esto último, la Defensora Particular había indicado en el recurso que el ex DT, desde que fuera detenido, perdió ocho kilos de peso. Además, señalaba que la medicación que recibe por su afección cardíaca "es proporcionada por su propia familia, sin control alguno del centro sanitario" de la Unidad 7.

Por ese motivo, y el ya referido de la actual pandemia de COVID-19, pedía la morigeración de la prisión preventiva para Rancez, "bajo la modalidad de arresto domiciliario" y "con control de monitoreo electrónico".

Recurso denegado

En lo dispuesto desde la Cámara Penal al rechazar la morigeración de la medida de coerción que quedara confirmada el pasado lunes para el encausado, en uno de los tramos de la resolución el juez Pagliere (h) señaló: "No se presentan circunstancias excepcionales que evidencien que la aplicación de la prisión preventiva que recientemente se ha dictado a Rancez pueda ser suplantada por otra medida menos lesiva".

Tras hacer referencia al actual estado de salud del imputado por esa afección cardíaca que padece, en lo dispuesto se indicó que "este extremo no es el único a evaluar al momento de resolver el pedido de arresto domiciliario deducido por la Defensa". Y de la mano de un informe médico, desde la Alzada se mencionó también que en la Unidad 7 "el encausado se encuentra clínicamente compensado y bajo tratamiento", por lo que sus condiciones de detención no se han visto agravadas.

Posteriormente, al analizar los motivos por los cuales está en la cárcel y hacía inviable el otorgamiento de una morigeración de prisión, se tuvieron en cuenta "los bienes jurídico tutelados", es decir, la integridad sexual de las presuntas víctimas; y "la magnitud de la pena" que podrían imponerle a Rancez en caso de ser condenado. También, la manera en que esos hechos sucedieron años atrás -"el encartado se aprovechaba de la edad de los menores y su ascendencia como padre de un amigo de los mismos o entrenador de futbol y los sometía sexualmente, intimidándolos, además, con amenazas"- y el tiempo que lleva privado de la libertad.

Todas esas circunstancias "permiten afirmar que los peligros procesales recientemente valorados en la prisión preventiva, confirmada por esta Alzada, siguen vigentes con la misma intensidad", escribió el magistrado en uno de los párrafos de este fallo.

Además, reiteró que en otros casos la Cámara de la que forma parte ya "ha expresado que la existencia de la pandemia, producto del COVID-19, por sí sola no implica un agravamiento en las condiciones de detención ni una disminución de los peligros procesales valorados al momento del dictado de la prisión preventiva".

"No se ha demostrado la existencia de ninguna circunstancia excepcional que diluya los peligros procesales valorados en la prisión preventiva, ni tampoco se ha acreditado -ni se advierte- un agravamiento en las condiciones de detención del causante", concluyó Pagliere (h) para después -contando con el voto de la jueza Raverta- pronunciarse a favor de confirmar la decisión que en primera instancia ya había rechazado ese pedido para que Rancez cumpla arresto domiciliario.

EL DATO

En la causa que se está instruyendo Ruben Darío Rancez figura acusado de "abuso sexual con acceso carnal, en concurso ideal con corrupción de menores" y bajo la modalidad de un "delito continuado". Esto último, teniendo en cuenta la duración de esos hechos en perjuicio de ambas víctimas. Según una de ellas declarara cuando lo denunció, había sido abusada por el ex DT durante más de una década. En cuanto al otro joven, por alrededor de un año; lo cual sucedía cuando jugaba al fútbol en la Octava División del club donde el azuleño que está preso era su entrenador.

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