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Plataformas digitales de pago actuarán como agentes de retención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos

9 de julio de 2019

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires dispuso un régimen de retención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que abarcará a las empresas que oficien como intermediarias de operaciones de pago en entornos digitales.



De esta forma, según la Resolución Normativa que fue publicada en el Boletín Oficial, los contribuyentes que presten servicios para facilitar la gestión, procesamiento, agregación o agrupación de pagos, sea para recibirlos o efectuarlos por cuenta y orden de terceros, a través de plataformas digitales, sitios Web, interfaces, aplicaciones informáticas y otros sistemas electrónicos, deberán ejercer como agentes de retención.



“El sistema implementado posibilitará un control más eficiente de la evasión y elusión fiscal en plataformas digitales”



Sobre el tema, Gastón Fossati, director de ARBA, consideró que “la medida busca optimizar la labor de administración tributaria en Ingresos Brutos, adaptándola a los cambios tecnológicos y las nuevas modalidades de negocio y consumo, que han generado un notorio crecimiento de las transacciones electrónicas”.



En ese sentido, aseguró que “el sistema implementado posibilitará un control más eficiente de la evasión y elusión fiscal en plataformas digitales. Estos servicios tendrán un tratamiento similar al resto de los sectores de la economía, lo que fortalecerá la equidad y permitirá reducir la informalidad”.



Generalidades



Las empresas que deberán actuar como agentes de retención tendrán plazo hasta el 31 de agosto para inscribirse en ARBA. En tanto que el nuevo sistema estará operativo y comenzará a regir desde el 1° de septiembre próximo.



De acuerdo a lo establecido por la Agencia de Recaudación, serán pasibles de retención aquellos contribuyentes incluidos en el padrón del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que realicen ventas de cualquier tipo de cosas muebles, locaciones, prestaciones de obras o servicios, cuyo pago se efectúe mediante plataformas digitales, sitios web y aplicaciones similares.



También estarán sujetos a retenciones quienes, sin formar parte del padrón de Ingresos Brutos, utilicen esas plataformas de pago cuando efectúen ventas, locaciones o presten servicios, siempre que: realicen 5 o más operaciones durante el año en curso con adquirentes que tengan domicilio en la provincia de Buenos Aires; y que el monto individual o conjunto de esas transacciones resulte igual o superior a 25.000 pesos.



Las alícuotas de retención para los contribuyentes incluidos en el padrón de Ingresos Brutos, que ARBA publica mensualmente, se ubicarán entre 0 y 3,5%, según los casos. Mientras que quienes se encuentren fuera del mismo, pero por cantidad y monto de ventas cumplan las condiciones para ser retenidos, tendrán una alícuota de 3,5%.



En caso de consultas o requerimientos vinculados al nuevo régimen, los contribuyentes podrán ingresar a www.arba.gob.ar y, con su clave de identificación tributaria (CIT), acceder al “Reclamo por disconformidad de alícuotas Régimen de Intermediarios de Pago”, donde tendrán la posibilidad de realizar el descargo que consideren pertinente.



Pago de patentes 



En otro orden, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires informó también que hasta el próximo lunes 15 del corriente hay tiempo para pagar con un descuento de hasta el 20% la cuota 4 del Impuesto a los Automotores. Los contribuyentes que paguen en término accederán a una bonificación del 10%, al que se le sumará un 10% más si están suscriptos al servicio Boleta por Mail o adheridos al sistema de débito automático.



La suscripción de los que opten por la modalidad del débito automático tendrá una demora de 60 días hasta que impacte en el sistema de ARBA, mientras que el beneficio por adherir a Boleta por Mail estará disponible a las 48 horas de realizado el trámite. Quienes ya estén registrados en estas modalidades desde antes, tendrán la bonificación de manera automática, sin necesidad de tener que hacer ninguna gestión.



Los contribuyentes que quieran cumplir con sus obligaciones tributarias, pueden hacerlo de manera digital desde la página Web del organismo, www.arba.gob.ar, con tarjeta de crédito; también, a través de homebanking o mediante cajero automático luego de obtener el código para el pago electrónico. Incluso a través del teléfono celular o la tablet con los sistemas iOS y Android, mediante la aplicación “ARBA App móvil” que se descarga desde las tiendas App Store y Google Play, respectivamente.



Además, para aquellos interesados en pagar personalmente se podrán utilizar los PUNTO ARBA ubicados en diferentes lugares del territorio bonaerenses para abonar con tarjeta de crédito o débito con terminales inalámbricas de pago; todas las sucursales del Banco Provincia y las dependencias autorizadas del Banco Nación y del Banco Ciudad. En tanto, están disponibles las bocas de pago habilitadas al efecto por las empresas Provincia Net Pagos, Pago Fácil y Rapipago.


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